Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 18º.- De las reglas aplicables cuando un jugador actua como banquero en la partida: Para la participacion de un jugador como banquero son de aplicacion las siguientes reglas: a.- Un jugador nunca podra ser banquero en la primera partida que se realice con una baraja nueva. b.- A todos los jugadores se les ofrecera la posibilidad de ser banquero. El dealer solo podra ofrecer la posicion de banquero a un jugador en cada partida, si dicho jugador no acepta la posicion de banquero sera asumida por el dealer. El ofrecimiento se realiza siguiendo el movimiento de las agujas del reloj alrededor de la mesa. En la partida siguiente a la que un jugador asumio la posicion del banquero, obligatoriamente el dealer sera el banquero. c.- En ningun caso un jugador puede ser banquero en dos partidas consecutivas. d.- Si ningun jugador quiere ser banquero el dealer asumira esta posicion. e.- MORDAZA que a un jugador se le permita asumir la posicion de banquero, el dealer verificara que dicho jugador participo en la MORDAZA partida en la que el dealer actuo como banquero y que el jugador tiene suficientes fichas en la mesa para responder por el pago de los premios de las apuestas de los demas participantes. f.- Una vez que se ha determinado que un jugador actuara como banquero y despues que se han realizado los procedimientos indicados en el Articulo 8º del presente Reglamento, el dealer extraera fichas del fichero en una cantidad igual a la MORDAZA apuesta realizada por el jugador que participara como banquero. El banquero puede ordenar que el dealer apueste una cantidad menor o que no apueste. En cualquier caso, las fichas apostadas por el dealer seran colocadas al frente del fichero. g.- Si el dealer participa, una vez que ha ordenado sus manos, mostrara las cartas de las manos del banquero y las comparara con las suyas de acuerdo a lo establecido en los Articulos 14º y 16º del presente Reglamento. Si el dealer gana, sus cartas seran agrupadas con las caras hacia arriba a la derecha del fichero y colocara encima de estas la cantidad que aposto en dicha partida. Si el dealer empata, retornara la cantidad apostada al fichero. Si el dealer pierde, la cantidad apostada por el dealer sera movida al centro del pano. h.- Si el dealer participa y una vez que se ha determinado el resultado de la comparacion de sus manos con las del banquero, el dealer mostrara las manos de cada jugador y comparara la mano alta y mano baja de cada jugador con la mano alta y mano baja del banquero, indicando las manos que ganan, empatan o pierden. Las apuestas perdedoras seran inmediatamente recogidas y colocadas en el centro de la mesa. Despues que las cartas de todas las manos han sido mostradas, las apuestas ganadoras, incluyendo la del dealer, seran pagadas con las fichas localizadas en el centro de la mesa. Si esta cantidad queda agotada MORDAZA que todas las apuestas ganadoras han sido pagadas, el dealer recogera del banquero una cantidad de fichas igual a las restantes apuestas ganadoras y las colocara en el centro de la mesa. Las restantes apuestas ganadoras seran pagadas de la cantidad que esta en el centro de la mesa. Si despues de recoger todas las apuestas perdedoras y pagar todas las apuestas ganadoras quedaran fichas en el centro de la mesa, de dicha cantidad se detraera el cinco por ciento que se depositara en el fichero como comision para el explotador y el resto se entregara al banquero. i.- Inmediatamente despues que una apuesta ganadora del dealer es pagada, las fichas de premios como las de la apuesta original deberan ser retornadas al fichero. j.- MORDAZA de pagar a cada jugador que tiene una apuesta ganadora, el dealer debera restar del premio el cinco por ciento que le corresponde al explotador como comision. CAPITULO IV DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Articulo 19º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego: El personal de la sala de juego procurara corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no este de acuerdo con la decision del personal de la sala de juego podra solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Direccion Ejecutiva explicando los hechos y las razones que sustentan su reclamo. El dealer debera seguir los siguientes procedimientos cuando ocurran los siguientes errores en la conduccion del juego:

a.- Si al banquero le es repartido un numero incorrecto de cartas, se anulara la partida. b.- Si a cualquier jugador le es repartido un numero incorrecto de cartas, se anulara su mano. c.- Si el dealer no ordena sus manos de acuerdo con las "Reglas para el ordenamiento de las manos de Pai Gow Poker", el personal del casino que supervisa la partida debera recomponer las manos del dealer de acuerdo a dichas reglas. d.- Si el banquero no ordena sus manos correctamente, el dealer debera ordenar sus manos adecuadamente y para esto debera recomponer sus manos de acuerdo con las "Reglas para el ordenamiento de las manos de Pai Gow Poker". CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Articulo 20º.- De la informacion sobre las reglas del juego de Pai Gow Poker: En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento y las "Reglas para el ordenamiento de las manos de Pai Gow Poker". Asimismo, en cada mesa de juego donde se practique el Pai Gow Poker deberan estar a disposicion de los usuarios en forma gratuita cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego. Articulo 21º.- De la informacion sobre los limites de las apuestas: Los limites minimo y MORDAZA para las apuestas deberan exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se practique el Pai Gow Poker. Estos limites podran modificarse durante las horas de funcionamiento de la sala de juego, previa comunicacion a los jugadores que se encuentran en la mesa y despues de concluir dicha partida. 15858

Aprueban Reglamento del juego "Let it Ride"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 203-99-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 20 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153, se aprobo la Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas estableciendose en su Articulo 24º, que la Direccion Nacional de Turismo es la autoridad administrativa competente respecto de las actividades vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, asimismo, segun lo dispuesto en el Articulo 25º inciso b) de la mencionada Ley, corresponde a la Direccion Nacional de Turismo expedir directivas de cumplimiento obligatorio para la mejor aplicacion de la Ley y sus normas reglamentarias; Que, solo pueden explotarse en el MORDAZA aquellas modalidades de juego de casino que cuentan con autorizacion administrativa y su correspondiente registro; Que, el proposito de los reglamentos de los juegos es establecer estandares minimos uniformes para el desarrollo transparente e imparcial de los juegos de casino autorizados a operar de conformidad con la legislacion vigente; En uso de las atribuciones a que se refieren los Articulos 11º y 24º de la Ley Nº 27153; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 005-99-MITINCI/ VMT/DNT, "Reglamento del Juego Let it Ride", la cual consta de cinco (5) capitulos y dieciseis (16) articulos. Articulo 2º.- La explotacion del juego "Let it Ride" es permitida en el MORDAZA de conformidad con la presente Resolucion, registrandose ante la Direccion Nacional de Turismo con el siguiente codigo: JC0005. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo

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