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Pág. 176842 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que se ha presentado un brote epidémico de Sarampión en algunas ciudades de Bolivia, existiendo la probabilidad de su expansión en el país; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas; De conformidad con lo establecido en el Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y disposiciones conexas; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Disponer en forma obligatoria, que las personas entre el año y los 30 años de edad, que viajan a Bolivia, y no acreditan estado vacunal con carné, sean vacunadas contra el Sarampión. 2º.- Las autoridades correspondientes exigirán bajo res- ponsabilidad, el certificado de vacunación respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 10501 M T C Renuevan concesión a empresa para prestar servicio público de transpor- te terrestre interprovincial de pasaje- ros en la ruta Lima-Chimbote RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1862-99-MTC/15.18 Lima, 13 de julio de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02053010 organizado por la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., sobre renovación de concesión de ruta: Lima - Chimbote y viceversa e Informe Nº 483-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A. mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la renovación de concesión de la ruta: Lima - Chimbote y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 483-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento y lo señalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomen- dándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su- premo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Renovar a la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., la concesión de ruta: LIMA - CHIMBOTE y viceversa, para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, contados a partir del 7 de julio de 1999, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - CHIMBOTE y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CHIMBOTE ITINERARIO :HUACHO-BARRANCA-CASMA FRECUENCIA :Dos (2) diarias FLOTA VEHICULAR :Cuatro (4) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Cuatro (4) ómnibus: UI-5376 (1981), UI-5459 (1981), UI-5484 (1981) y UI-5485 (1981) HORARIOS :Salidas de Lima: 12.00 y 21.30 horas Salidas de Chimbote: 12.00 y 21.30 horasLa Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 10474 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1918-99-MTC/15.18 Lima, 20 de julio de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02239010 organizado por la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., sobre Concesión de Ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa e Informe Nº 515-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indica- do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carre- tera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; Que, en el Informe Nº 515-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su- premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRE- SO CRUZ DEL SUR S.A. la concesión de ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carre- tera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa. ORIGEN :TRUJILLO DESTINO :CAJAMARCA ITINERARIO :PACASMAYO - CRUCE CAJAMARCA ESCALA COMERCIAL :PACASMAYO FRECUENCIAS :Dos diarias FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: VG-3419 (1998) y VG- 3420 (1998) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: VG-3425 (1998) HORARIOS :Salidas de Trujillo: 12.00 y 22.00 horas Salidas de Cajamarca: 12.00 y 22.00 horas