Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 1999 (07/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de diciembre de 1999

- Fiscalia Provincial de Prevencion del DelitoArea de Menores, Drogas, Alcoholismo, Servicios a la Colectividad y Moral Publica, Ecologico-Hidrobiologica y Economica, designandose al doctor MORDAZA Grentz Ibanez, como Fiscal Provincial Provisional, dandose por concluida su designacion materia del Articulo Primero de la Resolucion Nº 538-99-MP-CEMP, de 19 de MORDAZA de 1999 y de la Resolucion Nº 187-95-MP-FN, de 15 de marzo de 1995; disponiendose que la carga procesal sea asumida por la Primera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito-Area Economica, a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA Montufar; Fiscal Provincial Provisional. Articulo Segundo.- Designar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales de las Fiscalias Provinciales Descentralizadas con sede en el distrito de MORDAZA MORDAZA, a los siguientes Fiscales, a partir de 9 de diciembre de 1999: - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Ajdunto Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial en lo Penal, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 1129-97-MP-CEMP, de 14 de noviembre de 1997. - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial en lo Penal, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 436-96-MP-CEMP, de 16 de MORDAZA de 1996. - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Esaine, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Tercera Fiscalia Provincial en lo Penal, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 285-98-MPCEMP, de 24 de marzo de 1998. - Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial de Familia, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 845-97-MP-CEMP, de 30 de setiembre de 1997. - Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito-Area de MORDAZA y Seguridad Vial, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 1119-93-MP-FN, de 27 de agosto de 1993. - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito-Area de MORDAZA y Seguridad Vial, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 156-97-MP-FN-CEMP, de 13 de febrero de 1997. - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Tercera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito-Area de MORDAZA y Seguridad Vial, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 040-96-MP-FN, de 10 de enero de 1996, asi como su designacion en el cuadro de ubicacion fisica, en la Policia Metropolitana Este Division Antidrogas, materia del Articulo Primero de la Resolucion Nº 886-99-MP-CEMP, de 8 de noviembre de 1999. - Doctor Francy MORDAZA Scharff, Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito-Area de Menores, Drogas, Alcoholismo, Servicios a la Colectividad y Moral Publica, Ecologica-Hidrobiologica y Economica, dandose por concluida su designacion materia de la Resolucion Nº 064-98-MPCEMP, de 28 de enero de 1998, asi como su designacion en el cuadro de ubicacion fisica, en la Policia Metropolitana Este Division de Investigacion Criminal, materia del Articulo Primero de la Resolucion Nº 886-99-MP-CEMP, de 8 de noviembre de 1999. Articulo Tercero.- El Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico de las Fiscalias Descentralizadas con sede en el distrito de MORDAZA MORDAZA, supervisara el cumplimiento de los turnos permanentes de las Fiscalias Provinciales de dicha sede, asi como de la Mesa de Partes Unica, que entraran en funcionamiento a partir de las 08.00 horas del dia 13 de diciembre de 1999. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a la senora Presidenta del Congreso de la

Republica, a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministro del Interior, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Director General de la Policia Nacional del Peru, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de los Distritos Judiciales de la Republica, Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los diversos Distritos Judiciales de la Republica y de los Fiscales mencionados en los articulos precedentes, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 15242

SBS
Aprueban Reglamento del Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 1058-99 MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, establece en el Articulo 345º que es objeto de la Superintendencia de Banca y Seguros, proteger los intereses del publico en el ambito de los sistemas financiero y de seguros; Que, en tal sentido, el Articulo 11º de la Ley General senala que toda persona requiere autorizacion de esta Superintendencia para dedicarse a las actividades que desarrollan las empresas del sistema de seguros; Que, esta Superintendencia debe llevar un registro de las empresas de reaseguros extranjeras y de los intermediarios de seguros, segun lo establecen los Articulos 324º y 335º, respectivamente, de la Ley General; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del Articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Registro del Sistema de Seguros. Articulo Segundo.- Quedan derogadas las Resoluciones SBS Nº 366-91 del 18 de junio de 1991, Nº 381-91 del 28 de junio de 1991, Nº 438-91 del 5 de agosto del 1991, Nº 483-91 del 16 de agosto de 1991, Nº 815-91 del 17 de diciembre de 1991, Nº 389-92 del 9 de MORDAZA de 1992 y la Carta Circular Nº S-031-95 del 27 de noviembre de 1995. Asimismo, se modifica la Resolucion SBS Nº 779-98 del 14

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