Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 15965 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 047-99-EF/76.01

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999

puestario del Sector Publico Ano Fiscal 2000, Directiva Nº 001-2000-EF/76.01, aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 045-99-EF/76.01. 15903

MITINCI
Aprueban Reglamento del juego "Black Jack"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 199-99-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 20 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153, se aprobo la Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas estableciendose en su Articulo 24º, que la Direccion Nacional de Turismo es la autoridad administrativa competente respecto de las actividades vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, asimismo, segun lo dispuesto en el Articulo 25º inciso b) de la mencionada Ley, corresponde a la Direccion Nacional de Turismo expedir directivas de cumplimiento obligatorio para la mejor aplicacion de la Ley y sus normas reglamentarias; Que, solo pueden explotarse en el MORDAZA aquellas modalidades de juego de casino que cuentan con autorizacion administrativa y su correspondiente registro; Que, el proposito de los reglamentos de los juegos es establecer estandares minimos uniformes para el desarrollo transparente e imparcial de los juegos de casino autorizados a operar de conformidad con la legislacion vigente; En uso de las atribuciones a que se refieren los Articulos 11º y 24º de la Ley Nº 27153; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-99-MITINCI/ VMT/DNT, "Reglamento del Juego Black Jack", la cual consta de cinco (5) capitulos y veintiun (21) articulos. Articulo 2º.- La explotacion del juego "Black Jack" es permitida en el MORDAZA de conformidad con la presente Resolucion, registrandose ante la Direccion Nacional de Turismo con el siguiente codigo: JC0001. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo DIRECTIVA Nº 01-99-MITINCI/VMT/DNT REGLAMENTO DEL JUEGO BLACK MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por: a.- Black Jack: Al juego de casino en el que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten contra el explotador del juego, representado por el dealer. El objetivo de cada jugador es conseguir con sus cartas veintiun puntos o una puntuacion lo mas cercana posible pero sin pasarse de la misma. Aquellos jugadores que obtienen una puntuacion mayor que la conseguida por el dealer ganan la partida. El juego tambien puede ser identificado con el nombre de "Veintiuno". b.- DNT: A la Direccion Nacional de Turismo. c.- Direccion Ejecutiva: A la Direccion Ejecutiva de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas de la Direccion Nacional de Turismo. d.- Inspector: Al Inspector de Juego de la DNT. e.- Explotador: Al titular de la sala de juego donde se explota el Black Jack. f.- Dealer: Al personal del explotador encargado de conducir el desarrollo del juego de Black Jack. Tambien

Clasificadores para el Ano Fiscal 2000 y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Ano Fiscal 2000. Por Oficio Nº 088-99-EF/11.03, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 047-99-EF/76.01, que aprueba los Clasificadores para el Ano Fiscal 2000 y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Ano Fiscal 2000, publicada en Separata Especial en nuestra edicion del dia 21 de diciembre de 1999. Pagina 181692 DICE: CONSIDERANDO: ... De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 26703, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 183 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 14899-EF/13.01; DEBE DECIR: CONSIDERANDO: ... De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 183 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 14899-EF/13.01; DICE: Articulo 7º.- Los Pliegos Presupuestarios que en la etapa de Programacion y Formulacion, han previsto recursos en la Especifica del Gasto 17. "Reintegros", deben transferirlos, bajo el procedimiento de Modificacion Presupuestaria en el nivel Funcional Programatico, a la Partida Especifica de Gasto que corresponda a los Grupos Genericos de Gasto 01. "Personal y Obligaciones Sociales" y 02. "Obligaciones Previsionales", de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 25º de la Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico Ano Fiscal 2000, Directiva Nº 001-2000-EF/76.01, aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 045-99-EF/76.01. DEBE DECIR: Articulo 7º.- Los Pliegos Presupuestarios que en la etapa de Programacion y Formulacion, han previsto recursos en la Especifica del Gasto 17. "Reintegros", deben transferirlos, bajo el procedimiento de Modificacion Presupuestaria en el nivel Funcional Programatico, a la Especifica de Gasto que corresponda a los Grupos Genericos de Gasto 01. "Personal y Obligaciones Sociales" y 02. "Obligaciones Previsionales", de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 25º de la Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presu-

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