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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (15/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

1. No remitir a la Superintendencia las moficaciones de sus categnrias de riesg o o las definiciones y melodologias de clasificación por cada instrumento. en el plazo establecido por el articulo 6” del Titulo VIII del Compendio 2 No Informara la Superintendencia la relación de aquellos instrumentos cuyas categorías de riesgo hayan sido modificadas en et plazo establecido por el articulo 6’ del Titulo VIII del Compendio 3. No informar a la Superintendencia de ser el caso, los cambios habidos en el emisor que afecten su clasificación, en el plazo establecido por el articulo 6° del T itulo VIII del Compendio 4. No Informar a la Superintendencia la finalización de su ontrato con el emisor en el plazo establecido por el artículo 6” del Título VIII del Compendio.(Empresa Clasificadora) Suspensión temooral. Suspensión temporal, (Empresa Clasificadora) III. INFRACCIONES MUY GRAVES Se considera infracciones muy graves las que a continuación se detallan Infracción AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES. 1. Comprobarse falsedad, adulteración u otra irregularidad en a documentación o Información presentada por los organizadores, después de Cancelación emitida la Licencia de Funcionamient o de la Licencia 2. Emplear el capilar social pagado durante el proceso de organización para fines distintos a los establecidos por el articulo 20° del Titulo ll Multa Nivel 1 del Compendio. (AFP) 3. ----- -- - -Invertir el remanente del capital social pagado en instrumentos financieros distintos a los señalados por el articul o 20° del Titulo ll del Multa Nivel 1 Compendio, o depositarlo en un banco que no cumpla con la condición establecida por el artículo 86 del Titulo VI del Compendio. (AFP) 4. Iniciar operaciones sin dar cumplimiento a lo establecido pc r los articulos 26” y 27° del Titulo II del Compendio. Multa y Suspensión Nivel 1 5 No cumplir con resacar el patrimonio mediante aumento de capital dentro del plazo establecido por el articul o 5° del Titulo II del cuando el patrimonio se reduzca por debajo del minimo exigido por la Ley. INVERSIONES 1. Prendar o dar en garantia instrumentos de inversión adquiridos para la Catera Administrada con excepción de las oocurrencias menciona - Multa Nivel 3 das en el articulo 77’ del Reglamento.____ _ 2. Adquirir para la Cartera Administrada, instrumentos d e inversiones pertenecientes a la AFP, sus ejecutivos y/o sus directores, o viceversa 1 Multa Nivel 3 (AFP) 3. Operar con una Institución de Custodia y/o Guarda Física sin haber cumplido con las disposiciones establecidas en l a normativa correspon - Multa Nivel 3 -- diente. (AFP) 4. No mantener depositados en las instituciones, con la s cuales contraten la guarda física y/o custodia de los títulos, un mínimo de 65% del! Multa Nivel 2 valor de la Cartera Admmistrada, de acuerdo con tas normas que sobre el particular apruebe l a superintendencia (AFP) - - - 5. Realizar inversiones fuera de los mecanismos de negociación señalados en el capitulo Il del Titulo VI. 6.° No reponer al Fondo el valor de las perdidas generadas como consecuencia de un siniestro en la custodia y/o guarda física. en los plazos establecidos por ta Superintendencia 7. +g&No cumplir con llevar cantabilidad separada de las operaciones sociales propias de la AFP y de las del patrimonio del Fondo qu e administra 8 s(AFP) No cumplir con los requisitos establecidos para la eleccion de directores en sociedad cuyas acciones hayan sido adquiridas por las, Multa Nivel 1 Carteras Administradas 9 No cumplir con el pago de la sum a necesaria para alcanza* la renatabilidad minima cuando los recursos del Encaje y las demás garantías exigidos por los reglamentos no resulten sufucientes de acuerdo a lo señalado en el articulo 86” del reglamento. ---~-i_(AFP) Multa Nivel 3 (AFP) PRESTACIONES 1.Comprobarse que ta AFP no ha transferido el monto pactad i en la cotización de pensión para efectos de otorgar l a Renta Vitalicia Diferida Mulla Nivel 1 (AFP) 2 Brindar información errónea incompleta o no autorizada a una o más Empresas de Seguros a efectos de realizar la cotización de pensión Multa Nivel 1 ti(AFP) 3. No cumplir con las obligaciones establecidas en el Contrato de Administración de Riesgo s Multa Nivel 1 (AFP) Suspensión Nivel 1 (Empresa de Seguros) REGISTRO 1 Proporcionar Información falsa o adulterada respecto de la nformación regis rable 7 Exclusión del Registro de la Superintendencia 2. No renovar dentro del plazo establecido por el artículo 49° del Titulo VIII del Compendio la inscripción en la Sección respectiva Exclusión del del Registro Registro de la , Superintendencia