Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 1998 (09/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

I,ima, lunes 9 de noviembre de 1998 autoridades, funcionarios y servidores de la universidad, no habiendo tomado la administracion acciones efectivas para que formulen la rendicion de cuentas documentadas o su recupero, causando una distorsion en los estados fmanaeros e informacion presupuestaria y eventualmente un perjmcio economico a la universidad; Que, el estudio y evaluacion del sistema de control interno de las areas administrativas y academicas, comprendio la revision de las operaciones que desarrollan las dependencias responsables del manejo de los recursos y los aspectos academico administrativos; determinandose defkiencias que afectan el normal desenvolvimiento de la universidad, las cuales fueron reveladas en el Memorandum de Control Interno que fueran comunicadas al rector en el transcurso de la auditoria; Que, los hechos materia de la presente resolucion deben ser puestos en conocimiento de la Asamblea Nacional de Rectores, como ente encargado de la coordinacion y la orientacion general de las actividades universitarias en el MORDAZA, de su fortalecimiento economico y de su responsabilidad con la comunidad nacional, conforme a lo establecido en el Articulo 90" de la Ley N" 23733 - Ley Ilniversitaria; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19" inciso e) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley N" 26162, en los casos de comprobarse la existencia de dano economico o indicios razonables de la comision de delito durante la accion de control, es deber de la Contraloria General de la Republica disponer la formulacion de las acciones ,judiciales respectivas. En tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de inicio a las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos., y, De conformidad con el Articulo 19", inciso e) del Decreto Ley N" 26162, Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes Nos 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de atender los asuntos judiciales de la Contraloria General de Republica, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendole para el efecto los antecedentes correspondientes. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica

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gubernamental de las entidades sujetas al sistema, conforme a lo dispuestoenel Inc.j)delArticulo 19"delDecretoLeyN"26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Que, de acuerdo a los Articulos 10" y ll" de la Ley del Sistema, los Organos de Auditoria Interna realizan control posterior, mediante auditorias y examenes especiales para salvaguardar sus activos, asegurar la confiabilidad de su infor-. macion contable, tender a una gestion eficiente que cumpla las metas y programas trazados, asi como a la obtencion de los resultados previstos; Que, son atribuciones y deberes del Contralor General de la Republica planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloria General de la Republica y de los organos del Sistema Nacional de Control, dictando las pautas necesarias para articular el MORDAZA Nacional de Control con los Planes y Programas Nacionales a efectos de visualizar de forma integral, su cumplimiento y poder emitir recomendaciones generales al Poder Ejecutivo, sobre la administracion de los recursos publicos en funcion a las metas previstas y alcanzadas, conforme al literal b) del Articulo 24" de la Ley del Sistema Nacional de Control; Que, habiendose aprobado mediante Resolucion de Contraloria N" 162-95CG de 22.SET.95 las Normas de Auditoria Gubernamental, estableciendose en la NAGU 2.10 que la Contraloria General y los Organos de Auditoria Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, planificaran sus actividades de control a traves de sus planes anuales; Que, para tal efecto es necesario aprobar el documento que norme el planeamiento de las actividades de los Organos de Auditoria Interna del Sistema Nacional de Control; Estando a lo expuesto, y en aplicacion de la atribucion conferida al Contralor General de la Republica en el inciso b) del Articulo 24" y 29" de la Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE?

Articulo Primero.- Aprobar los Lineamientos de Politica y la Directiva N" 012-98-CG/PLF y sus documentos anexos, para la formulacion del Plan Anual de Auditoria Gubernamental de los Organos de Auditoria Interna. Articulo Segundo.- La Unidad Organica de Planificacion evaluara los proyectos del Plan Anual de los Organos de Auditoria Interna del Sistema Nacional de Control, a fin de cautelar su adecuacion a lo establecido en la Directiva que por la presente resolucion se aprueba.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica

LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA LA FORMULACION DEL PLAN ANUAL DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL 1999

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Aprueban lineamientos de Politica y Directiva sobre Plan Anual de Auditoria Gubernamental de los Organos de Auditoria Interna
RESOLUCION DE CONTRALO~IA W 13598-CG
MORDAZA, 6 de noviembre de 1998 Vistos, la Hoja de Recomendacion N" 002-9&CG/PLF, mediante la cual el Area de Planificacion, pone a consideracion de la Alta Direccion, los proyectos de Lineamientos de Politica y Directiva para la formulacion del Plan Anual de Auditoria Gubernamental de los Organos de Auditoria Interna, contando con las visaciones de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, Gerencia de Auditoria Central, y de la Secretaria Ttknico cJuridico y de Etica; y, CONSIDERANDO: Que, es atribucion de la Contraloria General de la Republica, aprobar los planes y programas anuales de control y auditoria

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