TEXTO PAGINA: 14
P&. 165584 cl- wm Lima, lunes 9 de noviembre dc 199X b.3 Se identificarán los objetivos. metas y estrategias del OAI, teniendo en cuenta la actividad institucional prevista a ejecutarse en el período anual (Formato PAC-4). b.4 Se consignará información detallada de la capacidad operativa del OAI (Formato PAC-5); la capacidad y principales características de los equipos de cómputo (Formato PAC-6); además, de los requerimientos de cursos de capacitación (For- mato PAC-7) c. El Plan Anual de Auditoría se elaborará teniertdo en cuenta los criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad CNAGU 2.10 “Planificaciún General”); as1 como, su contribución a la superación de áreas críticas y/o de inci- dencia predeterminadas (NAGU 2.20, “Planificación Elspecí- fka”). d. Con relación a la disponibilidad de horas/homhre, se considerará el número de días útiles del año, descontando los días sábados, domingos. feriados y los 21 días efectivos de vacaciones. A tal efecto, se considerará 230 días laborables, equivalentes a una capacidad operativa neta anual para cada servidor de 1,840 horas (230 x 8 Ilrs.1. Para los casos en que el personal del OAI requiera del uso de horas de capacitación en horario laboral, licencms. permisos y otros. dehidamentf, auto- rizados por la entidad. éstos deberán descontarse de la lapaci- dad operativa neta anual de cada servidor. e. La programación debe contener auditorías, de acuerdo a lo definido en las NAGU; consignándose la información básica en elFormato PAC-8. Con este propósito, se programar i como mínimo el 60% del tota1 de horas.hombre efectivamente dispo- nibles. Debe incluirse, cl cronograma de auditorías proprama- das. (Formato PAC-91. f. El 40% rcstantr de horas!hombre dispombles, serán reservadas para labores de gabinete. auditorías no planifka- das y actividades de carácter permanente, las cuales tnclui- rán los requerimientos de información de otras entidades rectoras. g. El OAI incluirá pn su programación, las auditorías que se encuentren en proceso al 31 de diciembre del año prekio a la ejecución del Plan; para ello, se mantendrá el código de la auditoría, previéndose el tiempo necesario para su conclusión, dentro del 60% de horas-hombre drsponibles. 6.2 PRESENTACION a. Los OAI remltirán el Plan de Auditoría a la Contraloría General, en su Sede Central o Sedes Regionales de Auditoría (Anexo N” 1). hasta el 30 de setiembre de cada ejercicio anual. b.LosOAIdeórganosdesconcentrados, remitiranmucopia de su Plan de Auditoría al OAI de la cmtldad superior « matriz de la que forman parte, a fin de evitar la duplicidad de activida- des. 6.3 APROBACION 8. El Plan de Auditoría será suscrito por el Jefe del OAI y por el titular de la entidad debiendo ser remitido a la Contraloría General, ala Sede Central o Sedes Regionales, según correspon- da. b. La Unidad de Planificación de la Contraloría Genera1 evaluará los Planes anuales, recomendando su aprobackn a los niveles superiores. c. Las Sedes Regionales de la Contraloría General, evalua- rán los Planes anuales de Auditoría de las entidades compren- didas en su ámbito de control, bajo las pautas establecidas por la Unidad de Planificación, remitiendo en forma oportuna las propuestas de aprobaciím. d. El Contralor Genera1 aprobará los referidos planes en ejercicio de las atribuciones estableodas en el artículo 24” inciso d) del Decreto Ley N” 26162 Ley del Sistema Nacional de Control, la misma que se efectuará mediante una Resolu- ción de Contraloría que será publIcada en el Diario Oficial El Peruano. e. Si la Contraloría General no emite opinión dentus de los 30 días calendario siguientes al plazo de presentación del Plan de Auditoría, el OAI quedará facultado a actuar conforme al plan suscrito, dándolo por aprobado. f.Cumplidoelplazode presentación. IaContraloríaGeneral publicará en el Diario Oficial El Peruano, la relación de cntida- des omisas a la presentación del Plan de Auditoría. 