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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (25/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

Designan integrantes de delegación que participó en el “X Consejo de Mi- nistros de Relaciones Exteriores de la ALADI”i- RJWOLUCION MINISTERIAL IV 0726-98-m Lima, 18 de noviembre de 1998 Habiéndose realizado el “X Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)“, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 5 al 6 de noviembre de 1998; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) N” 3771, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secre- tario General de Relaciones Exteriores, de 11 de noviem- bre de 1998; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12” del Decreto Legislativo N” 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, el inciso m) delArtículo 5”delDecretoLeyN” 16112, Ley Orgánicadel Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE:i 6 j l lo.- En vía de regularización, designar como parte integrante de la delegación peruana que participó en el “X Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)“, que se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 5 al 6 de noviembre de 1998, a los siguientes funcionarios: - Doctor Diego Calmet Mujica, Viceministro de Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la presidió; -Embajador ene1 Servicio Diplomático de la República don Julio Balbuena López-Alfaro, Embajador Extraordi- nario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay; - Doctor Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; -Embajador en el Servicio Diplomático de la República don Javier Paulinich Velarde, Director de Relaciones Económicas Internacionales de la Dirección General de Asuntos Económicos Internacionales; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República don Eduardo Chávarri García, Representante Alterno del Perú ante el Comité Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI); - Consejero en el Servicio Diplomático de la República don Agustín de Madalengoitia Gutiérrez, funcionario de la Representación Permanente del Perú ante el Comité Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Integra- ción (ALADI); - Doctora Elva Rodríguez Pastor, Asesora del señor Viceministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; y, - Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República doña Elizabeth González de Fábrega, funciona- ria de la Representación Permanente del Perú ante el Comité Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 13615ECONOMIA Y FINANZAS 9prueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importación ealizada por universidad RESOLUCION SUPREMA No 244-98-EF Lima, 19 de noviembre de 1998 Visto los Expedientes N%. 02585598 y 025921-98 pre- ientados por la Universidad Privada San Ignacio de Loyola iobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Im- ,,uesto General alas Ventas a la importación de bienes que ;e encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo N” 046- )7-EF, modificado por el Decreto Supremo Tu” 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22” y 23” del Decreto Legislativo N” (82 “Ley de Promoción de la Inversión en la Educación”, stablecen que la transferencia o importación de bienes y a prestación de servicios que efectúen las Instituciones :<ducativas Públicas y Particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General alas Ventas y de los derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N” 046-97-EF, modi- icado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF, se aprobó la ,.elación de bienes y servicios inafectos al pago del Im- .)uesto General a las Ventas y de los Derechos Arancela- ,ios aplicables a las Instituciones Educativas Públicas o I’articulares, estableciéndose, asimismo, el procedimien- ..o para la aplicación del beneficio tributario a los bienes Incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo N” 882 y el Decreto Supremo W 046.97-EF, modi- litado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importación realizada por la Universidad Privada San Ignacio de Loyola de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo N” 046-97- EF, modificado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Circular N” 46-06- !98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, según las partidas arancelarias siguientes: Partida Descripción Arancelaria 8502.13.10.00 9027.80.90.00Grupos electrógenos con motor de ém- bolo de encendido por compresión (motores diesel o semidiesel) de co- rriente alterna de potencia superior a 30 kva. Demás instrumentos y aparatos para análisis físicos y químicos Artículo 2”.- La inafectación a que se refiere el artícu- lo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás característi- cas declaradas en los formularios de “Importaciones Libe- radas - Decreto Legislativo N” 882”, presentados por la Universidad Privada San Ignacio de Loyola, según Expe- dientes N”s. 025855-98 y 025921-98 y que dichos bienes sean destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria ie los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3”.- Transcríbase la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas.