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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 1998 (29/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 158604 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de marzo de 1998 De conformidad con las facultades contenidas en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Ani- mal y Sanidad Vegetal, y de las Oficinas Generales, de Asesoría Jurídica, Planificación y Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a los Coordinadores del Servi- cio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- del nivel Regional, Subregional y de la Unidad Agraria Departa- mental Lima-Callao a expedir Resoluciones de Coordina- ción dentro de su ámbito geográfico, y dentro de su competencia tendientes al cumplimiento de los fines y objetivos institucionales. Artículo 2º.- Las Resoluciones de Coordinación debe- rán contar necesariamente, con los fundamentos legales correspondientes, debiendo los Coordinadores remitir una copia del mismo a la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- dentro de las 72 horas si- guientes de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 3428 SALUD Designan funcionarios responsables del proceso de transferencia de las Direcciones Regionales y Subregiona- les de Salud al Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-98-SA/DM Lima, 26 de marzo de 1998 Visto el Oficio SA-CT-Nº 001-98, de la Comisión de Transferencia de las Direcciones Regionales y Subregio- nales de Salud al Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, dispone que las Direcciones Regionales y Subregionales a cargo de los Consejos Transitorios de Administración Regional, se incorporan a sus respectivos Ministerios, a partir del 1 de abril de 1998; Que mediante Resolución Ministerial Nº 118-98-PRES, se aprueba la Directiva Nº 001-98-PRES/VMDR que nor- ma el procedimiento de incorporación del personal, acer- vo documentario, bienes patrimoniales y recursos finan- cieros de las Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales; Que en el numeral 7 de la citada Directiva, se dispone que la incorporación se formalizará mediante Actas de Transferencia, las mismas que serán suscritas por los miembros de la Comisión Regional de los Consejos Transitorios de Administración Regional y los funciona- rios de las Direcciones Regionales y Subregionales Secto- riales designados para dicho fin; Que mediante Resolución Ministerial Nº 094-98-SA- DM, se constituye en el Ministerio de Salud una Comisión encargada de conducir el proceso de transferencia para la incorporación de las Direcciones Regionales y Subregio- nales de Salud al Ministerio de Salud; Que teniendo en cuenta que la transferencia de las funciones, servicios, personal, bienes patrimoniales, acer- vo documentario y recursos financieros se realizará al Ministerio de Salud, es conveniente la designación de los funcionarios de las Direcciones Regionales y Subregiona- les de Salud que suscribirán las Actas de Transferencia; y, Con la opinión favorable del señor Viceministro de Salud;SE RESUELVE: 1º.- Designar en cada una de las Direcciones Regiona- les y Subregionales de Salud, a los funcionarios responsa- bles del proceso de transferencia en representación del Ministerio de Salud. 2º.- Los funcionarios designados serán los siguientes: - El Director Regional o Subregional de Salud, según corresponda; - El Director de Planificación o quien haga sus veces; y, - El Director de Administración o quien haga sus veces. Los funcionarios designados podrán contar con el apoyo del Asesor Legal de las citadas Direcciones. 3º.- Los funcionarios responsables del proceso de transferencia tienen las siguientes funciones: a. Consolidar la información señalada en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-98-PRES/VMDR. b. Suscribir el Acta de Transferencia con los miembros de la Comisión Regional de Transferencia. c. Informar a la Comisión de Transferencia constituida por Resolución Ministerial Nº 094-98-SA-DM, sobre las actividades realizadas en el marco del proceso de transfe- rencia. 4º.- Los funcionarios designados en el segundo nume- ral, deberán asimismo atender las disposiciones que ema- nen de la Comisión de Transferencia del Ministerio de Salud, para la efectiva culminación del proceso. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 3402 Constituyen "Comisión Fenómeno El Niño del Ministerio de Salud" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-98-SA/DM Lima, 26 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 010-98-PCM, se ha declarado en emergencia, por un plazo de 120 días, a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Li- bertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Apurímac, Huancavelica; así como a las provincias de Oxapampa y el distrito de Ambar, que han sido afectados por los desastres naturales ocasionados por el Fenómeno El Niño, exonerándose a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios, Orga- nismos Públicos Descentralizados, a los Consejos Transito- rios de Administración Regional y entidades públicas, de las restricciones presupuestales establecidas en la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, para la adquisición y contratación de bienes y servicios que se destinen exclusivamente a las labores de prevención, rehabilitación, reconstrucción y de asistencia a la población damnificada de dichas zonas; Que por Resolución Suprema Nº 092-98-PCM se ha constituido la Comisión Especial Fenómeno El Niño, encargada de priorizar las necesidades de bienes y servi- cios que se requieran para los fines dispuestos en el Artículo 3º del acotado Decreto Supremo; Que con miras a una adecuada planificación de las acciones posteriores al Fenómeno El Niño, es necesario que en el Ministerio de Salud se constituya una Comisión, encargada de reforzar las medidas de urgencia que permi- tan prever, orientar y supervisar las acciones durante y después del Fenómeno El Niño, así como prever, orientar y supervisar lo concerniente a la adquisición de bienes y servicios para atender las necesidades de los estableci- mientos de salud comprendidos en las zonas declaradas en emergencia por Decreto Supremo Nº 010-98-PCM, coordinando con la Comisión Especial Fenómeno El Niño constituida por Resolución Suprema Nº 092-98-PCM;