6.4 EJECUCIONb La emisión oportuna de los informes se efectuará de conformidad alo establecido en la NAGU 4.20, a fin de permitir a los niveles gerenciales adoptar acclones inmediatas para subsanar las desviaciones y/o irregularidades detectadas. c. Los OAI informarán el nivel de cumplimiento de las auditorías planificadas y no planificadas que han sido ejecuta- das; asimismo, para los casos de auditorías plamficadas que no se hayan ejecutado, deberájustificarse las razones que impidie- ron su realización fFormatos PAC-10 y 10-A). d. Deberá consignarse los datos de la matriz de evaluación de las auditorías planificadas y no planificadas. a fin de deter- minar los indicadores básicos de gestión (Formato PAC-11). e. Los informes de auditoría serán elevados al Titular de la entidad,alTitulardelSectorcorrespondient,yala Contraloría General (Anexo N”1) adjuntando el “Resumen de los Informes deAuditoría”de acuerdoalaestructuraycontenido del Forma- to S-1, lA y 1B. f. Toda reprogramación o modificación del Plan, será apro- bada por el Titular de la entidad, haciéndose de conocimiento de la Contraloría General, con lasjustlficaciones del caso (Forma- tos PAC-8). g. La ejecución de auditorías no planificadas, serán previa- mente comunicadas ala Contraloría General, debiendo remitir la información básica (Formatos PAC-81, con el sustento res- pectivo. 6.5 EVALUACION a. Con respecto a la evaluación de los resultados obtenidos en la ejecución del Plan de Auditoría, se remitirán a la Contra- loría General, según el Anexo N” 1 de la presente Directiva, debiendo contemplar lo siguiente: a.1 Al término del primer y tercer trimestre de cada año y en un plazo de 15 días calendarlo, los OAI presentarán los Formatos PAC-10 y 10-A de avance en la ejecución de auditorías. a.PLos OAI remitirán sus informes de evaluación semestral y anual, en un plazo de 20 días calendario posterior a cada período iFormatos PAC-10, lo-Ay lli. b. Los informes de evaluación semestral y anual tendrán la siguiente estructura: A. INTRODUCCION B. EVALUACION (FORMATOS PAC-10. 10-A y 11 y ANEXO 6) C. CONCLUSIONES b.1 Introducción: El OAI desarrollará una apreciación genera1 del contenido del informe, destacando el logro de metas alcanzadas y los principales problemas acontecidos. b.2 Evaluación: comprenderá lo siguiente: - Los OAI incorporarán información respecto al nivel de avance de sus acciones en forma semestral y anual (Formatos PAC-10 y 10-A). -Asimismo, elaborarán una matriz de evaluación incluyen- do información resumen de auditorías concluidas y en proceso, tanto planificadas como no planificadas (Formato PAC-Il). Mayor explicación sobre losindicadores degestión se encuentra en el Anexo N” 6 de la presente Directiva. Para efectos de la evaluación periódica, aquellas auditorías que hayan sufrido reprogramación, serán evaluadas tomando en cuenta los datos reprogramados. b.3 Conclusiones: Es la opinión que emite el Jefe del OAI respecto a la evaluación de los resultados alcanzados. 6.6 IMPLANTACIONY SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS a. El Titular de la entidad es el responsable de disponer las acciones necesarias para la implantación de las recomendacio- nes y la adopción de medidas correctivas derivadas de las observaciones contenidas en los informes de auditoría. b. El Titular de la entidad, una vez recibido el informe de auditoría gubernamental, designará entre los funcionarios de su entidad. a los responsables de implantar las recomendacio- nes, según los datas solicitados en el Formato S-2 “Acciones Adoptadas por el Titular”. c. Dichas acciones serán comunicadas al OAI para su ve- rificación y registro, así como, para su remisión a la Contraloría c.3”oval rlol Pn-.x+,, c-3 ,*novn wi” 1 i Lln Il” n1.>7n rln froinh auditoría por el titular.