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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (31/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

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Pág. 182346 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de diciembre de 1999 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON Disponen el saneamiento físico legal de diversos inmuebles ubicados en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-99-A/MDSR San Ramón, 3 de diciembre de 1999 VISTO: El Decreto Nº 018-90-99 que faculta a las Municipalida- des la Primera Inscripción de Dominio de los bienes inmue- bles que les pertenece, sin contar con los títulos probatorios de dominio; y, CONSIDERANDO: Que, es de interés de la Municipalidad Distrital de San Ramón, el Saneamiento y la inscripción registral de los bienes inmuebles de su propiedad; Que, mediante D.S. Nº 026-96-MPCH, de fecha 26-6-96 el Gobierno Central dispuso que sus Entidades, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, Empresas del Estado, Organismos Descentralizados Autónomos, Instituciones Públicas Descentralizadas y Sociedades de Beneficencia Pública, deberán dictar las medidas específicas para obte- ner el Saneamiento Físico Legal de los bienes inmuebles cuyo dominio no estuvieran inscritos en los Registros Públi- cos a nombre del Estado; Que, es necesario contar con un procedimiento simpli- ficado que permita acceder con celeridad a la titulación de los bienes inmuebles de propiedad Municipal; En uso de sus facultades conferidas por el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; se llegó al siguiente: ACUERDO: Primero.- Disponer el Saneamiento Físico Legal de los siguientes bienes inmuebles: Los Lotes 1, 2, 3, 5, y 6 de la Villa Municipal del distrito de San Ramón, conforme a la Memoria Descriptiva que aparece en el expediente correspondiente, de propiedad de la Municipalidad Distrital de San Ramón que, a la elaboración de la presente Resolución de Alcaldía no se encuentran inscritos en los Registros de Propiedad Inmueble, que tienen las siguientes características: LOTE Nº 1: Area : 465.00 m2 Linderos y medidas perimétricas: . POR EL FRENTE, con el pasaje Villa Municipal, 18.70 m.l. . POR EL FONDO, con el Lote Nº 07, propiedad de Telefónica del Perú, con 18.50 m.l. . POR LA DERECHA ENTRANDO, con el Lote Nº 2, con 25.00 m.l. . POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el pasaje Jerónimo Jiménez, con 25.00 m.l. Perímetro : 87.20 m.l. LOTE Nº 2: Area : 498.10 m2 Linderos y medidas perimétricas: . POR EL FRENTE, con el pasaje Villa Municipal, con 20.20 m.l. . POR EL FONDO, con parte del Lote Nº 7, propiedad de Telefónica del Perú, y parte del Lote Nº 6, con 19.65 m.l.. POR LA DERECHA ENTRANDO, con el Lote Nº 3, con 25.00 m.l. . POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el Lote Nº 1, con 25.00 m.l. Perímetro : 89.85 m.l. LOTE Nº 3: Area : 496.25 m2 Linderos y medidas perimétricas: . POR EL FRENTE, con el pasaje Villa Municipal, con 19.85 m.l. . POR EL FONDO, con parte de los Lotes Nºs. 5 y 6, con 19.85 m.l. . POR LA DERECHA ENTRANDO, con el Lote Nº 4, propiedad del Ministerio de Agricultura, con 25.00 m.l. . POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el Lote Nº 2, con 25.00 m.l. Perímetro : 89.70 m.l. LOTE Nº 5: Area : 441.30 m2 Linderos y medidas perimétricas: . POR EL FRENTE, con el Jr. Rodríguez, con 24.20 m.l. . POR EL FONDO, con el Lote Nº 4, propiedad del Ministerio de Agricultura y parte del Lote Nº 3, con 24.50 m.l. . POR LA DERECHA ENTRANDO, con el Lote Nº 6, con 18.00 m.l. . POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el Jr. Uriarte, con 18.25 m.l. Perímetro : 84.95 m.l. LOTE Nº 6: Area : 460.10 m2 Linderos y medidas perimétricas: . POR EL FRENTE, con el Jr. Rodríguez, con 25.85 m.l. . POR EL FONDO, con parte de los Lotes Nºs. 2 y 3, con 25.85 m.l. . POR LA DERECHA ENTRANDO, con el Lote Nº 7, propiedad de Telefónica del Perú, con 17.60 m.l. . POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, con el Lote Nº 5, con 18.00 m.l. Perímetro : 87.30 m.l. Segundo.- Establecer que la Municipalidad Distrital de San Ramón, a partir de la vigencia de la presente Resolución inscriba los bienes inmuebles de su propiedad en los Registros de la propiedad inmueble, sin otros requi- sitos que la presentación de la propia declaración jurada de autoavalúo, plano de ubicación, perímetro y la memoria descriptiva. Estos bienes tienen un fin público administra- tivo para la Municipalidad. Tercero.- Establecer que la Municipalidad Distrital de San Ramón, inscriba las Declaratorias de Fábrica, ampliacio- nes, rectificaciones o modificatorias de declaración de fábrica, ampliaciones, modificatorias o rectificaciones de declaratoria de los bienes inmuebles de su propiedad en los Registros Públicos, adquiridos bajo cualquier forma o modalidad. Cuarto.- Se ordena la anotación preventiva en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble y la publicación en el Diario Oficial El Peruano por 3 veces consecutivas, a fin de no mediar oposición de parte de terceros. Quinto.- Encargar a la Dirección Municipal, División de Obras y Desarrollo Urbano y Unidad de Asesoría Legal el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Comuníquese, cúmplase y archívese. VICTOR VILLACHICA GAMBINI Alcalde 16321