Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 25 de noviemhrc de 1998 SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA Nishio Nisio, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP y del ingeniero MORDAZA Shimabukuro Miyasato, Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria, del 26 de noviembre al 5 de diciembre de 1998, a la Republica de MORDAZA, para sostener conversaciones conjuntas con los representantes del Ministerio de la Industria Pesquera de dicho MORDAZA e intercambiar conocimientos en materia de tecnologias de procesamiento de productos pesqueros, que conlleven a la suscripcion del Convenio Interinstitucional a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema! para ambos funcionarios, ascendentea US$6413,24(SeisMilCuatrocientos Trece y 24/100 Dolares Americanos), seran cubiertos por el Pliego Presupuesta1 del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos (ll dias x 2 pers. US$240,00 I - Tarifa CORPAC Total US$ 1083,24 5 280,OO 50,oo US$ 6 413,24 PE, establece que "los permisos de pesca, las licencias y las :oncesiones caducaran de pleno derecho cuando se comlruebe que los armadores de las embarcaciones pesque-as, los titulares de las plantas de procesamiento pesque-o y los concesionarios en general, no hayan cumplido con -ealizar el pago de los derechos que correspondan, en las oportunidades debidas, asi como incumplan con las nornas ambientales", siendo esta una disposicionimperativa 10 susceptible de modificacion ni de aplicacion distinta oor parte de una MORDAZA de inferior jerarquia; Que en tal sentido resulta necesario adecuar la disposicion contenida en el citado numeral 6.16 del punto 6 del referido Plan de Ordenamiento, a la MORDAZA citada en el :onsiderando anterior; De conformidad con lo establecido en la Ley General Ie Pesca y su reglamento; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo lo.- Modificar el numeral 6.16 del punto 6 del Flan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Merluza, aprobado por Resolucion Ministerial N" IO?-9%PE, 41 cual tendra la siguiente redaccion: "6.16. El incumplimiento en el pago del derecho de explotacion del recurso en el plazo y condiciones fijados, sera causal de caducidad de pleno derecho y sin necesidad de declaracion expresa del correspondiente permiso de pesca, conforme lo dispuesto por el Articulo 23" del Reglamento de la Ley General de Pesca. La Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria publicara la relacion de embarcaciones cuyos permisos de pesca hayan caducado y remitira ala Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la relacion de los mismos a efectos de que proceda a no otorgar la autorizacion de zarpe". Articulo 2".- La presente resolucion entrara envigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 13714

Articulo 3".- Los citados funcionarios al termino de su viaje, presentaran un informe al Despacho Mimsterial, con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria. Articulo 4".- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos ylo derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 13732

Modifican el Plan de Ordenamiento de Facultan la extraccion de los recursos la Pesqueria del Recurso Merluza jurel y caballa a armadores comprendiRESOLUCIONMINISTERIAL dos dentro de los alcances de la R.M. N" 567-98-PE N" 815-979PE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998
CONSIDERANDO: Que el Articulo 2" del Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la . Nacion los recursos hidrobiologicos contemdos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que los Articulos 11" y 14" del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N" Ol94-PE, de 14 de enero de 1994, disponen que los Planes de Ordenamiento seran aprobados por Resolucion Ministerial y que el logro de los objetivos establecidos en dichos planes sera evaluado en forma permanente por el Ministerio de Pesqueria, estableciendose que los referidos planes podran ser modificados atendiendo a la naturaleza dinamica de la actividad pesquera; Que mediante Resolucion Ministerial N" 107-9%PE, del 28 de febrero de 1998, se aprobo el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Merluza, estableciendose en el numeral 6.16 del punto 6. DEL REGIMEN Y MODALIDAD DE ACCESO, que el incumplimiento en el pago del derecho por explotacion del recurso en el plazo y condiciones tijados, conllevaria la suspension del permio de pesca; Que el Articulo 23" del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Decreto Supremo N" 09-94RESOLUCION MINISTERIAL W 56%9%PE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2" del Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el Articulo 9" de la precitada Ley General dispone que el Ministerio de Pesqueria sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas, zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, metodos de pesca, talla minima de captura y demas normas que requiera la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que por Resolucion Ministerial No 557-9%PE de fecha 16 de noviembre de 1998, se amplio desde las 00.00 horas del dia 19 de noviembre de 1998 hasta las 24.00 horas del dia 25 de noviembre de 1998, la autorizacion de pesca establecida en la Resolucion Ministerial N" 503-98-PE, cuyos alcances fueran precisados mediante la Resolucion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.