NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/09/1998)
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Lima, marks 29 dc scticmhrc dc 199X Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILWZ; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANOel= Pág. 164509 Acreditan al Conseio oor la Paz como I---,- ,- 11192/linstitución facultada a presentar observadores para el proceso electo- ral municipal RESOLUCION W 849-98-m RESOLUCION N” 852-98-JNELima, 28 de setiembre de 1998 Lima, 28 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N” 0071-JEE-A-98 recibido el 25 de setiembre de 1998, remitido por el doctor Jaime Galdos Larru, Presidente del Jurado Electoral Especial de la provincia de Arequipa, quien eleva el expediente sobre inscripción de doña Raquel Perfecta Herrera Villanue- va, como candidata al cargo de Regidor del Concejo Distrital de Miraflores, de la provincia de Arequipa, por la Agrupación Independiente “Movimiento Independien- te Vamos Vecino” por haberse concedido el Recurso de apelación interpuesto por la mencionada ciudadana, contra la Resolución N” 5%9%JEE-A de fecha 17 de setiembre de 1998, que declaró improcedente la referida candidatura;Vista la comunicación recibida con fecha 25 de setiem- bre de 1998, presentada por don Francisco Diez-Canseco Távara, quien se presenta en calidad de Presidente del Consejo por la Paz, solicitando la autorización correspon diente para presentar observadores electorales en las elecciones municipales próximas. CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9”, inciso 3 1 de la Ley de Elecciones Municipales N” 26864, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, a efectos de participar como candidatos en las próximas Elecciones Municipales, deben solicitar licencia sin goce de haber. la misma que debe serles concedida treinta días naturales antes de la fecha de los comicios, es decir, a más tardar el día 11 de setiembre de 1998; debiendo, en todo caso, presentar la constancia del pedido de licencia sin goce de haber, ante el Jurado Electoral Especial respectivo;Que, para que una organización no gubernamental quede acreditada ante el Jurado Nacional de Elecciones como institución facultada a presentar observadores, es necesario que dicha organización presente su solicitud acompañada de la Escritura Pública de inscripción en e.1 Registro Público, donde figure como uno de sus principa- les fines la observación electoral; que adjunte asimismo, un plan de la observación electoral, fundamentado y detallado, y un plan de financiamiento de la observación electoral; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 340” de la Ley Orgánica de Elecciones N” 26859; Que, el Consejo por la Paz ha cumplido con presentar la documentación exigida por ley, para lograr su acredita- ción como institución facultada a presentar observadores 1para el próximo proceso electoral municipal 1998; Estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Que, mediante Resolución N” 5%98-JEE-A, la apelan- te fue separada de la lista de candidatos de la Agrupación Independiente “Movimiento Independiente Vamos Veci- no”, para el distrito de Miraflores, de la provincia de Arequipa, por no haber presentado la constancia de haber solicitado la licencia correspondiente; sin embargo, la referida candidata, ha acreditado con la copia del cargo de fojas doce, que con fecha 10 de setiembre solicitó la referida licencia ante la Dirección de Salud Ubass de la Zona de Desarrollo Integral de la Salud Arequipa, la misma que ha sido concedida a partir del día 11 de setiembre del año en curso, mediante ResoluciónAdminis- trativa N” 213-SS-MINSA-DIRSABASS-ZA-UP de fe- cha 22 de setiembre de 1998, que obra a fojas trece; por lo que, cumplido el requisito exigido por ley, debe validarse ‘la candidatura de la recurrente; El <Jurado Nacional de Elecciones, administrando jus- ticia electoral;Artículo Unico.- Acreditar al Consejo por la Paz como institución facultada a presentar observadores para el proceso electoral municipal del ll de octubre próximo, debiendo sujetarse a lo que disponen los Artículos 336” y siguientes de la Ley N” 26859. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 11193 Dejan sin efecto nombramiento ydesig nan miembro titular del Jurado Electo- ral Especial de Cajamarca RESUELVE:RESOLUCION N” 850-98-JNE Artículo Primero.- Revocar la Resolución N” 58SS- JEE-A de fecha 17 de setiembre de 1998, del Jurado Electoral Especial de la provincia de Arequipa, que decla- ró improcedente la candidatura de doña Raquel Perfecta Herrera Villanueva! al cargo de Regidora del distrito de Miraflores, provincia de Arequipa, por la Agrupación Independiente “Movimiento Independiente Vamos Veci- no”; y reformándola, declararon quela mencionadacandi- data se encuentra apta para participar en las Elecciones Municipales a realizarse el 11 de octubre próximo. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE y al <Jurado Electoral Especial de la provincia de Arequi- pa, para los fines consiguientes.Lima, 28 de setiembre de 1998 Visto el Oficio N” 067-98JEE-C recibido vía fax con fecha 24 de setiembre último, del Presidente del Jurado Electoral Especial de Cajamarca, doctor Gilberto Vargas Canterac quien hace saber que el Miembro Titular de dicho órgano, don Isidoro Manuel Sánchez Vega, ha deja- do constancia de su imposibilidad para ejercer el cargo; CONSIDERANDO: Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR, MUÑOZ ARCE: HERNANDEZ CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 11195Que, en Sesión Pública de fecha 15 de junio del presen- te año, el Jurado Nacional de Elecciones realizó el sorteo de miembros titulares y suplentes para conformar el Jurado Electoral Especial de Cajamarca para las Eleccio- nes Municipales del 11 de octubre próximo; Que, mediante Resolución N” 555~98-JNE de fecha 25 de agosto de 1998, este órgano electoral designó a don Isidoro Manuel Sánchez Vega como Miembro Titular del Jurado Electoral Especial de Cajamarca; Que, elMiembroTitularde1 JuradoElectoralEspecial de Cajamarca, don Isidoro Manuel Sánchez Vega ha dado