Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 1999 (11/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
8 9 10 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA YUIMACHI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

Pag. 171991
STC SAA SAA 59 51 55

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Cesan a trabajadores administrativos del CTAR Ucayali por causal de excedencia
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 170-99-CTAR UCAYALI-P Pucallpa, 26 de marzo de 1999 Visto, el informe final de fecha 25 de marzo de 1999, evacuado por el Presidente de la Comision Tecnica de Evaluacion de Rendimiento Laboral de los Trabajadores del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali; CONSIDERANDO:

HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA: Nº DE APELLIDOS Y NOMBRES ORD. 1 DEL MORDAZA MORDAZA, Katty NIVEL PUNTAJE REMUN. TOTAL SAP 46.5

HOSPITAL DE APOYO Nº 2 DE YARINACOCHA: Nº DE ORD. 1 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA NIVEL PUNTAJE REMUN. TOTAL STB 57

Articulo Tercero.- COMUNICAR, la presente resolucion al Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, respectivamente, para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion de la localidad, el texto de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese.

Que, mediante documento del visto, la Comision del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, designada para la Evaluacion del Rendimiento Laboral del Personal Nombrado y Contratado por Funcionamiento de la Entidad Regional; informa que en el estricto cumplimiento al Decreto Ley Nº 26093, se procedio a efectuar el Programa de Evaluacion correspondiente al II Semestre del Ano 1998 y estando a la Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES, que aprueba la Directiva Nº 002-98-PRES, se MORDAZA el procedimiento para la Ejecucion del Programa de Evaluacion Semestral del Rendimiento Laboral de los Trabajadores de los Consejos Transitorios de Administracion Regional; Que, en el referido informe final, verificado y consolidado en cumplimiento al rubro VI, y habiendose culminado el MORDAZA de evaluacion, es elevado al Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, a fin de que se apruebe mediante la resolucion respectiva; En uso de las facultades conferidas mediante la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Resolucion Suprema Nº 121-98-PRES y la emision de la Resolucion Suprema Nº 019-99-PRES; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo (e) Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali 4641

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Convenio suscrito con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-99-DA/MDB Brena, 19 de marzo de 1999 VISTO:

Articulo Primero.- APROBAR, el informe final sobre el resultado del MORDAZA de Evaluacion del Rendimiento Laboral de los Trabajadores de la Sede Central, Gerencia Subregional de Purus, Gerencia Subregional de Raimondi - Atalaya, Gerencia Subregional de Padre MORDAZA Aguaytia y Direcciones Regionales, del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, conforme a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo Segundo.- MORDAZA, por causal de EXCEDENCIA, a partir del 1 de MORDAZA de 1999, a los trabajadores administrativos del CTAR Ucayali, que a continuacion se indican, por no haber aprobado el Programa de Evaluacion, correspondiente al MORDAZA Semestre de 1998: DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI: Nº DE APELLIDOS Y NOMBRES ORD. 1 2 3 4 5 6 7 TUISIMA MARAPARA, MORDAZA CAUPER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA JHONG, MORDAZA de MORDAZA NIVEL PUNTAJE REMUN. TOTAL STA STA STA STA STB STB STC 53 56 41 42 47 37 59

El Convenio de Proteccion Ambiental y Ecologia MORDAZA celebrado con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de fecha 1 de marzo de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 62º de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde a las municipalidades, planificar, ejecutar e impulsar a traves de organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de salubridad, recreacion, transportes y comunicaciones; Que, el Art. 51º del D.S. Nº 007-85-VC aprobatorio del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, faculta a los municipios en concordancia con la legislacion y con los organismos de control competentes, velar por la calidad del medio ambiente natural y transformado, con el fin de garantizar el bienestar de la poblacion; Que, el Art. 52º del indicado reglamento precisa la obligacion de hacer cumplir las normas ambientales por los organismos publicos y no publicos, y por la poblacion en general, estableciendo asimismo una coordinacion con todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, la

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