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Pág. 181506 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 1999 "Artículo 166º.- La cédula de sufragio tiene las si- guientes características en su diseño y contenido: (...) f) Incluye la fotografía de los candidatos a la Presiden- cia de la República y, cuando corresponda, la de los candidatos a Presidente de Región." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15718 LEY Nº 27230 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 286º DE LA LEY Nº 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES Artículo único.- Incorpora párrafo al Artículo 286º de la Ley Nº 26859 Incorpórase como último párrafo del Artículo 286º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el siguiente texto: "El aspa o cruz colocados o repetidos sobre la fotografía del candidato a la Presidencia de la Repúbli- ca es un voto válido a favor del candidato respectivo. El aspa o cruz repetida sobre el símbolo, número o letra que aparece al lado de cada lista de candidatos al Congreso también es un voto válido a favor de la lista respectiva." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15719 LEY Nº 27231 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 24º DEL TEXT O ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL Artículo único.- Del objeto de la Ley Modifícase el inciso g) del Artículo 24º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi- cado por el Artículo 3º de la Ley Nº 26846 y el Artículo 1º de la Ley Nº 26966, en los términos siguientes: "Artículo 24º.- La administración de justicia es gratuita para las personas de escasos recursos económi- cos, y para todos los casos expresamente previstos por ley. Se encuentran exonerados del pago de tasas judiciales: (...) g) Las diversas entidades que conforman los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los órganos constitucio- nalmente autónomos, las instituciones públicas descen- tralizadas y los Gobiernos Regionales y Locales." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA