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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (17/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 160803 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de junio de 1998 Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CATACORA GONZALES; HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 6585 Dictan disposiciones referidas a la conformación de listas de candidatos a Alcaldes y Regidores para las Elec- ciones Municipales RESOLUCION Nº 280-98-JNE Lima, 11 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 148-98-JNE expedida por este Organo Electoral, se determinó que los Concejos Municipales Provinciales y Distritales a elegirse en el proceso de las Elec- ciones Municipales que culminan el segundo domingo del mes de octubre próximo, estarán constituidos por un Alcalde y 39 Regidores; un Alcalde y 15 Regidores; un Alcalde y 13 Regido- res; un Alcalde y 11 Regidores; un Alcalde y 9 Regidores; un Alcalde y 7 Regidores; o, un Alcalde y 5 Regidores; según sea el caso; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10º de la Ley Nº 26864 "Ley de Elecciones Municipales", las listas de candidatos deberán contener el número correlativo que indique la posición de los candidatos a Regidores en la lista, que debe estar conformada por no menos de un 25% de hombres o de mujeres; por lo que resulta necesario precisar el número mínimo de candidatos sean hombres o mujeres que conformarán dichas listas; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Precísase que las listas de candida- tos a Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales Pro- vinciales y Distritales con motivo de las Elecciones Municipa- les del 11 de octubre próximo, deberán tener la siguiente conformación: a).- En el Concejo Municipal integrado por Alcalde y 39 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 10 candidatos varones cuando la mayoría de postu- lantes sean mujeres o 10 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. b).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 15 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 4 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 4 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. c).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 13 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 4 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 4 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. d).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 11 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 3 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 3 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. e).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 9 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 3 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 3 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. f).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 7 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 2 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 2 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. g).- En los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 5 Regidores, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 2 candidatos varones cuando la mayoría de postulan- tes sean mujeres o 2 mujeres como mínimo cuando la mayoría de los postulantes sean varones. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución para los fines del caso.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 6586 S B S Autorizan a empresa bancaria la aper- tura de diversas oficinas especiales en la provincia de Trujillo RESOLUCION SBS Nº 523-98 Lima, 27 de mayo de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Standard Chartered para que se le autorice la apertura de Oficinas Especiales en las instalaciones del Campus de la Universidad Privada "Antenor Orrego", sito en Av. América Sur Nº 3145, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; en el local de SEDALIB, sito en Jr. Francisco Pizarro Nº 274, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y en los locales de Telefónica del Perú S.A., situados en Jr. Bolívar Nº 666, Jr. Almagro Nº 744 y Jr. Junín Nº 666, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "A", mediante Informe Nº ASIF "A" 078-OT/98; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros- y con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Standard Chartered, la apertura de Oficinas Especiales en las instalaciones del Campus de la Universidad Privada "Antenor Orrego", sito en Av. América Sur Nº 3145, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; en el local de SEDALIB, sito en Jr. Francisco Pizarro Nº 274, distrito de Trujillo, provin- cia de Trujillo, departamento de La Libertad, y en los locales de Telefónica del Perú S.A., situados en Jr. Bolívar Nº 666, Jr. Almagro Nº 744 y Jr. Junín Nº 666, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYZEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 6556 I N E I Aprueban los Indices Unificados de Precios para las seis áreas geográfi- cas correspondientes al mes de mayo de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 171-98-INEI Lima, 16 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transito- ria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de