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Pág. 158426 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de marzo de 1998 aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General Dirección General de Circulación Terrestre 3196 Anexo de Resolución que aprobó canalización de bandas de frecuen- cias correspondientes al servicio de conmutación para transmisión de da- tos y a servicios móviles por satélite ANEXO-RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 036-98-MTC/15.03 (La Resolución en referencia fue publicada el sábado 7 de marzo de 1998, página 157992) Banda de Frecuencia correspondiente a los Servicios Móviles por Satélite: "Las frecuencias a utilizar por los Terminales Móviles en las bandas 1610 - 1626.5 MHz y 2483.5 - 2500 MHz, corresponderán a las que sean coordinadas internacio- nalmente para cada Sistema Móvil Satelital que opere en estas bandas". 3201 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en evento "Globaliza- ción, América Latina y la Segunda Cum- bre de las Américas" RESOLUCION SUPREMA Nº 140-98-RE Lima, 23 de marzo de 1998 Debiendo realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, los días 30 y 31 de marzo de 1998, el Encuentro Internacional "Globalización, América Latina y la Segunda Cumbre de las Américas" organizado por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales - FLAC- SO Chile; Debiendo, asimismo, realizarse en la ciudad de Santia- go de Chile, República de Chile, los días 1 y 2 de abril de 1998, la Reunión de Plenipotenciarios preparatoria para la Cumbre de las Américas; Teniendo en cuenta la disponibilidad de pasajes en las fechas en las que se efectuará el viaje;De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; los Artículos 1º del Decreto Supre- mo Nº 163-81-EF y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Autorizar el viaje del señor Viceministro y Secreta- rio General de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Hugo Palma Valderrama, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 29 de marzo al 3 de abril de 1998, a fin de participar en el Encuentro Internacional "Globalización, América Lati- na y la Segunda Cumbre de las Américas" y en la Reunión de Plenipotenciarios preparatoria para la Segunda Cum- bre de las Américas. 2.- Los gastos por concepto de pasajes US$ 943.12, viáticos US$ 1,400.00, y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos de ninguna clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 3307 Autorizan al CONCYTEC efectuar pago de cuota a la Fundación Internacional para la Ciencia RESOLUCION SUPREMA Nº 141-98-RE Lima, 23 de marzo de 1998 VISTO: El Oficio Nº 124-98-CONCYTEC-P, de 6 de marzo de 1998, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CON- CYTEC), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la conformidad para el pago de cuota a la Fundación Internacional para la Ciencia (IFS); CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 1998, establece que el cronograma de las cuotas internacionales del Gobierno Peruano a los Orga- nismos Internacionales de los cuales el Perú es miembro, se aprueba por Resolución Suprema a propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan elevar la imagen del Perú en el exterior, poten- ciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomá- ticas, acrecentar el beneficio de los flujos de Cooperación y Asistencia Técnica Internacional, recuperar el derecho a voto, así como llevar la dirección de algunos organismos en los cuales el Perú ha llegado a acceder a la Secretaría; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota a la mencionada Organización Internacional, con cargo al presupuesto asignado al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Cien- cia y Tecnología (CONCYTEC) a efectuar el pago de hasta