Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (05/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

c. Carabina, fusiles o rifles semiautomáticos Hasta punto cuarenticuatro pulgadas (0.44") para uso fuera del radio urbano, con excepción del calibre ,223 I 5.58 x 45 mm. 1 en cualquier marca o modelo, por ser de uso exclusivo de las FFAA y PNP. d. Combinación Carabina - Escopeta Que no exceda las especificaciones indicadas para ambos casos Artículo 12”.-Son armas autorizadas para caza. las desti- nadas para tal actividad a ser utilizadas fuera del rad io urbano, que cumplan las siguientes características: a. Armas de fuego cuya municion desarrolle una energía en boca de cañón no mayor de cuatrocientos Kilográmetros 1400 Kg-m), tales como: 1 I Escopeta de repetición Hasta calibre doce (121 GAt’GE 2) Carabina Hasta punto cuarenticuatro pulgadas (0.44"; con excepción del calibre ,223 - (5.56 X 45mm. ), en cualquier marca y modelo. 3) Carabina - Escopeta Hasta punto cuarenticuatro pulgadas (0.44” 1, con la excep- ción indicada. 4) Fusil o rifle Hasta un calibre de ocho por cincuentisiete milímetros I 8 X 57 mm. ), con munición que no exceda los cuatrocientos Kilográ- metros (400 Kg-m). estando prohibido el calibre 5.56 x 45mm. b. Otras armas: 1) Arcos de madera, fibras e similares con sus respectivas flechas. 2) Lanzadores y arpones para caza de especies subacuaticas. 3) Armas autóctonas. Artículo 13”~So n armas autorizadas para Deporte dc Tiro al Blanco Fijo, en Movimiento o al Vuelo y las de arco o resorte, las neumáticas cortas y largas, y las de fuego cortas y largasempleadasen la programación oficial de concursos de la Federa ción que agrupa las diferentes modalidades dei tiro deportivo nacional e internacional reguladas por la Unión Internacional de Tiro (UIT); conforme se detalla: a. Armas neumáticas 1 I Cortas Hasta cinco milímetros cinco décimos (5.5 mm. i 2) Largas Hasta cinco milímetros cinco décimos (5.5mm. b. Armas de fuego 1) cortas a) Revólver hasta uncalibre de punto trescientos cincuenti- siete pulgadas (0.357”) MAGNUM. b) Pistola hasta nueve por diecinueve milímetros (9x19 mm.) Luger o Parabellum. 2) Largas a) Carabina desde punto veintidós pulgadas (0.22”) hasta punto trescientos ocho pulgadas (.308”) b) Escopeta de repetición hasta un calibre doce(1 2)GAUGE. c. Armas para Tiro de Arco o Resorte Según las especificaciones establecidas por su respectiva Federación Internacional. Encaso que la Federación Peruana de Tiro requiera progra- mar concursos con otros tipos de armas y calibres, deberá obtener la autorización respectiva de la DICSCAMEC. Artículo 14”.-Son armas autorizadas para colección, aqué- llas que por su valor histórico, antiguedad, diseño y otras peculiaridades son calificadas como tales por la DICSCAMEC. Dichas armas deberán permanecer con el mecanismo dc cierre ylo disparo desactivados. en museos o ambientes privados ade- cuados y autorizados por la DICSCAMEC. Articulo 15”.- También se consideran como armas de uso civil, las siguientes: a. Armas de señales.b. Lanzadores de arpones neumáticos accionados con carga de proyección. c. Armas neumaticas.CAPITULO II MUNICIONES DE USO CML Artículo 16”~ Son municiones de uso civil, los cartuchos compuestos por el casquillo, fulminante. pólvora o carga de proyección y la bala (proyectil) o perdigones, que se abastecen a las armas de fuego, para las actividades autorizadas por elpresente reglamento; y tienen la siguiente clasificación: a. Para armas de defensa personal Los cartuchos con proyectil de plomo o aleación con este, del tipo encnmisetados (Ful1 Metal Jacketl y semi-encamisetados (Semi Jacketb y de punta blanda ~Soft Point), que desarrollen una energia cinética en boca de cañón no mayor de cuarenta Kilogrametros ~40 Kgm) b. Para armas de seguridad personal Cartuchos con proyectil de plomo o aleación con éste del tipo encamisetados(FullMeta1 Jacket)ysemiencamisetados(Semi Jacket), de punta ojival, plana o blanda y con munición de jebe que desarrollen una energía cinética en boca de cañón no mayor deochentakilográmetros(SOKgm).Están prohibidaslasmuni- ciones 9mmPB. (peso de proyectil 124 grains), 357 Magnum, 40 S&W, 45 ACP. y similares. c. Para armas de vigilancia armada 1) Cartuchos permitidos para armas de defensa personal. 2) Cartuchos cargados con munición de jebe. 3) Cartuchos permitidos para caza, excepto las del tipo expansivo(HollowPoint). d. Para armas de caza Cartuchos diseñados para caza de especies animales exis- tentes y autorizada en el Perú por el Ministerio de Agricultura, que genere una energía cinética en boca de cañón no mayor decuatrocientos kilográmetros (400 Kg-m); siendo éstos de los tipos siguientes: 1) Cartuchos calibre no mayor de doce (12) gauge, con uno o mas perdigones o balines de plomo, no perforante, cuyo diáme- tro no exceda de nueve milímetros un décimo (9.1 mm. 1. 2 1 Cartuchos Especiales con sustancia química para fines de conservación de fauna. 3) Cartuchos con proyectil de plomo o aleación con éste, del tipo encamisetados (Ful1 Metal Jacket) o semiencamisetados (Semi Jacket), con punta blanda tSoft Point) o expansiva (Ho- 1lowPoint). Está prohibida munición calibre .223 - t5,56 x 45mm.j encamisetada. e. Para las armas deportivas Municiones apropiadas para las competencias deportivas, de acuerdo a los reglamentos vigentes de la Federación Interna- cional de Tiro (UIT), bajo el auspicio de la Federación Peruana deTiro, que agrupa las diferentes modalidades del tiro deporti- vo nacional e internacional. f. Para armas de señales Cartuchos dotados de proyectil luminoso o fumigcno. g. Uso industrial. TITULO III CAPITULO 1 AU’I’ORIZ.4CION DE FUNCIONAMIENTO PARA LA FARRICACION Artículo 17”~ Las personas jurídicas que deseen instalar fábricas de armas y/o municiones de uso civil, requieren autori- zación de funcionamiento del Ministerio del Interior a través de la DICSCAMEC; con ese fin cl interesado presentará los requi- sitos y observará el trámite establecido en el Texto Cnico de Procedimientos Administrativos-TUPA. Artículo 18”~ El Proyecto de Fabricación especificará y contendrá: a.Nomenclatura,descripciónycaracteristicasdeIasarmas y/o municiones por fabricar. b. Plan Inicial de Integración Nacional, con: 1) Plano del arma yio munición por piezas o elementos. 2) Valor estimado de cada pieza o elemento.