Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 1999 (07/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 7 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 2

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Financieros al cierre de cada semestre calendario, dentro de los treinta (30) dias posteriores. Los auxiliares de seguros personas naturales deberan presentar el Anexo Nº 3 del presente Reglamento dentro de los treinta (30) dias posteriores al cierre de cada ejercicio. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los intermediarios y auxiliares de seguros inscritos en el Registro que no cuenten con la poliza de responsabilidad profesional o fianza requerida en el presente Reglamento, tendran hasta el 30 de junio del 2000 para su contratacion. Vencido dicho plazo, sera aplicable lo dispuesto en el Articulo 13º del presente Reglamento. Segunda.- Los corredores de seguros que, a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento, intermedien seguros del exterior que no cuenten con la autorizacion requerida en el Articulo 19º del Reglamento, tendran hasta el 30 de junio del 2000 para su regularizacion. En consecuencia, los seguros del exterior que no MORDAZA autorizados de acuerdo al procedimiento MORDAZA senalado no podran ser intermediados a partir del 1 de MORDAZA del 2000, inclusive. Tercera.- Las personas juridicas inscritas en el Registro que no alcancen el capital minimo exigido, tendran hasta el 30 de junio del 2000 para regularizar su situacion. Vencido este plazo la inscripcion sera cancelada. Cuarta.- Hasta el 31 de diciembre del 2000, el aspecto tecnico de la evaluacion a que hace referencia el Articulo 9º del presente Reglamento se realizara a traves de Comisiones Calificadoras, las mismas que estaran conformadas de la siguiente manera: a) La Comision Calificadora para corredores de seguros, esta conformada por tres (3) representantes de esta Superintendencia, uno de los cuales la presidira, un representante de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros ­ APESEG, un representante de la Asociacion Peruana de Empresas Corredoras de Seguros ­ APECOSE y un representante de la Asociacion de Corredores de Seguros del Peru. La Comision se entiende formalmente constituida con un minimo de tres (3) miembros; b) La Comision Calificadora para empresas de reaseguros extranjeras y corredores de reaseguros, esta conformada por dos (2) representantes de esta Superintendencia, uno de los cuales la presidira, un representante de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros ­ APESEG y un representante de los corredores de reaseguros nacionales. La Comision se entiende formalmente constituida con un minimo de dos (2) miembros; y, c) La Comision Calificadora para auxiliares de seguros, esta conformada por dos (2) representantes de esta Superintendencia, uno de los cuales la presidira, un representante de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros ­ APESEG y un representante de la Asociacion de Ajustadores o Inspectores de Seguros del Peru. La Comision se entiende formalmente constituida con un minimo de dos (2) miembros. Los representantes de los gremios que integran las mencionadas comisiones son elegidos por esta Superintendencia de la terna que en cada caso le presente el gremio respectivo. Las decisiones de las comisiones se adoptan con el MORDAZA favorable de la mayoria, en caso de empate, el presidente tendra el MORDAZA dirimente. ANEXO Nº 1 MONTO DE LA POLIZA DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL O FIANZA REQUERIDA PARA LOS CORREDORES DE SEGUROS Y AUXILIARES DE SEGUROS
MONTO DE LA POLIZA DE SEGUROS O FIANZA (en dolares americanos) Hasta 60,000 20,000 De 60,001 hasta 300,000 60,000 De 300,001 hasta 1,500,000 150,000 De 1,500,001 hasta 6,000,000 500,000 De 6,000,001 en adelante. 1,000,000 (en dolares americanos) (*) Aplicable solamente para el caso de polizas de seguros.

INGRESOS PERCIBIDOS POR LOS CORREDORES DE SEGUROS PERSONAS NATURALES
AL _____ / _____ / _____ Nombre Documento de Identidad Numero de Registro Numero de R.U.C. Direccion Telefono y Fax Nº : : : : : : MONTO S/. US$

NOMBRE DE LA EMPRESA DE SEGUROS NACIONAL O EXTRANJERA

____________________________ Firma del corredor de seguros Nº de Registro

ANEXO Nº 3 INGRESOS PERCIBIDOS POR LOS AUXILIARES DE SEGUROS PERSONAS NATURALES
AL _____ / _____ / _____ Nombre Documento de Identidad Numero de Registro Numero de R.U.C. Direccion Telefono y Fax I. Nº : : : : : :

Ingresos por servicios y/o asesoramiento prestados a las empresas de seguros: NOMBRE DE LA EMPRESA DE SEGUROS S/. MONTO US$

II. Nº

Ingresos por servicios y/o asesoramiento prestados a terceros: NOMBRE S/. MONTO US$

INGRESO ANUAL

DEDUCIBLE MINIMO (*) (en dolares americanos) 200 600 1,000 2,500 5,000

__________________________ Firma del auxiliar de seguros Nº de Registro

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