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c Lima, domingo 29 de noviembre de 1998glp@u(u@ P¿ig. 166681 Sección C.l. USAID desembolsará fondos y ejecutara este convenio solamente de conformidad con las leyes y reglamentos del Gobierno de los Estados Unidos. Sección C.2. Si en cualquier momento USAID deter- mina que su contribución excede la cantidad que razona- blemente se puede comprometer para lograr los resulta- dos o actividades de este Convenio durante el presente o siguiente año fiscal de los Estados Unidos, USAID puede, mediante aviso por escrito al Donatario, retirar la canti- dad considerada en exceso, reduciendo por consiguiente, el monto de la Donación. Las acciones tomadas de confor- midad con esta subsección no modificarán la contribución de USAID, la cual está sujeta a la disponibilidad de fondos de USAID para este propósito y al acuerdo mutuo de las Partes en el momento en que proceda un aporte subsi- guiente. Artículo D: Contribución del Donatario. El Donatario proporcionará su contribución previo a la Fecha de Termi- nación. Los servicios serán considerados efectuados cuan- do hayan sido proporcionados y los bienes serán conside- rados efectuados cuando hayan sido suministrados. Ade- más, el Donatario conviene en proporcionar o hacerque se proporcione todos los fondos, servicios, bienes y otros recursos adicionales necesarios para completar la Activi- dad, antes o en la Fecha de Terminación. Artículo E: Fecha de Terminación: Sección E.l. La Fecha de Terminación, la cual se establece en la Primera Página de este Convenio, o cual- quier otra fecha en la cual las Partes pudieran acordar por escrito, es la fecha en la -cual las Partes estiman que se terminará la Actividad. Sección E.2. Amenos que USAID acordara lo contrario por escrito, USAID no emitirá o aprobará documentación que autorice el desembolso de fondos de la Donación por servicios prestados o bienes suministrados después de la Fecha de Terminación. Sección E.3. Las solicitudes de desembolso, acompa- ñadas de la documentación sustentatoria necesaria pres- crita en las Cartas de Ejecución, deberán ser recibidas por USAID a más tardar nueve (9) meses después de la Fecha de Terminación, u otro plazo al cual USAID pudiera acordar por escrito antes o después de tal período. Des- pués de tal período USAID, puede, en cualquier momento o momentos, notificar por escrito al Donatario y reducir el monto de la Donación por un monto parcial o total para el cual no se recibieron solicitudes de desembolso acompa- ñadas de la documentación sustentatoria necesaria pres- crita en las Cartas de Ejecución, antes de la expiración de dicho período. Artículo F: Utilización de Bienes y Servicios. Cuales- quier bienes o servicios financiados bajo este Convenio, a menos que USAID acuerde de otro modo por escrito, serán dedicados a este Convenio hasta que éste sea completado o terminado y de ahí en adelante (así como en cualquier período de suspensión del proyecto) se emplea- rán para ampliar los objetivos de este Convenio o como USAID lo establezca en las CE. Artículo G: Impuestos: Sección G.l. Este Convenio y la asistencia bajo el mismo estaránexonerados de impuestos y demás tributos bajo las leyes en vigencia en el territorio del Perú. Sección G.2. En el caso que ( 1) cualesquier contratista no domiciliado en el Perú, incluyendo personal no domici- liado en el Perú de tal contratista, financiado bajo la Donación y cualquier propiedad o transacción referente a tales contratistas y (2) cualesquier transacción para la adquisición de bienes financiados bajo la Donación, no estén exentos de impuestos, gravámenes, aranceles y otros tipos de contribuciones identificables impuestos por las leyes en vigencia en el Perú, 0 no cuenten con mecanis- mos para su devolución, el Perú deberá, en la medida en que estuviera estipulado y de conformidad con las Cartas de Ejecución del Proyecto, pagar o reembolsar 105 mismos con fondos que no sean 105 suministrados bajo la Dona- ción. Sección G.3. En ningún caso las exoneraciones previs- tas en la Sección (G.1.) abarcarán impuestos a la renta, contribuciones sociales o impuestos a la propiedad y al consumo de bienes muebles e inmuebles aplicables a individuos, firmas y organizaciones