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Lima, sábado 21 de noviembre de 1998 VISTOS: El Expediente N” 98/00196, presentado por la Bolsa de Valores de Lima, así como el Informe N° 095-98-EF/94.40, de fecha 11 de junio de 1998, presentado por la Gerenciade Mercado de Valores. CONSIDERANDO: Que, INTERSEGURO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. se constituyó el 25 de febrero de 1998, ante Notario Público doctor Manuel Noya de la Piedra, bajo el régimen de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; Que, INTERSEGURO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., se constituyó con un capital de S/. 4 000 000,00 (Cuatro Millones y 00/100 Nuevos Soles), representado por 4 000 000 de acciones, todas con un valor nominal de Un Nuevo Sol y 00/100 (S/. 1.00), nominativas y libre- mente negociables; Que. mediante Escritura Pública de Aumento de Ca- pital y Modificación Parcial de Estatutos, del 23 de abril de 1998, se aumentó el capital en S/. 200 OOO,OO, ascen- diendo el capital social a S/. 4 200 000,00 (Cuatro Millones Doscientos Mil v OO/100 Nuevos Soles), representados por 4 200 000 de acciones, todas con un valor rwmin:il de ¿in Nuevo Sol y OO/100 cS/. 1.001, totalmente swcritas y pagadas; Que, mediante acuerdo de Directorio de la sociedad del 13 de mayo de 1998, se aprobó la desmaterialización delas acciones al amparo del Artículo Sétimo de su estatuto, según el cual la sociedad por acuerdo de su junt;l o de su directorio puede establecer que sus acciones queden repre- sentadas mediante anotaciones en cuenta; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 29” de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seeuros v Orgánica de la SuperintendtJncia de Banca y Seguros, LeYN” 26702, INTtiRSEGURC) COM- PAÑIA DE SEGUROS S.A.. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima, ,mediante carta de’ fecha 2 1 de mayo de 1998, la inscripclon de sus acciones representativas del capital social; Que. de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores. atwobado nor Resolución CONASEV N” 079-97- EF/94.lÓ.i), la Bolsa de Valores de Lima mediante Carta N” GE-229/98, presentada el 28 de mayo de 1998, romuni- có a esta Comisión Nacional la decisión de admitir lasolicitud de inscripcion de las acciones represeetativas del capital social de INTERSEGURO COMPANIA DE SEGUROS S.A.; Que, se ha observado en el presente caso, que el exnediente oreanizado nor INTERSEGURO COMPA- Ñ-h DE SEGUROS S.A. satisface lo establecido en la Resolución CONASEV N” 098-97-EFj94.10: Y. Estando a lo dispuesto por el Artículo 1 íõi&lso h) del Texto Unico Concordado de la Ley Orgámca de CONA- SEV, aprobado por Decreto Ley N” 26126, así como en el Artículo 16” del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores. aprobado por Resolución CONA- SEV N” 079-97-EF/94.10, que faculta al Gerente General a disponer la inscripción de los valores en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo lo.- Inscribir en el Registro Público del Merca- do de Valores las acciones representativas del capi tal social de INTERSEGURO C’OMPANIA DE SEGUROS S.A. Artículo 2”.- La negociación de los valores a que se refiere el artículo anterior procederá luego de trans-curridas setentidós (72) horas contadas a partir de la notificación a la Bolsa de Valores de Lima con la presenteresolución. Artículo 3”.-Transcribir la presente resolución a INTERSEGURO COMPANIA DE SEGUROS S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 6510Autorizan la transferencia de acciones de empresa clasificadora de riesgo a persona natural RESOLUCION GERENCIA GENERAL N” 174-9%EF/94.11 Lima, 14 de octubre de 1958 VISTO: El Informe N” 147-98-EF/94.40 de fecha 12 de octubre de 1998, presentado por la Gerencia de Mercado de Valores; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 14” de la Resolución CONASEV N” 074-98-EF/94.10, Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, toda modificación en la composición accionaria y estatutaria de la Clasifica- dora debe ser previamente aprobada por CONASEV, para lo cual se debe adjuntar las declaraciones juradas aque se refieren los incisos j ) y k I del Artículo 11” del mismo reglamento; Que, asimismo el Artículo 5” del Reglamento de Em- presas Clasificadoras de Riesgo establece que la Clasifica- dora y sus integrantes deben tener por actividad exclusi- va la relacionada con la clasificación de riesgo, encontrán- dose además prohibidos de poseer en forma personal tenencias de valores emitidos por cualquier otra persona jurídica, estableciendo, sin embargo, que en caso se con- sidere que no se afecta la independencia y objetividad dela Clasificadoray sus integrantes, la Gerencia General deesta Comisión Nacional está facultada a autorizar situa-ciones de excepción a esta norma; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14” del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Ries- go, con fecha 8 de setiembre de 1998, Apoyo y Asociados Internacionales S.A. Clasificadora de Riesgo solicitó laaprobación de la transferencia accionaria de 301 099 acciones, emitidas por dicha Clasificadora, de propiedad de Grupo Apoyo S.A. al señor Rafael Ortiz de Zevallos Madueño; Que, en la mencionada solicitud se comunica que el señor Rafael Ortiz de Zevallos es titular de tres mil seiscientos sesentidós (3 672 1 acciones en Telefónica del Perú S.A., adquiridas a través del sistema de participa- ción ciudadana, de dos mil ochocientos cincuenta (2 850)acciones del Cambridge College Lima Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y es director en Apoyo Opinión y Mercado S.A. y Apoyo Administrativo S.A.; Que, la Unica Disposición Transitoria del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, otorga plazo a lasempresas clasificadoras de riesgo hasta el 3 1 de diciembre del presente año, para que se adecuen a las normas relacionadas con sus actividades y a los requisitos que deben cumplir los integrantes de las mismas; Que, el señor Rafael Ortiz de Zevallos Madueño se ha comprometido a transferir sus acciones en Telefónica del Perú S.A. y a renunciar al cargo de director en ApoyoOpinión y Mercado S.A. y Apoyo Administrativo S.A., antes del 31 de diciembre del presente año, con el objetode cumplir con lo dispuesto por el Artículo 5” y la Unica Disposición Transitoria del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo; Que, en el caso de su participación en el Cambridge College Lima Sociedad Comercial de ResponsabilidadLimitada, la Clasificadora de Riesgos ha solicitado seapruebe la excepción a que se refiere el Artículo 5” del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo; Que, se ha determinado que la tenencia de acciones en el Cambridge College Lima Sociedad Comercial de Res- ponsabilidad Limitada no afecta, en la actualidad, la independencia de la Clasificadora, sin perjuicio de la obligación de la Clasificadora de abstenerse de prestar sus servicios en aquellas situaciones en que pueda presu-mirse que su independencia es afectada, de conformidad con lo establecido por el Artículo 7” del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo; y,