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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (20/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 177065 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de agosto de 1999 DECRETOS DE URGENCIA FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 051-99 Por Oficio Nº 513-99-SCM-PR se solicita la publicación de la Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 051-99, publicado en nuestra edición del día 17 de agosto de 1999, en la página 176919. En la parte del Artículo 1º que sustituye el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 049-99. DICE: "Artículo 2º.- ..., en un plazo de cinco (5) años computado a partir del ejercicio de 1996. (...)" DEBE DECIR: "Artículo 2º.- ..., en un plazo de cinco (5) años computado a partir del ejercicio de 1999. (...)" 10772 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 954-CME-PJ Por Oficio Nº 1028-99-PJ-SE/SG de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 954-CME-PJ, publicada en nues- tra edición del día 17 de agosto de 1999, en la página 176929. DICE: Lima, 16 de agosto de 1999 DEBE DECIR: Lima, 6 de agosto de 1999 10704 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Dan por concluido nombramiento de magistrado provisional de la Décima y Décimo Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 599-99-MP-CEMP Lima, 19 de agosto de 1999 VISTO: El Oficio Nº 608-99-MP-F.SUPR.CI, de fecha 7 de agosto de 1999, suscrito por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Inter- no, elevando el Expediente Nº 492-98, que contiene la investi-gación de la queja formulada por Víctor Ernesto Coz Ramos en contra del doctor William Fernando Quiroz Salazar, Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Vigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima, por Irregularidades en el Ejercicio de sus Funciones, en el que ha recaído la Resolución Nº 762, y, dada la gravedad de los hechos que comprometen la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público, afectando la credibilidad de la Institución, solicita se dé por concluido su nombramiento en mérito a la Unica Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27009, y se remitan los actuados al Fiscal Provincial de Turno, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, respecto del presunto delito contra la Fe Pública cometido por el mencionado Fiscal; CONSIDERANDO: Que, se aprecia de la Resolución Nº 762, de fecha 7 de agosto de 1999, suscrita por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Inter- no, que "...respecto a que el Fiscal, doctor William Fernando Quiroz Salazar no reúne las condiciones para el desempeño del cargo, se solicitó sus antecedentes a la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, advir- tiéndose que, infringiendo el Principio de la Presunción de Veracidad, contemplado en el Artículo 3º de la Ley Nº 25035 "Ley de Simplificación Administrativa", concordante con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 070-89-PCM "Reglamento de la Ley de Simplificación Administrativa", mediante escrito de fecha 7 de febrero de 1996 (fs. 127) solicitó a la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se le considere como postulan- te a una plaza vacante de Fiscal Adjunto Provincial, presentan- do entre otros documentos, declaración jurada de fecha 20 de enero de 1996 (fs. 142) con firma legalizada notarialmente, en la que declaró, bajo juramento, que no ha pertenecido al Sector Público, faltando a la verdad, puesto que hasta el 18 de marzo de 1996 perteneció a la Policía Nacional del Perú, solicitud que dio origen a su nombramiento por Resolución Nº 067-96-MP- FN-CEMP, de fecha 24 de julio de 1996 (fs. 36); que, asimismo, se tiene que el Fiscal Adjunto investigado nació en el distrito de Comas (fs. 138, 159), y obtuvo el Título Profesional de Abogado el 14 de enero de 1994 (fs. 134), pero en la Libreta Electoral Nº 09473221 (fs. 137), en cuanto a su lugar de nacimiento consigna distrito de Lima y, contradictoriamente, en la Partida de Matrimonio de 1990, dice ser natural de Chiclayo y de profesión Abogado, consignando igual título en las partidas de nacimien- to de sus hijos, correspondiente al año 1991 y 1993 (fs. 140, 141), cuando aún no era Abogado, según el documento ya indicado, hechos graves y repetidos que comprometen la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público, afectando la credibilidad de la Institución y de sus Organos, por lo que dada la provisionalidad en el cargo se debe dar por concluido el nombramiento del Fiscal Adjunto Provincial investigado y respecto del ilícito penal, el mismo que no ha sido cometido en el Ejercicio de sus Funciones, contemplado en el Artículo 427º del Código Penal - Delito contra la Fe Pública, por haber infringido el Principio de Presunción de Veracidad, de confor- midad con el Artículo 6º de la citada Ley de Simplificación Administrativa, debe ser puesto en conocimiento del Fiscal Provincial de Turno..."; Que, de lo expuesto se advierte que el Fiscal investigado ha incurrido en hechos graves que comprometen la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público, por lo que dada la provisionalidad en el cargo y a lo solicitado por el señor Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno mediante Resolución Nº 762, de fecha 7 de agosto de 1999, fs. 165/166, se debe dar por concluido su nombramiento como Fiscal Adjunto Provincial Provisional, así como su designación como apoyo a la Décima Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima; además, respecto de la existencia de razonables indicios de la comisión de delito contra la Fe Pública, deben de ser puestos en conocimiento de la Mesa de Partes de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, a efecto de que proceda conforme a sus atribuciones; Que, de conformidad con la Resolución Nº 762, de fecha 7 de agosto de 1999, suscrita por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control; y, lo establecido en el Artículo 159º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministe- rio Público, y Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público Nº 337-98-MP-CEMP, estando al Acuerdo Nº 5203 adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor William Fernando Quiroz Salazar, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Décimo Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, materia del Artículo Segundo de la Resolución Nº 404-97-MP-FN-CEMP, de fecha 19 de mayo