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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (07/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 181041 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de diciembre de 1999 98-MTC/15.19.01, de la evaluación de la documentación presentada considera factible aprobar la transferencia solicitada por la ASOCIACION CULTURAL ONDAS DEL PERU S.A. a favor de la empresa NADU S.A. y en consecuencia reconocer a ésta como nueva titular de la autorización; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 06-94- TCC y sus modificatorias aprobadas por DD.SS. Nºs. 005- 98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autori- zación para seguir operando una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en FM, ubicada en la ciudad de Lima, otorgada al amparo de la R.M. Nº 277-97- MTC/15.19 solicitada por la ASOCIACION CULTURAL ONDAS DEL PERU S.A. a favor de la empresa NADU S.A., por los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa NADU S.A. como titular de los derechos derivados de la R.M. Nº 277- 97-MTC/15.19 que fueran otorgados a la ASOCIACION CULTURAL ONDAS DEL PERU S.A. Artículo 3º.- La empresa NADU S.A. asume de pleno derecho el cumplimiento de todas las obligaciones, térmi- nos, condiciones y plazos del derecho de autorización del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial que es mate- ria de la presente transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 15217 Declaran en abandono diversos procedimientos administrativos sobre autorización para prestación de servi- cio de radiodifusión RESOLUCION DIRECTORAL Nº 103-99-MTC/15.19 Lima, 18 de agosto de 1999 VISTOS, los Memorándums Nºs. 264, 265, 289, 328, 335-99-MTC/15.19.03.2. de la Dirección de Administra- ción de Frecuencias sobre declaración de abandono de procedimientos administrativos iniciados por diversas empresas; CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los cinco (5) Expedientes remitidos con los Memorándums de Vistos, correspon- dientes a las empresas: Asociación Evangélica "Jesús La Vida (Exp. Nº 932847), Radiodifusora Frecuencia Folklórica E.I.R.L. (Exp. Nº 966165), Empresa de Ra- dio Difusión R.S.A. Radio Sud América" Frecuencia Modulada 103 E.I.R.L. (Exp. Nº 913853), Tito Phocco Cruz (Exp. 970865), " Radio Nauta E.I.R.LTDA. (Exp. Nº 950969), se constata que, luego de evaluadas dichas solicitudes por la Dirección de Administración de Fre- cuencias, competente en el trámite de otorgamiento de autorizaciones para el Servicio de Radiodifusión, se procedió a requerir a los solicitantes mediante sendos oficios, que cumplan con remitir documentación tanto técnico, económico y/o legal, complementaria a la obrante en los actuados; Que, conforme se verifica de cada uno de los expedien- tes administrativos, los solicitantes no han cumplido con remitir la documentación solicitada por la Administra- ción, habiendo vencido en exceso los plazos establecidos legalmente, siendo que tal incumplimiento significa quelos interesados han incurrido en causal de abandono del procedimiento administrativo por ellos iniciados, a tenor de lo preceptuado en los Artículos 70º y 91º del T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos; Estando a lo opinado por la Dirección de Asesoría Técnica mediante Informe Nº 271-99-MTC/15.19.01.; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Abandono los Procedimientos Administrativos, sobre autorización para prestar el servi- cio de radiodifusión, iniciados por: EMPRESA EXP. LOCALIDAD OFICIO Nº 1.ASOCIACION EVANGELICA "JESUS LA VIDA" 932847 CAJAMARCA 1449-98-MTC 2.RADIODIFUSORA FRECUENCIA FOLKLORICA E.I.R.L. 966165 AREQUIPA 723-98-MTC 3.EMPRESA DE RADIO DIFUSION R.S.A. "RADIO SUD AMERICA" FRECUENCIA MODULADA 103 E.I.R.L 913853 QUILLABAMBA-CUSCO 455-98-MTC 4.TITO PHOCCO CRUZ 970865 SICUANI-CUSCO 807-98-MTC 5.RADIO NAUTA E.I.R.LTDA. 950969 NAUTA-LORETO 1428-98-MTC Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a las Direcciones de Asesoría Técnica, de Administración de Frecuencias y de Recaudación y Coordinación Regio- nal; encargándose a la Dirección de Administración de Frecuencias el archivamiento y registro de los expe- dientes a que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones 15211 Sancionan con multa a diversas estaciones de servicio de radiodifu- sión RESOLUCION DIRECTORAL Nº 131-99-MTC/15.19 Lima, 22 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nº 13-99-MTC/INICTEL- CIT (Legal) e Informe Nº 159-99-MTC/15.19.03.3, per- sonal del Instituto Nacional de Investigación y Capaci- tación en Telecomunicaciones - INICTEL y de la Subdi- rección de Control de Estaciones Radioeléctricas de la Dirección de Administración de Frecuencias, el prime- ro de los nombrados en virtud del Convenio Específico Nº 2 denominado "Inspecciones Técnicas para el Con- trol del espectro Radioeléctrico", dan cuenta de la verificación, monitoreo e incautaciones realizados en diversas localidades del departamento de Lima, detec- tándose varias estaciones operando el Servicio de Ra- diodifusión Sonora y por Televisión sin contar con la autorización, permiso o licencia expedida por este Mi- nisterio; Que, el Artículo 22º del T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones, concordante con los Artículos 97º y 144º de su Reglamento General, establecen que, la prestación del Servicio de Radiodifusión requiere de previa autorización otorgada por el Viceministro de Comuni- caciones; en consecuencia conforme a las verificaciones e incautaciones efectuadas se tiene que las estaciones denominadas RADIO PLAYA E.I.R.LTDA., de la locali- dad de Chancay; RADIO SATURNO, RADIO SAN JUAN, RADIO Y TELEVISIÓN UNIVERSITARIA, CANAL 02 DE HUACHO, de la localidad de Huacho;