NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 37
Municipalidad Metropolitana de Luna durante el tiempo queejerzan el cargo en el Programa del Vaso de feche Artículo 6”.- Las coordinadoras asumen responsabili- dad por causales de negligencia inherentes a las funciones que les compete sin perjuicio de la s aciones Po nales y civiles que corresponda de se r el caso. Artículo 7”.- La elección de la Junt a Directi a de los Comités Locales. Distritales y de l Comité Metropolitano; serán conforme a sus propios Estatutos y Reglamentos de la organización. Artículo 8”.- El reconocimiento de los miembro s del Comité de la Directiva de las Organizacione s del Vaso de Leche estará a cargo de la Oficina Genera l de Participación Vecinal conforme a las normas legales vigentes. Articulo 9”.- En caso de surgir incompetencia :* conflic- tos entre directivos y los beneficiarios , estos serán resueltos conform e a su reglamento actuando e n calidad de >,eedltr la Oficina General d e Part icipación Vecinal TITUL O 111 DE LOS BENEFICIARIOS Artículo lo”.- Son beneficiarios todas la s personas que han sido inscritos en el respectivo padrón e n forma regular y siguiendo los procedimientos establecidos por 1;1 Munici- palidad Metropolitana de Lima. Artículo ll” .- El Programa admitirá com o beneficia- rios con todos los derechos, deberes y obligaciones de acuer- do a las siguientes prioridades 11.1 Referid o a la población beneficiaria: a) Niños d e 0 a 6 años de edad. b) Niños de 7 a 10 anos de edad en caso de indigencia. c) Madres gestantes hasta el noveno mes. d) Madres lactantes hast a los doce meses de edad que cumpla el niño. e) Los enfermos por TBC durante el tiempo +n que se encuentran en tratamiento hasta s u recuperación total. 0 Ancianos: en caso de damas a partir de los 55 años de edad, y; en caso de varones a partir de los 68) años de edad. ll .2 Referido a la situación socioeconómica: a) Asentamiento s humanos, pueblo s jovenes, asenta- mientos humanos marginales. barriadas o áreas margina- les de reciente formación (predominio d e esteras carencia de servicios urbanos básicos). b> Barriadas, urbanizaciones populares, cooperativas de vivienda. c) Asentamiento s tugurizados (quinta s callejones CO- rralones y casas vecinales). dl Otras zonas de la localidad donde se acredite pobla- ción en extrema necesida d o en estado d e indigencia Artículo X2“.- Los beneficiarios podrán establecer de- nuncias ante el Comité de Admmistración del Programa del Vaso de Leche, l a Municipalidad Metropolitan a o el Comité Distrital del Programa del Vaso de Leche contra lo s miem- bros del Comité,, funcionario s y/o servidores .r terreras personas cuand o incurren en los malos actos o mal manejo de los recursos del Programa. Artículo 13”.- 1.a condición de beneficiario s se pierde: - Por cambio d e domicilio. Por exceder de límite de edad en caso d e niños 1 Por cumplir el términ o o limit e de 9 y 1 2 meses en caso de madres gestante s y lactantes respectivamente. - Por culminación del tratamiento . previa rwomrnda- ción médica en caso de enfermedad de tebecianos. - Por retiro voluntario. Por fallecimiento.a J Por comprobación de beneficiarios que a la fecha de .upervisiSn o control no reciben el recurso del Programa del laso de Leche en forma real y efectiva, pese a estar inscritos sn el padrón y cuya ausencia no haya sido comunicada al ‘rograma. b) Distribución de los recursos en forma extemporánea ! incompleta a los beneficiarios por parte de las coordinado- .as de los códigos y/o coordinadoras de los comités del ‘rograma del Vaso de Leche. CI El reparto de los recursos ileche, avena y lácteo) en òrma distinta a las especificaciones técnicas y sanitarias ;eñalados por el Programa del Vaso de Leche (reparto en Orma crucial. d) La adulteración de datos de beneficiarios en la ficha le los padrones y en los cuadernos de control de distribución le1 re&w e) Acumulación del producto en el almacen del centro de acopio por términos mayores a la semana de recepción del murso. fl AdirIteración en el preparado del recurso. Artículo 17”.