Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 1998 (26/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

I.ima, sabado 26 dc setiembre dc 199X

CI- Pag.164407
Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica en fecha ll de MORDAZA de 1996 a la pena privativa de la MORDAZA de 4 anos suspendida por el plazo de 2 anos, sentencia que la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema en fecha 1 de MORDAZA de 1997 declaro no haber nulidad; que el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA por Resolucion N" 016-98-JEEPISCO de fecha 17 de setiembre del actual, declaro infundada la tacha; Que, del analisis de autos se establece que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en fecha ll de MORDAZA de 1996 fue sentenciado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Ica a la pena privativa de la MORDAZA de 4 anos con el caracter de suspendida por el plazo de 2 anos por la comision de los delitos de eculado y contra la fe publica en agravio de la MunicipaFIdad Provincial de MORDAZA y dei Estado, tal como aparece de las copias certificadas de fojas 7 a ll; la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corta Suprema de Justicia de la Republica en fecha 1" de MORDAZA de 1997 declaro no haber nulidad en la sentencia recurrida, como consta de la MORDAZA certificada de fojas 12; que el Secretario del Primer JuzgadoEspecializado en lo Penal de Ica certifica que el MORDAZA penal seguido contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra en ejecucion de sentencia, como obra a fojas 14; que la Corte Suprema de Justicia de la Republica en fecha 26 de agosto del actual declaro improcedente el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Ejecutoria Suprema de fecha 1" de MORDAZA de 1997, expedida por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la Republica, tal como aparece de fojas 74; que para el c6m uto del plazo de la ejecucion de la sentencia suspendida aebe considerarse el 1 de MORDAZA de 1997 fecha en la cual la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema emitio resolucion respecto al recurso de nulidad, debido a que al interponerse recurso de nulidad la sentencia quedo en suspenso; siendo que la pena suspendida Impuesta a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra en plena ejecucion de sentencia; que al estar en ejecucion la sentencia condenatoria por delito doloso impuesta a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta incurso en la causal de tacha prevista por el Articulo 9" numeral 4 de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864 concordante con el Articulo 23" numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR la Resolucion iv" 01698-JEE-PISCO de fecha 17 de setiembre del actual, ex edida por el MORDAZA Electoral Especial de Pisco; p REPORMANDOLA, declararon fundada la tacha formu MORDAZA por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Sante y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvan, contra el candidato a Ia alcaldia de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, don MORDAZA Dlaz MORDAZA, por la lista independiente `Salvemos Pisco", quedando dicho ciudadano impedido de partici ar como candidato en las proximos comicios muniapalesCr 1998. e Articulo Segundo.- Poner la presente resoluclon en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del MORDAZA Electoral Especial de Pisco. Registrese, comuniquese Y publiquese

na a don MORDAZA Edilbeti MORDAZA MORDAZA a la pena privativa de la MORDAZA de 1 ano con el caracter de suspendida; adjunta MORDAZA de la resolucion en mencion; CONSIDERANDO:
Que, por Resolucion N" 722.98-JNE de fecha 22 de setiembre del ano en curso se declaro Confirmar la Resolucion numero cinco - noventiocho-JEEP-M-Ch, de fecha 10 de setiembre del ano en curso, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Morropon, que declaro infundada la tacha interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sbnchez MORDAZA de MORDAZA contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a la alcaldia del Concejo Provincial de Morropon por la Agrupaci6n Independiente Somos Peru; Que, en fecha 14 de setiembre del ano en curso la Primera Sala Penal de la Corta Superior de MORDAZA y Tumbes confirma la sentencia emitida por el Juzgado Especializado en lo Penal de Morrop6n que impone a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la pena privativa de la MORDAZA de 1 ano con el caracter de suspendida, por la comision del delito de danos en agravio de la recurrente, y la adjunta en el escrito del visto; habiendo variado la situacion juridico electoral de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zapata; estando incurso en la causal de tacha prevista por el Articulo 9" numeral 4 de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864 concordante con el Articulo 23" numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; que el MORDAZA penal seguido es de naturaleza sumaria la cual concluye con la resolucion que expide la Sala Superior, y cumplir la sentencia condenatoria aunque se interponga recurso de nulidad, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 330" del Codigo de Procedimientos Penales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE. Articulo Primero.- Revocar la Resolucion numero cinco - noventiocho-JEEP-M-Ch de fecha 10 de setiembre del ano en curso expedida r el MORDAZA Electoral Especial a de Morropcin; y, sin efecto r Resolucion N" 722-9t-JNE de fecha 22 de setiembre del ano en curso; en consecuencia fundada la tacha interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra MORDAZA Edi1beri.o MORDAZA MORDAZA, candidato a la alcaldia del Concejo Provmcial de Morropon por la Agrupacion Independiente Somos Peru, quedando impedido de participar en caiidad de candidato en los proximos comicios municipales. Articulo Segundo.-Poner en conocimiento la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al MORDAZA Electoral Especial de Morropon. Regktrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRl?JILIANO llO? RESOLUCION W 7BfHWJNE Lima. 25 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio W 028-9%JEE-Pisco, recibido el 22 de setiembre del ano en curso, del Presidente de:i MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA remitiendo el expediente de tacha promovido por don MORDAZA MORDAZA Sante y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvan contra el candidato a la alcaldia del Concejo Provincial de MORDAZA por la lista independiente "Salvemos Pisco", don MORDAZA MORDAZA Bule'e en apelacion de la Resolucion W 016-98-JEE-PISCO de'fecha 17 de setiembre del ano en curso; CONSIDERANDO:
Que, don MORDAZA MORDAZA Sante y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvan interpusieron par ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA tacha contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a la alcaldia del Concejo Provincial de MORDAZA por la lista independiente "Salvemos Pisco"; aleganco que el citado candidatn ha sido sentenciado por la MORDAZA Sala

SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 11048 REXOLUCION N" 807~BBJNE MORDAZA, 25 de setiembre de 1998 Visto el Oficio N" 047-98-JEEMSI, recibido el 21 del mes y ano en curso, mediante el cual el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, eleva el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA Huangal MORDAZA, con fecha 17 de setiembre ultimo, contra la Resolucion N" 02-98-JEEM/SI del 14 de setiembre de 1998, expedida por el referido MORDAZA, la cual declara infundada la tacha interpuesta contra don MORDAZA Granda MORDAZA y tacha a don MORDAZA MORDAZA Huatuco MORDAZA, ambos candidatos a MORDAZA y Regidor, respectivamente:

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