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Pág. 158423 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de enero de 1992, los Presidentes de las Repúblicas del Perú y de Bolivia, suscribieron la Declaración de Ilo y el Convenio Marco Proyecto Bina- cional de Amistad, Cooperación e Integración "Gran Ma- riscal Andrés de Santa Cruz", el mismo que ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 0016-RE, publicado el 31 de mayo de 1992, acordando, entre otros asuntos de interés de ambos Estados, que la República del Perú concederá a la República de Bolivia, el desarrollo de una Zona Franca Industrial y una Zona Franca Turística en Playa en el puerto de Ilo; Que, de conformidad con lo establecido en dicho Convenio Marco, los Cancilleres de Perú y Bolivia suscribieron, entre otros, el Convenio sobre la partici- pación de Empresas Bolivianas en la Zona Franca Industrial de Ilo y el Convenio sobre la Participación de Bolivia en la Zona Franca Turística de Playa en Ilo, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 0017 y 0018-RE, publicados el 31 de mayo y el 21 de julio de 1992, respectivamente; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26184, publicada el 13 de mayo de 1993, el Congreso Constitu- yente Democrático aprobó los Convenios suscritos en- tre los Gobiernos de Perú y Bolivia el 24 de enero de 1992; Que, con fecha 7 de julio de 1994, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Boli- via, celebró con la Asociación de Empresas Boliviano- Peruanas "Mariscal Andrés de Santa Cruz" y con la Asociación Accidental de Empresas Boliviano-Perua- nas "Stella Maris", los Contratos de Adjudicación para la Constitución de la Empresa Promotora de la Zona Franca Industrial de Ilo y la Constitución de la Empre- sa Promotora de la Zona Turística de Playa de Ilo "Boliviamar", respectivamente; Que, a fin que las citadas Asociaciones de Empresas Boliviano-Peruanas "Mariscal Andrés de Santa Cruz" y "Stella Maris", puedan instalarse en las áreas concedi- das de la Zona Franca Industrial de Ilo y de la Zona Franca Turística de Playa de Ilo "Boliviamar", se re- quiere de la suscripción de Contratos de Cesión en Administración; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 39º del Decreto Legislativo Nº 704, el mismo que mantiene plena vigencia, para los efectos del Convenio Marco Proyecto Binacional de Amistad, Cooperación e Integra- ción "Gran Mariscal Andrés de Santa Cruz", en aplica- ción de la Ley Nº 26647 y, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118º de la Consti- tución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Autorizar a la CONAFRAN a suscribir los Contratos de Cesión en Administración con la Asocia- ción de Empresas Boliviano-Peruanas "Mariscal Andrés de Santa Cruz" y con la Asociación Accidental de Empre- sas Boliviano-Peruanas "Stella Maris", para la Constitu- ción de las Empresas Promotoras en el área concedida de 163.5 ha. de la Zona Franca Industrial de Ilo y en el área concedida de 200 ha. de la Zona Franca Turística de Playa de Ilo, en el puerto de Ilo, Subregión Moquegua, de la Región Moquegua-Tacna-Puno, de conformidad con lo establecido en el Convenio Marco Proyecto Binacional de Amistad, Cooperación e Integración "Gran Mariscal An- drés de Santa Cruz". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la RepúblicaGUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 3302 Autorizan viaje de representante del Ministerio para que participe en confe- rencia sobre asuntos económicos que se realiza en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 022-98-ITINCI Lima, 24 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante carta del 13 de febrero de 1998, se cursa invitación para participar en la conferencia "Western Hemispheric Economies in the 21 st. Century", que se desarrollará del 23 al 25 de marzo de 1998, en la ciudad de Texas, Estados Unidos de América; Que, dado el liderazgo del Perú y su significancia económica en el hemisferio, está previsto intercambiar puntos de vista sobre asuntos económicos con sus contra- partes de otros países del hemisferio; Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Su- premos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 24 al 26 de marzo de 1998, a la ciudad de Texas, Estados Unidos de América, del señor Javier Illescas Mucha, para que en repre- sentación del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la conferencia señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Sr. JAVIER ILLESCAS MUCHA Pasajes US$ 910.84 Viáticos US$ 440.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 3304