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l,imü, miCrc0les ?l de octubre de 1098~l'lSomtcur0 Pág.165077 La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decre- to Supremo I\r 0595-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servi- cio dentro de los treinta (30) días calendar’;0 computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo N” OEi-9.5.MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas on el segundo párrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecuckjn de esta resolución a la Dirección dc Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e lnter- nacional. Quinto.- La presente resoluckín se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANE% MANCHEGO Director General Dirección General de Circulackín Terrestre 12083 PESQUERIA Aceptan contribución económicaefec- tuada por el Programa de Cooperación Técnica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92143 en favor del IMARPE RESOLUCION MINISTERIAL W 517-98-PE Lima, lö de octubre de 1998 Visto el Oficio N” DE-100.19ö-98.lMP/PE, de fecha 2 de octubre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante documento del Visto. el Instituto del Mar del Perú IMARPE, alcanzó los antecedentes de la contribución económica, efectuada por el Programa de Cooperación Técnica para la Pesca CEE-VEXEP ALA 92143, para la asistencia de un ( 1) profesional de la institución en el “Segundo Symposium Interna- cional sobre Investigaciones en Otolitos de Peces y sus Aplica- ciones”, realizado en Bergen - Noruega del 20 al 25 dejunio de 1998; Que mediante Acta dc Entrega-Recepción N” 034 de filcha 4 de setiembre de 1998, se formalizó la aludida contribucirm por la suma de tres mil cuatrocientos tres con 82000 dcilares americanos IUS$3 403.82) que financió la participación de un (1) profesional de la institución y complementariamente se firmó cl Acuerdo del Consejo Directivo N” 101-98.CD/O, adopta- do en la DCcima Octava Sesión Ordinarla celebrada el 24 de setiembre de 1998, mediante el cual el Instituto del Mar del Perú IMARPE aprobo la indicada contribución; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N” 7 19 - Ley de Cooperaci«n Técnica Internacional y su reglamento aprobado por cl Decreto Supremo N” 01592-PCM; y, Con la opinii>n favorable del Vicemimstro; SE RESUELvE: Artículo l”.- Aceptar en vía de regularización la contribu- ción económica efectuada por el Programa de Cooperacion Téc- nica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43 a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, por la suma de tres mil cuatrocien- tos tres con 82/100 dtilares americanos lUS$ 3 403.821 para la asistencia de un I 1) profesional de la institución, en el “Segundo Symposium Internacional sobre Investigaciones en Otolitos de Peces y sus Aplicaciones”, rralizado en Bergen - Noruega del 20 al 25 de junio de lYY8. Artículo 2”.- Agradecer al Programa de Cooperación Técni- ca nara la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43. por su importante co&ribucii>n. Artículo 3”.- Transcríbase la presente resolución a 1~ Con- traloría (General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales dentro de los plazos establecidos por !cy. RegísLtc3e, comumquese y publiquebe LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 12073Amplían plazo de autorización de pes- ca exploratoria a que se refieren las RR.MM. N”s. 503 y 513998-PE RESOLUCION MINISTERIAL No 51%9%PE Lima, 20 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2” del Decreto Ley N” 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el mane- jo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9” de la precitada Ley General dispone que el Ministerio de Pesquería sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas, zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, métodos de pesca, tzlla mínima de captu- ra y demás normas que requiera la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiolúgicos; Que mediante Resolución Minkterlal N” 459.98.1’E del 23 de setiembre de 1998, se estable& el regimen provisional de pesca de los recursos pelágicos para la primera temporada de nesca corresoondiente al año biolórico 1998-1999 Y como parte bel cual se ak.orizó en calidad de pesca exploratoiia las aktivi- dades de extracción y procesamiento de los recursos samasa, falso volador, pez cinta, bagre, vicingwerria y otros pelágicos. en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio maríti- mo y el paralelo lO”O6’ L.S. (Huarmey); Que mediante Resolución Ministerial N” 50%98.PE. de fecha 9 de octubre de 1998, ampliada por la Resolución Ministe- rial N” 513-98-P& se autorizó en calidad de pesca exploratoria desde las 00.00 horas del día 15 de octubre hasta las 24.00 horas del 21 de octubre de 1998, las actividades de ext.racción y recepción de los recursos anchoveta (Engraulis ringens), anchoveta blanca (Anchoa nasus) y los recursos autorizados por el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 459-98-P& en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio maríti- mo y el paralclo 16” Latitud Sur, en el marco del régimen provisional de pesca a que se hace referencia en el considerando precedente; Que de acuerdo a los reportes del Instituto del Mar del Perú IMARPE, se considera necesario continuar con las autorizacio- nes periódicas de pesca establecidas en el mencionado régimen provisional; De conformidad con las disposiciones del Decwto Ley N” 25977, Ley General de Pesca y de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N” OI-Y4-PE; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo lo.- Amplíase desde las 00.00 horas del día 22 de octubre hasta las 24.00 del día 28 de octubre de 19Y8, el plazo establecido en la Resolución Ministerial N” 503-9X-PEE:, cuyos alcances fueron precisados mediante la Resolución Mimsterial N” 513-98-PE. Artículo 2”.- Manténganse la plena vigencia de las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial N” 503- SR-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 12118 Otorgan permiso de pesca a empresa para la extracción de recursos ancho- veta y sardina RESOLUCION DIRECTORAL N” 314-9%PE/DNJZ Lima, 16 de octubre de 199X Visto los escritos de Registros N”s. CE-222002, 10027001 y 4192003 de fechas 16 de setiembre, 9 y Iö de octubre de 1YY8. presentados por INVEI?SIONES SAN TERENZO S.A., median& los cuales solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “ADRIANA” en In cxtraccion de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo e indirecto;