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Pág. 182331 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de diciembre de 1999 Declaran cumplidas obras de pavimen- tación de calzadas y aceras RESOLUCION Nº 119-99-MML-DMDU Lima, 12 de noviembre de 1999 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente Nº 600691-96, Documentos Sim- ples Nºs. 43032-96 y 11370-99 seguidos por ELMA PASTO- RINO DE VINCES y MARCIAL AVILA GUTIERREZ, por los que solicitan: a) Aclarar la Resolución Nº 116-96-MLM-DMDU de fecha 27-Jun.96 en el sentido de considerar como Area de Estacionamiento los 600.00 m2 que fueron incluidos como parte de las Vías Públicas, consignada en esta Resolución, con la cual se declaró cumplida la Ejecución de Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo del terreno de 9,372.00 m2 constituido por el Lote Nº 20 de la Lotización Huertos de San Antonio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; b) Recepción de las Obras de Pavimentación de calzadas y aceras que fueron consideradas de tipo Progresivo. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 116-96-MLM-DMDU de fecha 27-Jun-96, se resuelve considerar a Elma Pastorino de Vinces y Marcial Avila Gutiérrez, como nuevos propietarios en el proceso de Habilitación Urbana, del terreno de 9,372.00, m2 así mismo se declara cumplida la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana, de Tipo Progresivo, dejando diferi- da la ejecución de las Obras de Pavimentación de Calzadas y Aceras, Ornamentación y Sembrío de Parques, para ser llevadas a cabo por los futuros adquirentes de los lotes; Que, mediante Informe Legal Nº 750-97-MML-DMDU- UTL de fecha 19-Nov-97, se concluye por la procedencia de la aclaración de la Resolución Nº 116-96-MLM/DMDU de fecha 27-Jun-96; Que, por Acuerdo Nº 05 tomado por la Comisión Metro- politana de Habilitación Urbana, en Sesión Nº 07-99 del 26- Feb-99, se acordó que las Vías de acceso son de Uso Público conforme a la Resolución Nº 116-96-MLM/DMDU del 27- Jun-96, la cual declaró cumplida la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, por lo tanto no pueden ser inscritas como privadas; Que, por Acuerdo Nº 01 tomado por la Comisión Metro- politana de Habilitación Urbana en Sesión Nº 009-99 del 19-Mar-99 se acordó, Ampliar el Acuerdo Nº 05 tomada en Sesión 07-99 en el sentido de que en el área de vía pública a Recepcionar, se considere un área de Estacionamiento de 600.00 m2; Estando con el Informe Nº 152-99-MLM-DMDU-DHU- DCO de fecha 12 de julio de 1999 emitido por la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urba- nas; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30-Oct-97 y la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARESE, cumplidas por ELMA PASTORINO DE VINCES y MARCIAL AVILA GUTIERREZ, las Obras de Pavimentación de Calzadas y Aceras, dejándose diferida las Obras de Ornamentación de Parques para ser ejecutada por los futuros adquirentes de los Lotes en un plazo máximo de diez (10) años. Artículo Segundo.- CONSIDERAR, para Uso de Esta- cionamiento 600.00 m2, el mismo que forma parte de los 2,266.72 m2 destinados para Vías Públicas según Resolu- ción Nº 116-96-MLM-DMDU, quedando ésta reducida a 1,666.72 m2, correspondiente a la Habilitación Urbana del terreno de 9,372.00 m2 constituido por el Lote Nº 20 de la Lotización "Huertos de San Antonio", ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, deconformidad con el Plano signado con el Nº 095-99-MML- DMDU-DHU. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la notificación de la presente Resolución, el cual estará a cargo de los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su Inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distri- tal de Santiago de Surco y a la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT), para su conoci- miento y fines. Regístrese, y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 15332 ANEXO - ORDENANZA Nº 241 Por Oficio Nº 2038-99-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique nuevamente el "Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transportes Públicos en Vehículos Menores", aprobado mediante Ordenanza Nº 241, y publicado en nuestra edición del día 25 de diciembre de 1999, en la página 181943. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTES PUBLICO EN VEHICULOS MENORES INFRACCION DE LA PERSONA JURIDICA CODIGO INFRACCION MULTAS (%UIT) VMP-1 Permitir a los conductores trabajar sin estar registrados y autorizados por la autoridad 0.50% VMP-2 Transferir la Resolución de Autorización. 0.60% VMP-3 Incorporar unidades sin autorización Municipal. 0.90% VMP-4 Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el Artículo 8º de la Ordenanza. 0.90% VMP-5 Tomar posesión de paraderos no autorizados. 0.60% VMP-6 No controlar la utilización correcta de la autorización para prestar el servicio. 0.90% VMP-7 No realizar el curso de Seguridad Vial. 2.5% VMP-8 Prestar el Servicio sin la autorización correspondiente 2.5% INFRACCION DEL CONDUCTOR CODIGO INFRACCION MULTAS (%UIT) VMC-1 Transferir la credencial de conductor. 0.60% VMC-2 Prestar el Servicio sin contar con el permiso Municipal correspondiente 0.60% VMC-3 Prestar el Servicio bajos los efectos del alcohol, drogas o sustancias tóxicas 2.4% VMC-4 Llevar más de tres (3) pasajeros 0.90% VMC-5 Incurrir en maltrato físico y/o verbal al pasajero 1.20% VMC-6 Realizar el servicio en vías de alta velocidad, en las aceras, o en avenidas no autorizadas. 1.20% VMC-7 Adelantar vehículos entablando compe tencia o reto de velocidad. 0.60% VMC-8 Detenerse en paraderos no autorizados. 0.90% VMC-9 Abandonar el vehículo con pasajeros. 1.20% VMC-10 Prestar el servicio en mal estado de conservación del vehículo. 0.90% VMC-11 Negarse a recoger a escolares, ancianos o discapacitados cuando lo soliciten. 0.90% VMC-12 Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal. 0.90% VMC-13 Abastecer de combustible el vehículo encontrándose con pasajeros. 2.45% VMC-14 Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad física. 0.90% VMC-15 No portar la credencial de conductor correspondiente. 0.25%