Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 1998 (05/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

RESOLUCIONMINISTERIAL N° 267-98-ELima, 3 de junio de 1996 Visto, el Expediente N° 32064497 que incluye los documentos con Registros N"s. 1165943 y 1184549, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitandola imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N"s. 1311, 1722 y 6658, ubicadas en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima: CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesicinaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N° 031-94-EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones dc Distribucion Electrica Ns. 1311, 1722 y 6856; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N°03. 95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N°036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion ala inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricasyque se encuentrenexpresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley N" 25644 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM, Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03.95.PCM, ha emitido el Informe favorable N" 082-98-EM/DGE: De conformidad con lo dispuesto por el inciso c ) del Articulo 110" y Articulo 111" del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N°03-95-PCM y Articulo 1° del Decreto Supremo N" 036-97-PCM Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia: SE RESUELVE: Articulolo 1°.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N"s. 1311,1722 y 6858, ubicadas en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 28 y 29 de MORDAZA de 1998. Articulo 2".- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbresconstituidas. Articulo 3".- LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4'.- LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre SC ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 6147 RESOLUCIONMINISTEXIAL N" 433-98.EMNME MORDAZA, 8 de setiembre de 1996 Visto, el Expediente N" 32069498 que incluye los documentos con Registros NS. ll 89842 y 1200681, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion. en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Ns. 6154, 6327 y 6336, ubicadas en el distrito de MORDAZA de Surco. provincia y departamento de Lima: CONSIDERANDO: Que,I,UZDELSURS.A.,concesionariadeenergiael~ctrica, enmeritodelaResolucionSupremaN"031-94-EMdefecha8de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha 28

de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N'k. 6154,6327 y 6336; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N°036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del suhsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion ala inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley N" 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N" 131-98-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110" y Articulo 111" del Decreto Ley N" 25644, Articulo 1" del Decreto Supremo N° 03-95-PCM y Articulo l° del Decreto Supremo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: ArticuIo l°.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N's. 6154, 6327 y 6336, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados enel DiarioOficial El Peruanolosdias MORDAZA 11 de agostode 1998. Articulo 2".- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbresconstituidas. Articulo 3".- LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio porcausa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigenciael dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10285 RESOLUCIONMINISTERIAL W 434-98-EM/VME MORDAZA, 8 de setiembre de 7 996 Visto, el Expediente N" 32070098 que incluye los documentos con Registros N"s. 1190334 y 1200675, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para Suhestaciones de Distribucion Electrica Ns. 1024, 1137 y 1613, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N°031-94-EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N's. 1024,1137 y 1613; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N°0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por et Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley N" 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03-95PCM, ha emitido el Informe favorable N" 132-9%EWDGE;

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