- Las sanciones que se apliquen a las coordinadoras que incurran en las descalificaciones descri- tas en el Artículo 16” de la presente Directiva se aplicará en el modo Gguiente: al Por primera vez : Amonestación b, Por reincidencia : Suspensión por 1 mes cl Por reiterancia : Separación definitiva Artículo lS”.- En caso de afectar la suspensión o separacion a más de la mitad de los miembros de la Junta Directiva, se designará provisionalmente una coordinadorade base mientras se convoque a elecciones. La designaciónestará a cargo del Programa en coordinación con las repre- sentantes de la organización TITULO IV DEL PROCESO DE INSCRIPCION Artículo 19”.- El proceso de empadronamiento o reem- padronamiento será llevado a cabo por la Municipalidad ye;t;,orlitana de Lima a través del Programa del Vaso de Artículo 20”.- El proceso de empadronamiento o reem- padronamiento se llevará a cabo en coordinación con los representantes y/o coordinadoras del Programa del Vaso de L,eche, debidamente acreditados. Artículo 21”.- Para el proceso de empadronamiento o reempadronamiento se utilizará el formato denominado “FICHA DE EMPADRONAMIENTO” Fl -PVL y “FICHA DE RESUMEN DE EMPADRONAMIENTO” F2-PVL en las que se consrgnarán los datos que el Programa requiera para su atención. Artículo 22”.- La modificación de cualquier dato en la ficha una vez incorporado al sistema del Programa del Vasode Leche (Formato F-2 PVL 1 deberá efectuarse mediante una solicitud formulada por la coordinadora del comité yio Director de Promoción y Supervisión del Programa del Vaso de Lech!*. TITLLO V DE LA DISTRIBUCION Artículo 23”.- Para llel-ar a cabo el reparto de los recursos, se seguirá los sigalentes procedimientos: a) Las coordinadoras responsables de los comités del responsables de los comites del Vaso de Leche,, deberán remitir al Programa del Vaso d e eberán remitir al Programa del Vaso de Leche y!o Comité Administrativo del mismo las hojas de i Administrativo del mismo las hojas de Redistribución de recursos alimenticios (Formato F5-PVL) : recursos alimenticios (Formato F5-PVL) con los nue se elaborarán el requerimiento de los recurso s con IOS nue se elaborarán el requerimiento de los recursos Artículo 14”.- En caso de las madr,!s gestanto.-. el ~Formaio F3-PVL) con 48 horas de anticipación bajo res- derecho de recibir el recurso> del Program;~ del Vaso de ponsabilidad. Leche, se entiende a partir de su incorpormón al Programa b) La atención de los insumos yio recursos del Programa hasta la fecha del parto. fleche, avena y lácteo) será en función al número de bene- Artículo 15”.- Las madres lactantes, serán onsidera- ficiarios consignados en la Hoja de Requerimiento y que das como beneficiarias a partir de su incorp rraciriri al / consten en el padrón de beneficiarios del Programa. Programa, en caso de las madres que aparecen ei. el padrón / c) L;> Junta Directiva Distrital deberá presentar las en calidad de gestantes; su incorporación ,v cc,ntinuidad j hojas de redistribución <Formato F5); en el térmmo señala- como beneficiario del E’rograma será en forma a~itomática 1 do en el literal a). hasta el término de un ! 1 I año de edad qlie cuml.la el nrno. ; d) La Dirección de Provisión previa confrontación de las Artículo 16”.-La.- desca!ificaciow-a a las voor <lina<l~ eras / hojas del requerimiento con las hojas de rediskibución y está referida a los ssllguientes hechos / recibos de entrega de recursos (Formato F4-PVL), procede-