Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 1998 (29/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de Endeudamiento Externo destinada a financiar parcialmente proyecto Rehabilitacion de Servicios Generales de Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente
DECRETO SUPREMO Nº 030-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26893, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1998, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 800 000 000,00 (MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la indicada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau -KFW- hasta por DM 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 MORDAZA ALEMANES), destinado a financiar parcialmente el proyecto Rehabilitacion de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 11º de la Ley Nº 26893; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 26893; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau -KFW- hasta por DM 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 MORDAZA ALEMANES), destinada a financiar parcialmente el proyecto Rehabilitacion de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente. El prestamo sera cancelado en un plazo total de 30 anos que incluye 10 anos de MORDAZA, mediante cuotas semestrales, iguales y consecutivas, devengando una tasa de interes del 2% anual y una comision de compromiso del 0,25% anual sobre el saldo del prestamo no desembolsado. Articulo 2º.- El Organismo Ejecutor del proyecto Rehabilitacion de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente sera el Ministerio de Salud. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Contrato de Prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el presente Decreto Supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA COSTA BAUER Ministro de Salud 3462 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 028-98-EF Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 028-98-EF publicado en nuestra edicion del dia 25 de marzo de 1998, en la pagina 158413. En el formato adjunto al Decreto Supremo, en las Instrucciones Especificas, casillero 5.6. DICE: Consignar otros datos necesarios para identificar los bienes donados, tales como si son usados o nuevos; si se trata de activos fijos, existencias, etc.; consignar el numero se serie de motor si lo tiene, entre otros. DEBE DECIR: Consignar otros datos necesarios para identificar los bienes donados, tales como si son usados o nuevos; si se trata de activos fijos, existencias, etc.; consignar el numero de serie de motor si lo tiene, entre otros. 3469

MITINCI
Ratifican designacion de representante del Ministerio ante el Consejo Nacional del SENATI
RESOLUCION SUPREMA Nº 023-98-ITINCI MORDAZA, 27 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 6º de la Ley Nº 26272, "Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial" - SENATI, el Consejo Nacional de dicha Institucion esta conformado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 094-97-ITINCI, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, periodo marzo 1996 - marzo 1998; Que, conforme al Articulo 7º de la Ley Nº 26272, la designacion de los integrantes del Consejo Nacional del SENATI debe ser efectuada en el primer trimestre del ano y por periodos de dos anos, pudiendo sus integrantes ser ratificados o reelegidos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales", el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo";

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