TEXTO PAGINA: 41
Pág. 171981 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de abril de 1999 38º, 39º, 40º, 41º, 42º y 43º relativos a la Ejecución Judicial de la Hipoteca. (Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final, Ley Nº 27046). 4753 Aprueban directiva que establece incorporaciones a la Directiva Nº 005- 97-COFOPRI "Normas sobre Adquisi- ción de Bienes y Prestación de Servi- cios No Personales" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-99-MTC/15.01 Lima, 7 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, comple- mentada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un programa de formalización de la propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacio- nal; Que, por Resolución Ministerial Nº 165-97-MTC/15.01 de fecha 14 de abril de 1997, se aprobó la Directiva Nº 005- 97-COFOPRI, relativa a las "Normas sobre Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios No Personales"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 435-98-MTC/ 15.01 se aprobó la Directiva Nº 009-98-COFOPRI, sobre la aplicación de la excepción dispuesta en la Primera Dispo- sición Transitoria de la Ley Nº 26850, estableciéndose en su Artículo 2º que la COFOPRI aplicará lo dispuesto en sus Directivas Nºs. 005-97-COFOPRI, 025-97-COFOPRI y 005-98-COFOPRI, aprobadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 165-97-MTC/15.01, 711-97-MTC/15.01 y 264-98-MTC/15.01, respectivamente, así como lo que dispongan las directivas que dicte sobre la materia, las que las modifiquen y las resoluciones de Gerencia Gene- ral que las reglamenten y precisen; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 501-98-MTC/ 15.01 de fecha 7 de diciembre de 1998 se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 005-97-COFOPRI "Normas sobre Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios No Personales"; Que, en vista de haberse definido los software según los cuales se han desarrollado y se vienen desarrollando algunas aplicaciones informáticas, los cuales en muchos casos cuentan con un representante único en el país, es conveniente negociar directamente con aquéllos a fin de obtener mejores condiciones; Que, resulta necesario incorporar dentro de los supuestos para los cuales no se requiere de tres cotiza- ciones, establecidos en el numeral 6.5 de la Directiva Nº 005-97-COFOPRI, el supuesto referido a un esque- ma o solución informática (software licenciado) res- pecto del cual existe un único representante oficial de la marca en el país; Que, el Artículo 52º del Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, establece que las directivas de carácter y/o aplicación general aprobadas por la COFOPRI serán emitidas mediante Resolución Ministerial del Ministro que ocu- pa la Presidencia de COFOPRI y serán debidamente publicadas; Con el visado de las Gerencias General, de Adminis- tración y de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 015-99- COFOPRI "Incorporaciones a la Directiva Nº 005-97- COFOPRI", que como anexo forma parte de la presente resolución.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y Presidente de COFOPRI DIRECTIVA Nº 015-99-COFOPRI "INCORPORACIONES A LA DIRECTIVA Nº 005-97-COFOPRI" 1. FINALIDAD Incorporar dentro de las excepciones establecidas en el Artículo 6.5 del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 005-97-COFOPRI "Normas sobre Adquisición de Bie- nes y Prestación de Servicios No Personales", que estable- cen que no se requiere de tres (3) cotizaciones para la adjudicación directa, el supuesto referido a un esquema o solución informática (software licenciado) respecto del cual existe un único representante oficial de la marca en el país. 2. BASE LEGAL - Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. - Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. - Decreto Supremo Nº 014-98-MTC - Aprueba el Esta- tuto de COFOPRI. - Resolución Ministerial Nº 435-98-MTC/15.01 - Aprue- ba la Directiva Nº 009-98-COFOPRI, sobre aplicación de la excepción dispuesta por la Primera Disposición Transi- toria de la Ley Nº 26850. - Resolución Ministerial Nº 501-98-MTC/15.01 - Aprue- ba el Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 05-97- COFOPRI, relativa a "Normas sobre Adquisición de Bie- nes y Prestación de Servicios No Personales". 3. DISPOSICION ESPECIFICA Incorporar al numeral 6.5 del T.U.O. de la Directiva Nº 005-97-COFOPRI aprobado mediante Resolución Minis- terial Nº 501-98-MTC/15.01, el inciso e) cuyo tenor literal es el siguiente: "e. Cuando se ha optado, mediante alguna de las modalidades de adquisición previstas en la presente di- rectiva, excepto la contratación directa (adjudicación di- recta con una sola cotización) por un esquema o solución informática (software licenciado) que constituye el sopor- te de las actividades de la institución o sobre las cuales se ha desarrollado programas aplicativos y respecto de las cuales existe un único representante oficial de la marca en el país, que acepte contratar directamente y no a través de sus canales de distribución." 4663 Otorgan autorización a comunidad campesina y asociaciones para que operen estaciones transmisoras del servicio de radiodifusión sonora co- mercial y educativa RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 124-99-MTC/15.03 Lima, 6 de abril de 1999 VISTO el Expediente Nº 1998-02177007 presentado por la COMUNIDAD CAMPESINA DE QUISPI- LLACCTA, para establecer una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Onda Media (OM), ubicada en la ciudad de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.