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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (20/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 177071 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de agosto de 1999 De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización la donación efectuada por la PRESIDENCIA DE LA RE- PUBLICA; según se detalla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en CUATRO- CIENTOS CUARENTIUNO Y 23/100 Nuevos Soles (S/. 441.23). Artículo Segundo.- Agradecer a la PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 10679 RESOLUCION JEFATURAL Nº 151-99-INDECI Lima, 9 de julio de 1999 Visto el Oficio Nº 069- SRDC-PUNO del 30 de marzo de 1999 por el cual la Subregión de Defensa Civil - Puno, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la Intendencia de la Aduana de Puno; ha donado a la Subregión de Defensa Civil - Puno, Un Televisor a color marca SONY, de 21" y Un VHS marca SONY sin accesorios, valorizados en MIL SETECIENTOS y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,700.00), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 001 del 24.MAR.99 y Resolución de Intenden- cia Nº 000626 de 31.MAY.99; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la INTENDENCIA DE LA ADUANA DE PUNO; según se deta- lla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en MIL SETECIENTOS y 00/100 Nuevos Soles (S/ . 1,700.00). Artículo Segundo.- Agradecer a la INTENDENCIA DE LA ADUANA DE PUNO, por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la Intendencia de la Aduana de Puno y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 10678 SUNAT Aprueban Directorios de la Intenden- cia de Principales Contribuyentes Nacionales y de diversas Intendencias Regionales y Oficinas Zonales RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 094-99/SUNAT Lima, 19 de agosto de 1999CONSIDERANDO: Que, por razones de interés fiscal es necesario modificar los Directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Tacna; Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Tacna, se ha considerado conveniente fijar nuevos lugares donde los mismos deberán efectuar la declaración y el pago de su deuda tributaria; Al amparo de los Artículos 29º y 88º del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y normas modifi- catorias; y del Artículo 1º de la Resolución de Superintenden- cia Nº 100-97/SUNAT y en uso de la facultad otorgada por el inciso p) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Directorio de Principales Con- tribuyentes de la Intendencia Regional Tacna, que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente resolución, en sustitución del directorio vigente a la fecha. Artículo 2º.- Los principales contribuyentes señalados en los Anexos Nºs. 2, 3 y 4 de la presente resolución, deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como rea- lizar todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en: a) Anexo Nº 2: La sede de la Intendencia Regional Tacna, ubicada en calle Zela Nº 701, distrito de Tacna, provincia de Tacna, departamento de Tacna. b) Anexo Nº 3: El local ubicado en la calle Abtao Nº 534, distrito de Ilo, provincia de Ilo, departamento de Moquegua. c) Anexo Nº 4: El local ubicado en la calle Lima Nº 616, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departa- mento de Moquegua. Artículo 3º.- La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución a los contribuyentes incluidos en el nuevo Directorio de Principales Contribuyentes, así como a aquéllos que han sido excluidos del mismo. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia el 1 de setiembre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 10739 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 095-99/SUNAT Lima, 19 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, por razones de interés fiscal es necesario modificar los Directorios de Principales Contribuyentes a cargo de la Inten- dencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de las Intendencias Regionales Loreto, Piura, Arequipa, Lambaye- que, La Libertad, Junín, Cusco e Ica, así como de las Oficinas Zonales Ucayali, San Martín, Huacho, Cajamarca, Juliaca, Chimbote y Huánuco; Al amparo de los Artículos 29º y 88º del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y normas modifi- catorias y del Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT; y en uso de la facultad otorgada por el inciso p) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- ria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese los Directorios de Principales Contribuyentes a cargo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de las Intendencias Regionales Loreto, Piura, Arequipa, Lambayeque, La Libertad, Junín, Cusco e Ica, así como de las Oficinas Zonales Ucayali, San Martín, Huacho, Cajamarca, Juliaca, Chimbote y Huánuco, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución, en sustitución de los directorios vigentes a la fecha. Artículo 2º.- Los Principales Contribuyentes señalados en los anexos de la presente resolución, deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimien- tos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo