Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 1998 (26/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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contrato a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que desempene el cargo de Director Municipal del referido Concejo siendo el plazo de vigencia desde el 2 de enero de 1997 al 30 de junio del ano en cursos tal como consta de fojas 15 a 19; que, no existe un documento que acredite en forma fehacientemente que el candidato tachado domicilia desde 1996 en la provincia de Puerto,, sin embargo, se aprecia de autos los documentos ya indicados que conducen a establecer que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA domicilio en la citada provincia desde 1996, no pudiendo este Supremo Organo Electoral dejar de administrar justicia en materia electoral; ademas, la ciudadana que formula la tacha tampoco ha probado su alegacion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion numero Dos de fecha 15 de setiembre del presente ano, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Puerto MORDAZA, que declaro infundada la tacha interpuesta por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el candidato a la alcaldia Provincial de Puerto MORDAZA de la Lista independiente "De Participacion Vecinal", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. _ Articulo Segundo.-Poner en conocimientola presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al MORDAZA Electoral Especial de Puerto Inca. Registrese y comuniquese SS. MORDAZA SEGIRA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE VALDMA MORDAZA Secretario General, TRUJILLANO 11070 REISOLUCION No 823-SS-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N" 023-98.JEE-HYO, recibido el 22 de setiembre del ano en curso, del Presidente del MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Huancayo remitiendo el expediente de tacha promovido por doria MORDAZA Ospina MORDAZA contra el candidato a la alcaldia del Concejo Provincial de Huancayo por ia Lista Independiente "Vamos Huancayo" don MORDAZA Sasaki Motonishi, en apelacion de la Resolucion N" 34-JEEH-98 de fecha 14 de setiembre del ano en curso: CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA Ospina MORDAZA interpuso por ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo tacha contra don MORDAZA Sasaki Motonishi, candidato a la alcaldia dei Concejo Provincial de Huancayo por la Lista Independiente "Vamos Huancayo"; alegando que el citado candidato ha sido sentenciado por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Huancayo en fecha 20 de MORDAZA del presente ano a la pena privativa de la MORDAZA de 2 anos con el caracter de suspendida, sentencia que fue apelada a la Sala Penal Superior, la misma que habria declarado improcedente la apelacion, por falta de pago de derechos correspondientes; que el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo por Resolucion N" 34JEEH-98, de fecha 14 de setiembre del actual, declaro fundada la tacha formulada por la ciudadana MORDAZA Ospina Huarcaya; Que, del analisis de autos se establece que MORDAZA Sasaki Motonishi fue sentenciado por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Huancayo en fecha 20 de MORDAZA del presente ano a la pena privativa de la MORDAZA de 2 anos con el caracter de suspendida, tal como consta de fojas 4 a 6, sentencia que fue apelada a la Sala Penal Superior, la misma que ha declarado improcedente la apelacion, por falta de pago de derechos correspondientes, segun aparece de fojas 7; estando incurso don MORDAZA Sasaki Motonishi en causal de impedimento previsto por el Articulo 9' numeral 4 de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864 en concordancia con el Articulo 23" numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; por mayoria; RESUELVE:

Lima. sabado 26 de setiembre dc 1998

Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion N" 34JEEH-98 de fecha 14 de setiembre del actual, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, que declaro fundada la tacha formulada por la ciudadana MORDAZA Ospina MORDAZA, contra el candidato a la alcaldia de la Municipalidad Provincial de Huancayo, don MORDAZA Sasaki Motonishi, por la Lista Independiente "Vamos Huancayo". Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del MORDAZA Electoral Especial de Huancayo. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; Secretario General. TRUJILLANO VOTOSINGULARDELDOCTORDEVALDIVIACANO CONSIDERANDO: Que, del analisis de autos se establece que la tacha interpuesta no ha sido sustentada con prueba idonea; solo obran en el expediente copias fotostaticas de documentos que corresponderian a la sentencia en primera instancia cuyo otorgante se identifica con firma y sello ilegibles, no hay en autos MORDAZA de la supuesta resolucion en MORDAZA instancia, por lo que no se conoce su contenido ni su sentido, que; la solicitud y la resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Huancayo hacen referencia maliciosa o negligente a copias certificadas inexistentes, no obstante lo cual la ciudadana y MORDAZA referidos hacen aparecer como los elementos basicos de la tacha y de la resolucion apelada, respectivamente; que al otorgar a las copias fotostaticas simples la calidad de instrumentos publicos los miembros del MORDAZA indicado han actuado con temerida procesal; que contra las afirmaciones de la ciudadana que formula la tacha, el tachado y los personeros de su lista afirman no existir causal de tacha; Mi MORDAZA es por que se resuelva lo siguiente: Articulo Primero.- Declarar nula la Resolucion W 34JEEH-98 de fecha 14 de setiembre del actual, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, que declaro fundada la tacha formulada por la ciudadana MORDAZA Ospina MORDAZA, contra el candidato a la alcaldia de la Municipalidad Provincial de Huancayo, don MORDAZA Sasaki Motonishi, por la Lista Independiente "Vamos Huancayo" por fundarse en afirmaciones falsas; en consecuencia, se declara habil a don por MORDAZA Sasaki Motonishi para participar como candidato a MORDAZA en las elecciones municipales de 1998, por la Lista Independiente "Vamos Huancayo". Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del MORDAZA Electoral Especial de Huancayo. Registrese, comuniquese y publiquese DE MORDAZA MORDAZA Secretario General, TRUJILLANO 11071

Revocan resoluciones que declararon fundadas e infundadas tachas contra candidatos a Alcaldes y Regidores de diversos concejos municipales
RESOLUCION No 788~SS-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 1998 Vista, la comunicacion recibida el 23 de setiembre del ano en curso, remitida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicitando la revision de la Resolucion N 722-98JNE de fecha 22 de setiembre del ano en curso, debido a que la Primera Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA y Tumbes ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado Especializado en lo Penal de Morropon que conde-

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