Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 1999 (15/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 1999

Respecto a la oportunidad del pago correspondiente a los costos de permitir el acceso de los concesionarios de larga distancia a la red local, esta sera acordada en el MORDAZA de las relaciones de interconexion y respetando el MORDAZA de no discriminacion. Ajuste del cargo por minuto El calculo del cargo por minuto que se realiza al inicio del primer ano es un calculo ex­ante porque utiliza una tasa de descuento promedio anual, y un numero proyectado de lineas y minutos. Por este motivo, al final de cada uno de los cinco anos en los que se aplica el cargo por minuto, se recalcula el cargo por minuto ex­post. Esta actualizacion o cargo por minuto ex­post, se hace en base a una tasa de descuento promedio anual y con el numero efectivo de minutos totales cursados. Cargo por minuto a partir del MORDAZA ano El cargo tope por minuto a partir del MORDAZA ano y los anos subsiguientes hasta el inicio del MORDAZA ano, sera igual al cargo por minuto ex­post del ano anterior al cual se aplica. El cargo por minuto desaparece luego del MORDAZA ano. Monto de ajuste en el MORDAZA ano Al final del MORDAZA ano se calcula el cargo por minuto ex­post de ese ano. La diferencia entre el cargo por minuto ex­ante y el cargo por minuto ex­post del MORDAZA ano, se usa para determinar el monto de ajuste que se aplicaria a cada minuto cursado por los distintos concesionarios al final de ese ano. V. COSTOS DEL SISTEMA DE PRESELECCION MAS LLAMADA POR LLAMADA Dado que los costos considerados por Telefonica del Peru S.A.A. para permitir el acceso de los concesionarios de larga distancia a su red local alcanzan tambien a la modalidad de preseleccion mas llamada por llamada, en la fecha en que esta MORDAZA se instaure, no se aplicara costo adicional alguno para el calculo del cargo por minuto. Lo mencionado en el parrafo anterior obedece a que la empresa Telefonica del Peru S.A.A. debe contar con el soporte tecnico para permitir el acceso de los usuarios al operador de larga distancia utilizando cualquiera de las modalidades, es decir, preseleccion o preseleccion mas llamada por llamada. VI. ADMINISTRACION DEL MORDAZA Asimismo, las empresas que participen en el MORDAZA de recuperacion de los costos de permitir el acceso de los concesionarios de larga distancia a la red local podran establecer entre ellas mecanismos de coordinacion u organizarse de la manera que mejor consideren conveniente, debiendo comunicar dicho hecho a OSIPTEL con el objetivo de lograr una comunicacion adecuada que garantice la transparencia y neutralidad del proceso. 15561

Miramar, en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que el recurrente han cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente, y han abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 064 y Nº 073-99-MML-DMDUDGO-DHU-DSD del 26 de octubre de 1999, y del 18 de noviembre de 1999 emitidos por la Division de Subdivisiones de la Direccion de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision sin cambio de uso y sin Obras del terreno de 5,407.9230 M2 (CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS Y TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS) calificado como MORDAZA de Vivienda Taller "II-R5", constituido por parte del lote 18, de la urbanizacion San Miramar, en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de la siguiente forma: SUBLOTE -18-A.- Con un area de 1,674.95 m2 (MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTICINCO DECIMETROS CUADRADOS) SUBLOTE -18-B.- Con un area de 3,732.9730 m2 (TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTISIETE DECIMETROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS). Las caracteristicas de los Sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 109-99-MML-DMDU-DGO-DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de los Sublotes 18-A y 18B, asi como autorizar la libre venta de los mismos. Asi mismo la presente Resolucion solo aprueba la subdivision del lote, no convalidando la falta de licencias de construccion que a la fecha podrian existir, ni regularizando las construcciones existentes. Articulo Tercero.- DISPONER, que los propietarios estan obligados a insertar en los contratos de venta que celebre una clausula en la que establezca la indivisibilidad de los mismos. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la cual estara a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de treinta dias calendario contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Habilitaciones Urbanas Direccion General de Obras Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 15522

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan subdivision de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 040-99-MML-DMDU-DHU MORDAZA, 26 de Noviembre de 1999 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 31055-99 y los anexos Nº 624799, y Nº 6783-99, seguidos por CONSTRUCTORA MORDAZA S.A., por los que solicita se le autorice la subdivision sin cambio de uso y sin Obras del terreno de 5,407.9230 m2, calificado como MORDAZA de Vivienda Taller "II-R5" constituido por parte del lote 18, de la urbanizacion San

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban ordenanza que establece beneficio de regularizacion tributaria en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 043-99-MDA Ate, 13 de diciembre de 1999

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