Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 1998 (29/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

Iaima, martes 29 de setiembre dc 1998

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Especial de la provincia de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta contra el simbolo presentado por la Lista Independiente "Soy MORDAZA MORDAZA Si"; CONSIDERANDO: Que, segun los fundamentos expuestos por el recurrente, el simbolo de la Lista Independiente "Soy MORDAZA MORDAZA Si", es similar en tamano y forma al simholo presentado por la Lista Independiente "Santa MORDAZA 98"; Que, respecto a los simbolos presentados por las Listas Independientes, el Articulo 13" de la Ley de Elecciones Municipales establece que no se admitira simbolos que MORDAZA iguales o semejantes a los de Partidos Politicos o Listas Independientes ya inscritas; entendiendose que se denegara la inscripcion de tales simbolos que por su similitud puedan originar confusion en los electores; Que, se ha tenido ala vista ambos simbolos impresos, los que se encuentran a fo.jas siete y nueve, respectivamente; apreciandose, que el de la Lista 1ndependient.e "Soy MORDAZA MORDAZA Si" consiste en la figura de un MORDAZA, mientras que el de la Lista tndependiente "Santa MORDAZA 98" es una llave; por lo que. siendo representaciones de objetos totalmente identificables y distintos entre si, noes amparable la peticion del recurrente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia electoral: RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion N" 04!& 98-JEEL de fecha 14 de setiembre de 1998, del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la tacha interpuesta contra el simbolo presentado por la Lista Independiente "Soy MORDAZA MORDAZA Si". Articulo Segundo.- Comunicar el contenido de la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y al MORDAZA Elect,oral Especial de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRIJJILLANO 11143

mes y MORDAZA, que declara infundada la tacha interpuesta contra don MORDAZA Ludroy Laguerre MORDAZA, candidato ala Alcaldia del Concejo Distrital de Surquillo por la Lista del Movimiento Independiente Somos Peru; CONSIDERANDO: Que, la resolucion impugnada expedida con fecha ll de setiembre ultimo por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, declaro infundada la tacha interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra don MORDAZA Ludroy Laguerre MORDAZA, en razon a que la tacha, fundamentada en que el candidato como persona natural tuvo interes en un contrato celebrado por la Municipalidad Distrital de Surquillo con una empresa de propiedad de MORDAZA MORDAZA Paz MORDAZA con quien ha procreado un hijo, no genera la aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 23"inciso 7) de la Ley N" 23853 concordante con el Articulo 9" inciso 4) de la Ley N" 26864, ya que la restriccion es de MORDAZA personal y directo con relacion a las personas que ejercen actividad de comercio u olro fin analogo con expectativa de mantener un vinculo vigente con la Municipalidad; Que, en la fecha de postulacion del candidato tachado don MORDAZA Ludrov Laguerre MORDAZA, el Concejo Municipal no tiene vigente el contrato celebrado con MORDAZA MORDAZA Paz MORDAZA, al que hace referencia el apelante, y que es el sustento de la tacha, manifestando el tachante que el actual candidato tendria interes en dicho contrato; Que, es de apreciarse que el Articulo 23" inciso 7) de la Ley W 23853, concordante con el Articulo 9" inciso 4) de la Ley W 26864, impide la postulacion de candidatos que tengan interes en las concesiones o contratos otorgados o en tramite de otorgamiento por la Municipalidad; Que, en la fecha, no se acredita que el candidato tachado don MORDAZA Ludroy Laguerre MORDAZA tenga interes personal en un contrato actual ni en un contrato en tramite de otorgamiento por la Municipalidad; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion N" 029. 98-JEEL en su parte resolutiva y en consecuencia declarar infundada la tacha interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra don MORDAZA Ludroy Laguerre MORDAZA,, candidato a la Alcaldia del Concejo Distrital de Surquillo por la Lista del Movimiento Independiente Somos Peru, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion1 Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al MORDAZA Electoral Esnecial de Lima. a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a den MORDAZA Ludroy Laguerre MORDAZA, y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 11159

Revocan resolucion quedeclaro infundada tacha interpuesta contra candidato a regidor del Concejo Distrital de Lince
RESOLUCION N" 831-98-JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 1998 Visto, el expediente que viene en apelacion por recurso interpuesto por el ciudadano MORDAZA Gazzolo MORDAZA, contra la Resolucion N" 04%98-JEEL de fecha 14 de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro infundada la tacha formulada por el recurrente, contra el candidato al cargo de Regidor del Concejo Distrital de Lince, de la provincia Ide MORDAZA, por la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", don MORDAZA MORDAZA Cheme Angeles; CONSIDERANDO: Que, se funda la tacha planteada contra el candidako MORDAZA MORDAZA Cheme MORDAZA, en que este no domicilia en la localidad de Lince, especificamente en la avenida MORDAZA MORDAZA N"2044; ofreciendose como pruehas, MORDAZA de los certificados de funcionamiento y saneamiento a!mbicntal otorgados por la Municipalidad de Lince a favor de la empresa Tecnind Latina S.R.L., consignando dicha direccion, y MORDAZA de los reportes de arbitrios y del impuesto predial, a nombre de la propietaria de dicho inmueble, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera; asimismo. que el

Confirman resolucion que declaro improcedente tacha interpuesta contra simbolo presentado por lista independiente
RESOLUCION N" 830-98-JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 1998 Visto, el expediente elevado en apelacion por recurso interpuesto por don MORDAZA Ausberto MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, por la Lista Independiente "Santa MORDAZA 98", contra la Resolucion N" 049.9%JEEL de fecha 14 de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral

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