Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 1998 (17/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 17 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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este registrada en la DICSCAMEC, caso contrario sera en su respectivo Instituto). (2) De personal en actividad de las FFAA y PNP a personal retirado de cualquier Instituto o personal civil, la solicitud de licencia debe ser admitida pero requeriran la opinion favorable del CCFFAA. (3) De personal civil o retiro de las FFAA y PNP a personal en actividad de dichos Institutos, la solicitud de licencia debe ser admitida, y no requeriran de autorizacion del CCFFAA. (4) De personal civil o personal en retiro de las FFAA y PNP a personal de similar situacion, la solicitud de licencia debe ser admitida pero requeriran de la opinion favorable del CCFFAA. t. El tramite para obtener licencia de MORDAZA de MORDAZA debe efectuarse independientemente del tramite de otro MORDAZA de armas. 6. DISPOSICIONES PARTICULARES a. Direccion General de la PNP (1) Dispondra que todas las dependencias de la Policia Nacional cumplan con lo dispuesto en los dispositivos legales mencionados en la presente Directiva, asi como en este mismo documento. (2) Dispondra que, en forma centralizada, las Dependencias policiales remitan diariamente a la DICSCAMEC la informacion sobre la recepcion de las MORDAZA de MORDAZA, su municion, granadas de MORDAZA o explosivos. (3) Dispondra que se envien a la DICSCAMEC las MORDAZA recepcionadas, para determinar su destino final. b. DICSCAMEC (1) Dispondra la remision al CCFFAA de los expedientes correspondientes de las personas que requieran el uso de MORDAZA del MORDAZA pistolas 84 mini o similares, por razones de seguridad personal, para la evaluacion del caso. (2) Nombrara los representantes de la DICSCAMEC para que conjuntamente con los representantes del CCFFAA formen un equipo mixto a fin de determinar el destino final de las MORDAZA, previa evaluacion. (3) Dispondra que se reciban las MORDAZA de MORDAZA de las personas que internen para efectos de la evaluacion correspondiente por el CCFFAA. 7. DIVERSOS a. Las disposiciones contempladas en la presente Directiva deberan cumplirse estrictamente, particularmente en cuanto a los plazos a que se refiere este documento. b. En todo momento se tomaran las medidas de seguridad del caso para el resguardo de las MORDAZA recepcionadas, asi como tambien en el traslado hasta la sede central de la DICSCAMEC. c. Quedan derogadas o modificadas en la parte que les respecta todas las disposiciones que se opongan a la presente Directiva. 6581

Superior de MORDAZA - Tumbes, con un terreno de 2,000 m2 para la construccion de modulos basicos - Proyecto del Poder Judicial BID "Mejoramiento de Acceso a la Justicia"; Que, el terreno materia de la transferencia, se encuentra ubicado en la urbanizacion Las Palmeras s/n, distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, y es de propiedad de Petroleos del Peru Sociedad Anonima, cuyos linderos y demas caracteristicas se encuentran descritos en la Ficha Nº 019632 de los Registros de la Propiedad Inmueble de la Region Grau; Que, el proposito de la transferencia al precio simbolico de S/. 1.00 (Uno y 00/100 MORDAZA sol), es la construccion e implementacion del Modulo Basico de Justicia en la MORDAZA de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura; En uso de las atribuciones otorgadas por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 031-98-SETP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la transferencia del inmueble ubicado en la urbanizacion Las Palmeras s/n, distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, cuyos linderos y demas caracteristicas se encuentran descritas en la Ficha Nº 019632 de los Registros de la Propiedad Inmueble de la Region Grau, a favor del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Autorizar al Sr. Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA - Tumbes, para que en nombre y representacion del Poder Judicial, suscriba la correspondiente minuta, sus aclaratorias y demas documentos necesarios para el logro de la transferencia a que se contrae el articulo precedente. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la Gerencia General y a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 6584

Aprueban Estructura Organica de la Gerencia General del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 256-98-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 15 de junio de 1998 VISTO: El proyecto de una nueva estructura organica de la Gerencia General, formulado por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 085-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 23 de febrero de 1998, se aprobo la estructura organica actual y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) para el personal administrativo de la Gerencia General del Poder Judicial; Que, mediante Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 303-97-SE-TP-CME-PJ de fecha 9 de octubre de 1997, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial; Que, es responsabilidad de la Gerencia General proponer la actualizacion y adecuacion permanente de la organizacion y su funcionamiento, asi como la de formular los documentos tecniconormativos de gestion administrativa que formalicen su implantacion; Que, es necesario aprobar la estructura organica de la Gerencia General que responda a los nuevos requerimientos de la gestion y funcionamiento del Poder Judicial; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26623 y 26695 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-96-CMEPJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la nueva Estructura Organica de la Gerencia General del Poder Judicial, contenida en el documento anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 085-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 23 de febrero de 1998, asi como todas las demas normas que se opongan a lo dispuesto por la presente resolucion. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a la Gerencia General del Poder Judicial, quien se encargara de su difusion y distribucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial

PODER JUDICIAL
Aceptan transferencia de inmueble ubicado en la provincia de Talara para la construccion e implementacion de Modulo Basico de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 263-98-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 16 de junio de 1998 VISTO: El Oficio Nº PP-GOTL-180-98 de fecha 7 de MORDAZA de 1998, emitido por la Gerencia de Operaciones Talara de Petroleos del Peru - PETROPERU S.A.; CONSIDERANDO: Que por el documento de visto, la Gerencia de Operaciones Talara de Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., por encargo de su Gerencia General hace de conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de MORDAZA - Tumbes, que la Comision de Promocion a la Inversion Privada - COPRI mediante Oficio Nº 00525/98 del 13 marzo de 1998, ha transcrito el Acuerdo Nº 6-98-1 del 24 de febrero de 1998, aprobando de conformidad con el Articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 674, la transferencia directa del inmueble de propiedad de Petroleos del Peru Sociedad Anonima - PETROPERU, al valor simbolico de Un MORDAZA Sol, a los Ministerios y Organismos del Estado que figuran en Anexo; Que, entre las entidades del Estado que aparecen en la relacion del Anexo en mencion figura el Poder Judicial, Corte

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