Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 1999 (17/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 181505

Adicionase un numeral al Articulo 7º y modificase la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, en los terminos siguientes: "Articulo 7º.- Del Consejo de Oficiales Generales (...) 7.3 Mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, se ratificara a los Brigadieres Generales y Brigadieres Mayores. 7.4 Los Oficiales Generales en situacion de actividad en cuadro conformaran un Consejo Consultivo encargado de brindar asesoramiento al Comando Nacional. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Culminacion de las funciones en el cargo Las actuales autoridades del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru continuaran ejerciendo sus funciones hasta el 31 de diciembre del ano 2000. (...)" DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Facultase al Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para que dentro del termino de 90 (noventa) dias contados a partir de la vigencia de la presente Ley, ascienda al grado de brigadier Mayor a los Brigadieres que tengan no menos de 5 (cinco) anos de antiguedad en el grado, previa evaluacion de las autoridades elegidas del CGBVP, para ejercer los cargos de confianza establecidos en su estructura organica. DISPOSICION DEROGATORIA UNICA.- Deroganse o dejanse sin efecto, segun sea el caso, las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15716

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL INCISO A) DEL ARTICULO 166º DE LA LEY Nº 26859, LEY ORGANICA DE ELECCIONES
Articulo unico.- Modificacion del inciso a) del Articulo 166º de la Ley Nº 26859 Modificase el Articulo 166º, inciso a) de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, en los terminos siguientes: "Articulo 166º.- La cedula de sufragio tiene las siguientes caracteristicas en su diseno y contenido: a) No es menor que las dimensiones del formato A5. En caso de MORDAZA eleccion, en las elecciones presidenciales o municipales, la cedula de sufragio no es menor que las dimensiones del formato A6." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15717

LEY Nº 27229
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY Nº 27228
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL INCISO F) DEL ARTICULO 166º DE LA LEY Nº 26859, LEY ORGANICA DE ELECCIONES
Articulo Unico.- Modifica el inciso f) del Articulo 166º de la Ley Nº 26859 Modificase el inciso f) del Articulo 166º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, en los terminos siguientes:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.