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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 181478 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 1999 efectos de garantizar sus derechos a la defensa confor- me a lo establecido por el Art. 168º del D.S. Nº 005-90- PCM; y, El señor Rector, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la UNDAC y estando el acuerdo del honorable Consejo Universitario Ordinario Nº 08-99 de fecha 4 de noviembre de 1999; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer sanción disciplinaria de CESE TEMPORAL de (12) doce meses sin goce de remune- raciones a don Mario SALAZAR BUENO, docente Auxiliar nombrado, adscrito a la Escuela de Formación Profesional de Enfermería con sede en Tarma, fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- Imponer sanción disciplinaria de SUSPENSION ACADEMICA por el semestre 99-B, a las alumnas Marlene ZUÑIGA ÑAUPARI, Elena JORGE REYES e Irene SANTIVAÑEZ CORTEZ, fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Tercero.- Imponer sanción disciplinaria de SEPARACION DEL CARGO a la Lic. Enf. Melvi ESPINOZA EGOAVIL, Directora Encargada de la Escuela de Formación Profesional de Enfermería de Tarma, fundamentos expues- tos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que el Vicerrector Admi- nistrativo adopte las medidas complementarias del caso para el debido cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la oficina de la Direc- ción de Personal de la UNDAC proceda a insertar la presente resolución en el legajo personal de los docentes descritos en los artículos precedentes. Artículo Sexto.- Encargar al Secretario General de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, la publi- cación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sétimo.- Dése cuenta de la presente Resolu- ción a las instancias correspondientes de acuerdo a ley. Regístrese y comuníquese. GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA Rector DANIEL E. FLORES VASQUEZ Secretario General 15646 Sancionan con cese temporal y amonestación a docentes de la Univer- sidad Nacional Daniel Alcides Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION RESOLUCION Nº 0491-99-C.U. Cerro de Pasco, 5 de noviembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 544-99-DFCCAA de fecha 4 de noviembre de 1999, del Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias, mediante el cual informa sobre los actuados por la Comisión de Inspección y Control de su Facultad, referente al caso del docente Diógenes Valerio Avila, sobre acoso sexual y otros; asimismo en atención a los acuerdos de Consejo de Facultad de Ciencias Agropecuarias Sesión Extraordinaria Nº 04-99 de fecha 4 de noviembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Art. 4to. de la Ley Universita- ria Nº 23733, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la República e implica el derecho de organizar su sistema académico, económico y administrativo; Que, las alumnas Florinda ORNA BERROSPI y Sonia MEDRANO CHAPARRO con fecha 2 de setiembre de 1999 han presentado denuncia ante el Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias por acoso sexual y otros en contra del docente Diógenes Valerio Avila;Que, mediante Memorando Circ. Nº 017-99-DFCA, el Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias, remite las denuncias presentadas al Sr. Presidente de la Comisión de Inspección y Control de la mencionada Fa- cultad integrada por los docentes: Ing. Daniel E. Flores Vásquez (Presidente), Ing. Felipe Yali Rupay, Ing. Isacc Carhuamaca Rodríguez y el estudiante Juan Carlos Cruz Luis (Miembros), para que de conformidad a sus atribu- ciones procedan actuar conforme a ley; Que, del citado informe fluye que el procesado ha sido debidamente notificado con el pliego de cargos a fin de garantizarse su derecho a la defensa conforme lo estable- cido por el Art. 168º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, del análisis de los documentos y demás diligen- cias realizadas en el Proceso Administrativo seguido contra el docente Diógenes Valerio Avila ante la Comisión de Inspección y Control, se advierte que, subsisten plena- mente los cargos que conllevan responsabilidades por abuso de autoridad y ejercicio arbitrario de sus funciones, haciendo extensivo al Director de la Escuela de Forma- ción Profesional de Zootecnia, médico veterinario Juan Meza Paz, por evidencias razonables de negligencia de funciones; Que, estando al acuerdo y recomendación adjuntado por la Comisión de Inspección y Control de la Facultad de Ciencias Agropecuarias; De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 51º y 54º de la Ley Universitaria Nº 23733, concordada con lo dispuesto por los Incs. a) y c) del Art. 155º del D. Leg. Nº 276 y su Reglamento - D.S. Nº 005-90-PCM; y, El señor Rector, en ejercicio de las atribuciones confe- ridas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la UNDAC y estando al acuerdo del Honorable Consejo Universitario Ordinario Nº 08-99 de fecha 4 de noviembre de 1999; RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer sanción disciplinaria de CESE TEMPORAL de (12) doce meses sin goce de remu- neraciones a don Diógenes VALERIO AVILA, docente Asociado a Dedicación Exclusiva, adscrito a la Facultad de Ciencias Agropecuarias fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- Imponer sanción disciplinaria de AMONESTACION al médico veterinario Juan MEZA PAZ, Director de Escuela de Formación Profesional de Zootecnia por negligencia de funciones, fundamentos ex- puestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el Vicerrector Admi- nistrativo adopte las medidas complementarias del caso para el debido cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la oficina de la Direc- ción de Personal de la UNDAC proceda a insertar la presente resolución en el legajo personal de los docentes descritos en los artículos precedentes. Artículo Quinto.- Encargar al Secretario General de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Dése cuenta de la presente Resolu- ción a las instancias correspondientes de acuerdo a ley. Regístrese y comuníquese. GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA Rector DANIEL E. FLORES VASQUEZ Secretario General 15647 ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proce- sos contenciosos-administrativos con- tra diversas resoluciones del Tribunal Fiscal RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001300 Callao, 13 de diciembre de 1999