Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 1999 (20/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 1999

LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO MORDAZA Visto, Documento Simple Nº 42075-96 y acumulados, seguido por LA ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS SERVIDORES DE LA DIRECCION GENERAL DE REFORMA AGRARIA Y ASENTAMIENTO RURAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION, con los que solicitan: a) Se considere de MORDAZA Progresivo, a la Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-3", "R-4", y Comercio Especializado "CE" del terreno de 72,900.00 m2, ubicado en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para dejar diferidas las Obras de Sembrio y Ornamentacion de Parque. b) Se declare cumplidas la Ejecucion de las Obras de la Habilitacion MORDAZA de la referencia. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 1142 de 18 de MORDAZA de 1983 actualizada por Resolucion MLM/AM-SMDU Nº 064 de fecha 28-Feb-90 se resolvio aprobar los Estudios Preliminares de la habilitacion MORDAZA para uso de Vivienda "R3", "R4" y Comercio Especializado "CE" del terreno de 72,900.00 m2 ubicado en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, estableciendose la redencion en dinero de los deficits de aportes para Otros Fines (375.42 m2), Servicio de Parques (158.43 m2) y Recreacion Publica (2,870.19 m2), e imponiendose a la Asociacion de la referencia una Multa de I/. 1'857,539.00, segun lo establecido en el Numeral II-XX-2.1 del Reglamento Nacional de Construcciones; Que, por Resolucion Nº 029-91-MLM-SMDU-DMDU de 22 de marzo de 1991 se aprobo el MORDAZA de Compensacion de Areas y Regularizacion de Linderos celebrada entre Urbanizadora PRO S.A. y la Asociacion de Vivienda de Servidores de la Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural en su condicion de Propietarios de los terrenos de 242,280.00 y 72,900.00 m2. Respectivamente; Que, por Resolucion Nº 060-97-MML/DMDU de fecha 25Mar-97, se aprobo la valorizacion ascendente a S/. 10,072.50 por concepto del deficit de Aporte para Otros Fines (375.42 m2) correspondiente a la Habilitacion MORDAZA del terreno de 72,900.00 m2; Que, por Acuerdo Nº 03 tomado por el Acta de la Comision de Habilitacion MORDAZA, Sesion Nº 34-97 de fecha 19Set-97, se acordo aprobar la Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion del terreno de 72,900.00 m2 para Uso Residencial de Densidad Media "R3", "R4" y Comercio Especializado "CE" en la Etapa de Recepcion de Obras, asi como la inscripcion definitiva del Aporte para Recreacion Publica de 5,142.00 m2 constituido por el MORDAZA Nº 01 con 2,646.00 m2 y MORDAZA Nº 2 con 2,496.00 m2, y para el Ministerio de Educacion de 1,490.00 m2 ubicado en el Lote Nº 1 de la manzana "J"; Los Aportes Reglamentarios para Otros Fines de 375.42 m2, Servicio de Parques de 158.43 m2 y el deficit de Recreacion Publica de 2,870.19 m2 seran redimidos en dinero; Estando con el Informe Nº 135-99-MLM-DMDU-DGODHU-DCO de fecha 21 de junio de 1999, emitido por la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Articulo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONSIDERAR de MORDAZA Progresivo a la Habilitacion MORDAZA del terreno de 72,900.00 m2 ubicado en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, dejandose diferida la ejecucion de las Obras de Sembrio y Ornamentacion de Parques las que seran efectuadas por los adjudicatarios de lotes en un plazo MORDAZA de 10 anos contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DECLARAR, cumplidas en Via de Regularizacion por la ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS SERVIDORES DE LA DIRECCION GENERAL DE REFORMA AGRARIA Y ASENTAMIENTO RURAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION, de conformidad con el Plano signado con el Nº 64-99-MLM-DMDU-DGODHU, la ejecucion de las Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-3", "R-4" y Comercio Especializado "CE" del terreno de SETENTIDOS MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (72,900.00 m2) ubicado en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA y en consecuencia AUTORIZASE LA LIBRE ADJUDICACION de los lotes que se recepcionan, de conformidad con el siguiente cuadro de areas:

Del area bruta total de 72,900.00 m2 corresponde a area util de Vivienda y Comercio (Especializado y Local) 31,708.93 m2 distribuidos de la siguiente manera: Manzana A B C D E F G H I Nº Lotes 26 43 22 11 26 18 15 7 7 TOTAL Numeracion 1, 2, 3, 3-A y 4 al 25 1, 2, 2A, 3 al 19, 20, 20A, 21 al 39, 40, 40A 1 al 22 1 al 11 1 al 26 2 al 18 1 al 15 1 al 7 1 al 7 Area (m2) 5,034.33 7,133.87 4,009.50 1,760.00 5,074.85 3,332.50 3,158.83 1,165.05 1,040.00 31,708.93 m2

De la diferencia de 41,191.07 m2 corresponde 5,000.00 m2 a Vias Metropolitanas, 29,559.07 m2 a Vias Locales, 5,142.00 m2 a Recreacion Publica, constituido por el MORDAZA Nº 1 con un area de 2,646.00 m2 y el MORDAZA Nº 2 con un area de 2,496.00 m2 y el area de 1,490.00 m2 destinado al Ministerio de Educacion ubicado en el lote 1 de la Manzana "J". Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados a partir de su notificacion el cual estara a cargo de los interesados. Articulo Cuarto.- La propietaria de la presente Habilitacion, en los contratos de Adjudicacion que celebre, debera insertar las clausulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes que estaran destinados al Uso de Vivienda excepto los lotes del 14 al 26 de la Manzana "E", del 2 al 10 de la Manzana "F" que estaran destinados al Uso de Comercio Especializado "CE", y los lotes del 1 al 11 de la Manzana "C" y del 1 al 11 de la Manzana "D" que estan destinados al Uso de Comercio Local "C1". Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para que incorpore al radio de su jurisdiccion la Habilitacion que se recepciona, al Servicio de Parques, al Servicio de Administracion Tributaria y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 10706

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Disponen erradicacion de edificaciones e instalaciones ubicadas en faja marginal del Rio MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-99 Chaclacayo, 14 de junio de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 17752 "Ley General de Aguas" dispone en su Art. 79º que en las propiedades aledanas a los alveos naturales, se mantendra libre la faja marginal de terreno necesaria para el MORDAZA de vigilancia y, en su caso, para el uso primario del agua y otros servicios; Que, el Reglamento del Titulo VI de la Ley General de Aguas, aprobado por D.S. Nº 929-73-AG, establece en el Art. 21º que la Administracion Tecnica fijara en cada caso el ancho de la faja marginal en uno o en ambos cauces, teniendo en cuenta la importancia y la infraestructura necesaria para la conservacion del servicio que va a prestar; Que, mediante D.S. Nº 012-94-AG se declaran areas intangibles los cauces, riberas y fajas marginales de los MORDAZA, arroyos, MORDAZA, lagunas y vasos de almacenamiento, quedando

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