nacionales locales,-salvo así lo dispongan las leyes en vigencia en el territorio del Donatario. Sección G.4. En el caso de desacuerdo sobre la aplica- ción de una exoneración, las Partes acuerdan reunirse prontamente para solucionar tales asuntos, guiados por el principio de que la asistencia proporcionada por USAID contribuirá directamente al desarrollo económico del país del Donatario. Artículo H: Reportes e Información, Libros y Regis- tros Contables del Convenio, Auditorías e Inspecciones. Sección H.l. Reportes e Información. El Donatario proporcionará a USAID registros contables y cualquier otra información y reportes relacionados con el convenio cuando razonablemente lo solicite USAID. Sección H.2. Libros y Registros Contables del conve- nio. El Donatario mantendrá libros de contabilidad, regis- tros, documentos y cualquier otra evidencia relacionada con el convenio, adecuados para mostrar sin limitación, todos 105 gastos incurridos bajo el convenio, la recepción yuso de los bienes y servicios bajo el convenio, 105 costos del proyecto sufragados por otras fuentes según acuerdo, la naturaleza y el alcance de convocatorias a proveedores potenciales de bienes y servicios adquiridos, la base para la adjudicación de contratos y pedidos, y el progreso general del convenio hacia su terminación (“libros y regis- tros del convenio”). El Donatario deberá mantener los libros y registros del convenio de acuerdo con los princi- pios de contabilidad generalmente aceptados prevale- cientes en los Estados Unidos, a solicitud del Donatario, y con la aprobación de USAID, otros principios de conta- bilidad tales como (1) prescritos por el Comité Intemacio- nal de Normas de Contabilidad (un afiliado de la Federa- ción Internacional de Contadores), o (2) prevalecientes en el país del Donatario. Los libros y registros del convenio deberán mantenerse por lo menos durante tres años después de la fecha del ultimo desembolso de USAID o por un período más prolongado, si fuera necesario, para resol- ver cualquier litigio, reclamo o hallazgo de auditoría. Sección H.3. Auditoría del Donatario. Si $300,000 o más es gastado directamente por el Donatario en un año bajo el convenio, el Donatario excepto que las Partes pudieran acordar lo contrario por escrito, deberá hacer auditorias financieras de 105 fondos gastados de confor- midad con los siguientes términos: (al Con la aprobación de USAID el Donatario deberá utilizar su Institución Superior de Auditoría o seleccionar un auditor independiente de acuerdo con la “Guía para Auditorías Financieras Contratadas por Recipientes Ex- tranjeros” editadas por el Inspector General de USAID (“Guía”), y las auditorias deberán ser efectuadas de con- formidad con la “Guía”; y,, (b) La auditoría debera determinar si el recibo y gasto de los fondos proporcionados bajo el convenio son presen- tados de conformidad con principios de contabilidad gene- ralmente aceptados acordados en la sección (b) antes mencionada y si el Donatario ha cumplido con los térmi- nos del convenio. Cada auditoría deberá ser terminada a más tardar nueve meses después del cierre del año bajo auditoría del Donatario. Sección H.4. Auditorías a Subrecipientes. El Donata- rio deberá, excepto que las Partes pudieran acordar por escrito lo contrario, remitir a USAID en forma y contenido satisfactorios a USAID, un plan para la auditoría de los gastos de subrecipientes “cubiertos”. (a) Un subrecipiente “cubierto” es aquél que gasta $ 300,000 o más en un año en “Donaciones del Gobierno” tal como se describe en el Circular OMB A-110. (b) El plan deberá describir la metodologfa a ser utili- zadaporelDonatarioparasatisfacersus.responsabilidades de auditoria paralos subrecipientes cubiertos. El Donata- rio puede satisfacer tales responsabilidades de auditoría confiando en las auditorías independientes de los subre- cipientes mediante la ampliación del alcance de trabajo de la auditoria financiera independiente del Donatario para abarcar la verificación de las cuentas de 105 subrecipien- tes; o una combinación de estos procedimientos. (c) El plan deberá identificar los fondos entregados a subrecipientes que serán cubiertos por auditorías condu- cidas de acuerdo con otras disposiciones para auditorías :