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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (20/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 177063 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de agosto de 1999 Otorgan a empresa concesión de prestación del servicio público de con- mutación para la transmisión de datos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 314-99-MTC/15.03 Lima, 13 de agosto de 1999 Vista la solicitud presentada por MOBIL DATA TRANS- MISSION S.A., sobre otorgamiento de concesión para la pres- tación del servicio público de conmutación para transmisión de datos en la ciudad de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa; en la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucio- nal del Callao; en la ciudad de Cusco, provincia y departamento de Cusco; en la ciudad de Chiclayo, provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; en la ciudad de Chimbote, provincia de Santa, del departamento de Ancash; en la ciudad de Huancayo, provincia de Huancayo, del departamento de Junín; en la ciudad de Iquitos, provincia de Maynas, del departamento de Loreto; en la ciudad de Lima, provincia y departamento de Lima; en la ciudad de Piura, provincia y departamento de Piura; en la ciudad de Tacna, provincia y departamento de Tacna y en la ciudad de Trujillo, provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público de conmutación para transmisión de datos, así como las atribucio- nes referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolu- ción del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público de conmutación para transmisión de datos, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicacio- nes, mediante Informe Nº 017-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de MOBIL DATA TRANSMISSION S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022- 98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Vicemi- nistra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a MOBIL DATA TRANSMISSION S.A. concesión para la explotación del servicio público de conmutación para transmisión de datos por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la ciudad de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa; la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao; la ciudad de Cusco, provincia y departamento de Cusco; la ciudad de Chiclayo, provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; la ciudad de Chimbote, provincia de Santa, del departamento de Ancash; la ciudad de Huancayo, provincia de Huancayo, del departamento de Junín; la ciudad de Iquitos, provincia de Maynas, del departamento de Loreto; la ciudad de Lima, provincia y departamento de Lima; la ciudad de Piura, provin- cia y departamento de Piura; la ciudad de Tacna, provincia y departamento de Tacna y la ciudad de Trujillo, provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con MOBIL DATA TRANSMISSION S.A. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veintitrés (23) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en represen- tación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, MOBIL DATA TRANSMISSION S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión noes suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 10680 Declaran en abandono procedimiento sobre permiso de operación del servi- cio de transporte aéreo internacional no regular de carga RESOLUCION DIRECTORAL Nº 109-99-MTC/15.16 Lima, 25 de junio de 1999 VISTO: El expediente de AERO TRANSCOLOMBIANA DE CARGA LTDA. - ATC sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de Carga; y, CONSIDERANDO: Que, AERO TRANSCOLOMBIANA DE CARGA LTDA. - ATC mediante solicitud del 12 de diciembre de 1995, solicitó el Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de Carga; Que, en el procedimiento seguido se ha verificado que la solicitante ha variado su domicilio no habiendo comunicado este hecho a la Dirección General de Transporte Aéreo; Que, la determinación del domicilio es requisito esencial en todo escrito que presente el interesado, por lo que su omisión constituye un obstáculo para la continuación del procedimiento al resultar imposible notificarle los requerimientos legales y técnicos necesarios para la prosecución del trámite; Que, si bien de acuerdo a lo establecido en el Artículo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, la Administración debe supe- rar cualquier obstáculo que se oponga a la regular tramitación de los procedimientos administrativos y promover el impulso de oficio, la situación presentada resulta ser un obstáculo insupera- ble por parte de la Administración; Que, en este sentido, se ha incurrido en abandono del procedimiento administrativo consistente en la omisión por parte del administrado de los trámites que le corresponden; Que, el último escrito de la solicitante fue presentado con fecha 27 de setiembre de 1996, sin que desde esa fecha se haya verificado movimiento alguno por parte de la solicitante, desti- nado a la culminación del procedimiento administrativo; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar en ABANDONO el proce- dimiento administrativo iniciado por AERO TRANSCO- LOMBIANA DE CARGA LTDA. - ATC, sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de Carga. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS NUÑEZ BARRIGA Viceministro de Transportes Director General de Transporte Aéreo (e) 10688 prestar servicio de transporte aéreo no regular internacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 147-99-MTC/15.16 Lima, 13 de agosto de 1999