NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 30
Lima, sábado 26 de setiembre de 1W8 Electoral, adecuar lo resuelto o por el durada en primera instancia; El Jurada Nacional da Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE Artkuio Prtrem- Dejar sin efecto la Resolución N° 04-98-JEE-C del 13 de setiembre de 1998 del Jurada Elec- toral Espacial da Carabaya e INFUNDADA la tacha formu- lada por loe señores, Walter Miguel Avila Quispe, Javier Jesús Choquehuanca Villalba y Sócrates Barda Mamani, contra dan Sergio Torres Farfán, candidata a la Alcaldía Provincial de Carabaya, por el Movimiento Independiente Vamos Vecino. Mh8Io l?hgunh- Declarar improcedente la ala- ción formulada par loa señores Antonio Ccota Puma ,!?al- ter Miguel Avila Quispe, Javier Jesús uehuanca Vi- cho(4 llalba y Sócrates Barda Mamani, can feche 1 de setiembre ultima, entra la Resolución N” 04-98-JEE-C del 13 de setiembre de 1998, expedida por el Jurada Electoral Espe- cial de carabaya. Mk?uloTe-• Transcribir la presente resolución al Jurada Electoral Especial de Carabaya, a los señores, Walter Miguel Avila wpe, Javier Jesús C9uahuanca y Sócrates Borda Mamani, a don Sergio Torr arfán, y a la Oficina Nacional de Procesos Electoral, para los fines que sean pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR, MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO, DE VALDIVIA CANO,Secretario General; TRCJJILLANO llale Lima, 25 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N” 023-98-JEE-HYO, recibido el 22 de setiembre del año en curso, del Presidente del Jurado Electoral Espacial de la provincia de Huanc ao remitiendo el expediente de tacha promovida par doña SiIvia Mercedes Gutiérrez Pérez contra la candidata a la alcaldía del Conce- jo Provincial de Huanca por el Movimiento Io y contra toda la lista presentada rtlcpendient e“Vamos Vecina” y la apelación & la Resolución N” 31-JEEH-98 de fecha 14 de setiembre del año en curso; interpuesta por la indicada ciudadana; CONSIDERANDO: Jurado ue declaró válida la inscripción del Movimiento Indepen %iente “Vamos Vecino”; Que, por Resolución N” 13-JEEH-98 de facha 9 de setiembre de 1998 el Jurado Electoral & Huanc ao, resol- vi6 declarar valida la inscripción del Movimiento fndepen-diente vamos Vecino”, precisando en la parte considerati- va de la resolución que la lista de candidatos de dicho Movimiento contiene un candidato a Alcalde y 12 candida- tos a Regidores para el Concejo Provincial de Huancayo; Que, por Resolución No 148-98-JNE de fecha 21 de abril de 1998, el Jurado Nacional de Elecciones estableció que el Conce’o Provincial de Huancayo estar6 constituido por un Akalbe y trece Regid ores,de conformidad por lo diapuesto por el Articulo 24” de la Ley de Elecciones Municipales N” 26864; Que, en el caso de analisis, se aprecia que el Movimiento Independiente “Vamos Vecino”, presentó lista de candida- tos al Concejo Provincial de Huancayo, dicha lista está conformada por un candidato a Alcalde y doce candidatos a Regidores; que la lista en mención ha incumplido con presentar relación completa de candidatos, es decir, un candidato a Alcalde y trece candidatos a R e‘dores; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 10” fe la Ley de Elecciones Munici es JNE de fecha 21 CPN” 26364 y la Resolución No 148-98- e abril de 1998; Que, la Ley W 26364, en su Artículo 10” numeral 2, establece que la lista de candidatos debe estar conformada r no menos de un 25% de hombres o mujeres; que, por IL0luciones Ns. 280 y 500-98-JNE se precisó que los Concejos Municipales integrados por Alcalde y 13 Regido- res, las listas de candidatos a Regidores contarán con un mínimo de 4 candidatas mujeres cuando la mayoría de postulantes sean varones; que en el caso de autos la lista tachada ha cumplido con acreditar a 4 mujeres candidatas a Regidoras, debido que los otros 8 postulantes son varones, tal como consta de las copias presentadas para su inscrip-ción que obran de fojas 63 a 66; Que, el incumplimiento de normas legales de orden publico, que no son subsanables, genera la invalidez delacto ue lo concede, para impugnar la validez de la inscrip- ción1e una lista independiente de carácter vecinal no es requisito el pago de derechos; razón por la cual doña Silvia Mercedes Gutiérrez Pérez esta obligada a pagar derecho alguno para tachar la lista en mención; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulas y sin efecto las Resoluciones N“s. 13 y 31-JEEH-98 de fechas 9 y 14 de setiembre del año en curso, respectivamente, expedidas por el Jurado Electoral Especial de Huancayo; y nula laadmisión y la inscri ‘ón de la lista del Movimiento Inde- pendiente “vamos vp”ecino” la qu eueda apartada del próxi- mo proceso electoral municipal; ?tEFORMANDOLAS de- clararon fundada la tacha presentada por la ciudadana Silvia Mercedes Gutiérrez Pérez; en consecuencia, impro-cedente la inscripción de la lista del Movimiento Indepen- diente “Vamos Vecino” para el Concejo Provincial de Huan- cayo no pudiendo participar en los próximos comicios muni- cipales. do.--TPoner la presente resolución en conocimiento dea Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Jurado Electoral Especial de Huancayo. Regístrese, comuníquese y publiquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR, MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO, DE VALDMA CANO,Secretario General, TRUJILLANO ONPE ueban^I”relación de mesas de sufra- o de ciudadanos extranjeros con &echo a voto en elecciones munici- pales RESO~e~I~OJEIE&~. Lima, 25 de setiembre de 1998