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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (05/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Regístrese, comuníquese y publíquese GUSTAVO CAILLAUXZAZ%ALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 11394 PESQUERIA Otorgan autorización a empresa para la instalación de planta de enlatado de recursos hidrobiológicos RESOLUCIONDIRECTORAL N” 186-98-PE/DNPP Lima, 30 de setiembre de 1998 Visto el escrito con Registro N° MO-00036003 de fecha 13 de abril de 1998, presentado por PERU MAR E.I.R.L.; CONSIDERANDO:Que el Artículo 43°, literal b) numeral 4. del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establece que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros, conforme lo dispon- ga su reglamento, las personas naturalesyjurídicasrequerirán de autorización, el mismo que constituye derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado; Que mediante el escrito del visto, PERU MAR E.I.R.L., solicita se le otorgue autorización para la instalación de una planta de enlatado de recursos hidrobiológicos con una capaci- dad proyectada de 280 cajas/turno, en su establecimiento indus-trial pesquero ubicado en el Parque Industrial Mz. “K”, lote 24, distrito, provincia y departamento de Tacna: Que la Dirección del Medio Ambiente con Oficio N” 592.98- PE/DIREMA de fecha 31 de julio de 1998, manifiesta que ha recaído calificación favorable al Estudio de Impacto Ambiental, presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Control de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Infor-me N” 101-98-PE/DNPP-DC de fecha 3 de agosto de 1998, que sustentalaprocedencia técnicadclosolicitadoyqueseñalaque la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos estableci-dos en el Procedimiento N° 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativo s del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N°O0 1-98-PE; y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Deconformidadcon loestablecidoen los Artículos 43° literal b), numeral 4., 44°y46° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca; los Artículos 55”. 57° y 60° de su reglamento. aprobado por Decreto Supremo N” 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo W 09-94-PE; .y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N” 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo l”.- Otorgar a PERU MAR E.I.R.L., autorización para la instalación de una planta de enlatado de recursoshidrobiológicos para consumo humano directo, en su estableci- mientoindustrialpesqueroubicadoenel ParqueIndustrial. Mz. “K”, lote 24, distrito, provincia y departamento de Tacna, con la siguiente capacidad proyectada: Enlatado : 280 cajaskurno Artículo 2”.- PERU MAR E.I.R.L.. deberá instalar y equi- par su planta de enlatado de recursos hidrobiológicos, con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamien- tojurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas u sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema decontrol de procesoque garantice la óptima calidad del produc- to final, así como cumplir con la ejecución de su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorable por la Dirección del Medio Ambiente mediante Oficio N°592-98-PE/DIREMA de 31de julio de 1998. Artículo 3°.- Otorgar e1 plazo de un 1 año contado a partir de la fecha de expedida la presente resolución, renovable por irrual término una sola vez. urevia uresentackín de la informa- c%n relativa al avance de ohras e inkrsión efectuada, para que la interesada proceda a instalar los equipos y maquinarias que permitan operar con la capacidad proyectada en su estableci- miento industrial pesquero. Previo al inicio de su actividadproductiva, solicitará la inspecckin técnica correspondiente para1 1 1 4 c c , / :a determinación de la capacidad instalada y el otorgamiento de a licencia de operación. Artículo 4”.- El incumplimiento de lo establecido en los titículos 2” y 3” de la presente resolución serán causal de baducidad del derecho otorgado. Artículo 5”.- Transcríbase la presente resolución ala Direc- :ión Regional de Pesquería Tacna. Regístrese, comuníquesey publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATODirector Nacional de Procesamiento Pesquero(e) 11418 SBS Aprueban modificación parcial del esta- tuto social de empresa de seguros RESOLUCION SBS IV 987-98 Lima, 18 de setiembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por Compañía de Seguros de Vida Santander S.A., para que se le autorice la modificación parcial ie su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Junta General Extraordinaria de Accionis- tas,celebradaeldía24dejuliode1998,seacordólamodificación parcial del Estatuto Social de la referida empresa, para ade- xarse a las disposiciones de la Ley N” 26887, Ley General de Sociedades; Que la minuta de modificación estatutaria ha sido formula- da de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre lamateria; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría ,Jurídica, mediante Informe N”‘766-9%AJ; Deconformidadconlodispuestoporel Artículo 14”delaLey General del Sistema Financie- y del Sistema de Seguros ;&$y de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N E,’ “80 de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar, en los términos propuestos, la modificación parcial del Estatuto Social de Compañía de Segu-ros de Vida Santander S.A., cuyos documentos pertinentesquedan archivados en este organismo y devuélvase la minutaque lo formaliza con el sello oficia1 de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente resolución, para su inscripción en el Registro Mercantil de Lima. Regístrese y comuníquese.MARTIN NARANJO LANDERERSuperintendente de Banca y Seguros 11362 Autorizan a empresas bancarias la apertura de oficinas especiales en las provincias de Lima y Arequipa RESOLUCION SBS W 995-98 Lima, 23 de setiembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que se le autorice la apertura de dos (2) oficinas especiales