TEXTO PAGINA: 10
Pág. 181820 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de diciembre de 1999 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-99-MITINCI/ VMT/DNT, "Reglamento del Juego Póker Americano", la cual consta de cinco (5) capítulos y catorce (14) artículos. Artículo 2º.- La explotación del juego "Póker America- no" es permitida en el país de conformidad con la presente Resolución, registrándose ante la Dirección Nacional de Turismo con el siguiente código: JC0003. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo DIRECTIVA Nº 03-99-MITINCI/VMT/DNT REGLAMENTO DEL JUEGO POKER AMERICANO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definiciones : Para los efectos de este Reglamento se entiende por: a.- Póker Americano: al juego de casino en el que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten entre sí. El explotador del juego percibe una comisión por la conducción de las partidas. El objetivo de cada jugador es alcanzar la combinación de cartas de mayor valor posible mediante la utilización de cinco cartas de las siete que cada uno puede recibir. Alternativamente este juego puede denominarse "Seven Card Stud Poker". b.- DNT: a la Dirección Nacional de Turismo. c.- Dirección Ejecutiva: a la Dirección Ejecutiva de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas de la Direc- ción Nacional de Turismo. d.- Inspector: al Inspector de Juego de la DNT. e.- Explotador: al titular de la sala de juego donde se explota el juego de Póker Americano. f.- Dealer: al personal del explotador encargado de conducir el desarrollo del juego de Póker Americano. Tam- bién puede ser identificado con el nombre de "Crupier" o "Tallador". g.- Partida: a la secuencia que se inicia con la coloca- ción de las apuestas por los jugadores y que culmina con la determinación del resultado de las mismas en el Póker Americano. h.- Enganche: a la apuesta inicial que cada uno de los jugadores debe realizar para participar en una partida y que da derecho a recibir tres cartas. g.- Pozo: al monto total apostado por los jugadores en una partida. h.- Ronda: etapa de la partida en la que se distribuye una carta a cada participante y donde los jugadores pueden realizar diversas opciones como apostar, incrementar la apuesta, retirarse de la partida o pasar. i.- Cara: al lado de la carta en que consta su valor. j.- Revés: al lado de la carta en que no consta su valor. Artículo 2º.- Del material para el juego : Para el desarrollo de una partida de Póker Americano, la sala de juego del explotador deberá contar con el siguiente mate- rial: a.- Mesa de Juego: La superficie de la mesa tendrá forma ovalada, con un ligero corte o hendidura en uno de sus lados mayores, que indica la posición del dealer y estará cubierta por un paño en el cual se encontrará marcados una serie de zonas separadas y numeradas hasta un máximo de siete. Cada zona puede dar acogida a un solo jugador. b.- Baraja: Al conjunto ordenado de cincuenta y dos cartas denominado baraja inglesa o americana, constituido por cuatro palos de trece cartas cada uno. Las primeras diez cartas de cada palo se encuentran enumeradas correlativa- mente del uno (llamado "As") hasta el diez, y las tres cartas restantes son figuras identificadas por las letras "J", "Q" y "K", cuyos valores son respectivamente once, doce y trece puntos. El revés de las cartas será de un mismo color y diseño. En el revés de las cartas deberá constar el nombre de la sala de juego o del explotador. c.- Cortador: Objeto de forma y tamaño similar al de una carta pero de color y material diferente, utilizado paracortar la baraja o para evitar que las caras de las cartas sean expuestas durante el corte y agrupación de éstas realizado de conformidad con el presente Reglamento. El cortador debe ser opaco y de un solo y mismo color por ambos lados, asimismo será distinguible del color del revés y bordes las cartas de la baraja. d.- Descartador: Instrumento para el depósito de las cartas. e.- Fichas: Piezas valoradas utilizadas para expresar las apuestas en la partida, debidamente autorizadas y regis- tradas por la DNT. f.- Caja de entrada de dinero: Caja insertada en la mesa de juego donde se ingresa el dinero entregado por los jugadores para la adquisición de fichas. g.- Fichero: Aparato con varias divisiones donde se colocan ordenadamente por denominación las fichas. Dicho aparato tiene una cobertura con cerradura de seguridad. h.- Otros equipos: No obstante lo dispuesto en este artículo, la Dirección Ejecutiva podrá autorizar otro tipo de equipos o materiales, siempre que mejore o no afecte la fiscalización y la integridad de las operaciones de juego. CAPITULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Artículo 3º.- De la revisión de la baraja : Antes de su utilización en una mesa de Póker Americano, el personal del explotador verificará que las baraja sea nueva, esté comple- ta y sin manchas, marcas u otras imperfecciones por ambos lados de las cartas. Si una baraja nueva que será empleada en la mesa de Póker Americano ha sido fabricada incluyendo comodines, el personal del explotador, después de romper el precinto de seguridad y abrir la caja donde se encuentran las cartas se asegurará que no serán utilizados en las partidas debiendo colocarlos en su correspondiente caja en dicho momento. El cambio de baraja se realizará cuando se encuentre alguna falla en las cartas o por no existir el número completo de cartas; asimismo, a solicitud de los participan- tes, del Inspector o del personal del explotador si existen motivos razonables. Artículo 4º.- De los procedimientos obligatorios cuando se emplean barajas nuevas : Cuando se em- pleen barajas nuevas, antes de empezar la distribución de las cartas a los participantes, el dealer deberá realizar los siguientes procedimientos en ese orden: a.- Mostrar las cartas: Colocar todas las cartas en la mesa de juego de tal forma que se exponga a los participan- tes las caras de todas las cartas. b.- Voltear las cartas: Colocar todas las cartas en la mesa de juego de tal forma que las caras estén ocultas. c.- Revolver las cartas: Entreverar las cartas en la mesa de juego, siempre manteniendo ocultas las caras de las cartas. d.- Barajar las cartas: Mezclar completa y aleatoriamen- te las cartas, en forma manual o mediante un dispositivo automático y después colocarlas agrupadas en la mesa con las caras ocultas hacia abajo al lado del cortador que se encuentra en el paño. e.- Cortar las cartas: Tomar un grupo de las cartas barajadas y colocarlas encima del cortador con las caras ocultas, luego el grupo de cartas restantes se coloca encima de las cartas anteriores también con las caras ocultas. Este procedimiento lo puede hacer el jugador o el dealer y sólo deberá realizarse con una mano. Luego de este procedimiento el dealer puede proceder a su reparto. Artículo 5º.- De los procedimientos obligatorios para el inicio de cada partida : Antes de empezar la distribución de las cartas a los jugadores, el dealer deberá realizar los siguientes procedimientos, en ese orden: a.- Barajar las cartas: Mezclar completa y aleatoriamen- te las cartas, en forma manual o mediante un dispositivo automático y después colocarlas agrupadas en la mesa con las caras ocultas hacia abajo al lado del cortador que se encuentra en el paño. b.- Cortar las cartas: Tomar un grupo de las cartas barajadas y colocarlas encima del cortador con las caras ocultas, luego el grupo de cartas restantes se coloca encima de las cartas anteriores también con las caras ocultas. Este procedimiento lo puede hacer el jugador o el dealer y sólo deberá realizarse con una mano. Luego de este procedimiento el dealer puede proceder a su reparto.