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Pág. 182345 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de diciembre de 1999 Aprueban ordenanza que regula la crea- ción de Juntas Directivas Centrales Transitorias en asentamientos huma- nos no reconocidos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000022 Callao, 17 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 17 de diciembre de 1999; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA CREACION DE JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES TRANSITORIAS EN LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS NO RECONOCIDOS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Las Juntas Directivas Centrales Transitorias constituyen las organizaciones de base legal- mente reconocidas por la Municipalidad Provincial del Callao como legítimos representantes de cada uno de los asentamientos humanos marginales no reconocidos, ubica- dos en la jurisdicción. Artículo Segundo.- Son funciones de la Junta Direc- tiva Central Transitoria promover las acciones de apoyo social, técnico y de servicios que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de los moradores y las funciones esta- blecidas en la Ordenanza Municipal Nº 0003-98, con las limitaciones dispuestas en la presente Ordenanza y aque- llas propias del carácter informal del asentamiento huma- no, las que deberán considerarse previamente a la atención de pedidos y solicitudes que se tramiten, principalmente las que conlleven a sus consolidación. Artículo Tercero.- Las Juntas Directivas Centrales Transitorias serán elegidas por voto secreto de los morado- res del asentamiento humano, a razón de un voto por lote y conforme a las demás disposiciones de la Ordenanza Muni- cipal Nº 0003-98 que regula la elección de las Juntas Directivas Centrales. El padrón de votantes, así como el Comité Electoral y la Junta Directiva electa, serán recono- cidos mediante Resolución Directoral, expedida por la Di- rección General de Asentamientos Humanos de la Municipa- lidad Provincial del Callao. Artículo Cuarto.- La Junta Directiva Central Tran- sitoria tendrá vigencia de un año, debiendo convocarse a elecciones treinta días antes de la culminación de su período. Artículo Qu into.- Mediante el reconocimiento de la Junta Directiva Transitoria, queda acreditada su represen- tación ante la Municipalidad Provincial, Municipalidades Distritales y entidades públicas y privadas que así lo requieran. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Obtenido el reconocimiento legal del asen- tamiento humano ante la entidad competente, la Junta Directiva Central Transitoria se adecuará auto- máticamente a la Ordenanza Municipal Nº 0003-98, tanto en el ejercicio de sus funciones, como en el período de vigencia de la misma. Segunda.- No es aplicable a los asentamientos huma- nos no reconocidos, la acreditación y/o reconocimiento de Comités de Obras y Servicios. Dichas gestiones estarán a cargo de la propia Junta Directiva Transitoria, resultando válida su representación para obras y suministros exclusi- vamente provisionales.Tercera.- Se aplicarán supletoriamente las disposi- ciones de la Ordenanza Nº 0003-98, ante cualquier vacío legal que presentara la Ordenanza que se aprueba. Cuarta.- Podrán solicitar el reconocimiento de Juntas Directivas Transitorias, únicamente aquellos asentamien- tos humanos que hayan solicitado su reconocimiento a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia diez días calendario posteriores a su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 16221 Aprueban dictamen referido a permi- sos de operación otorgados a diver- sas empresas de transporte ACUERDO Nº 000088 Callao, 28 de diciembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CA- LLAO, Visto en Sesión celebrada el 28 de diciembre de 1999, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidad y Reglamento Interior aprobado por Edicto Nº 01-96-MPC; ACUERDA: 1. Aprobar con las modificaciones introducidas en el curso del debate, el Dictamen Nº 006-99-MPC-CT, de la Comisión de Transporte, recaído en el Oficio Nº 1020-99- MPC-DGTU-DG, de la Dirección General de Transporte Urbano por el que solicita se le autorice por Acuerdo de Concejo a ampliar los permisos de operación comercial otorgadas a las Empresas de Transporte detalladas en la Resolución Directoral Nº 4280-99-MPC-DGTU que cubren las rutas urbanas e interurbanas, rectificada mediante Resolución Directoral Nº 5055-99-MPC-DGTU de fecha 17.12.99. 2. Autorizar a la Dirección General de Transporte Urba- no a otorgar autorización excepcional y ampliar hasta el 31 de diciembre del año 2000 los permisos de operación comer- cial otorgadas a las Empresas de Transporte detalladas en la Resolución Directoral Nº 5055-99-MPC/DGTU, de fecha 17.12.99 que cubren las rutas urbanas e interurbanas, que hayan cumplido con el reempadronamiento dispuesto me- diante Resolución Directoral Nº 3847-99-MPC-DGTU de fechas 29.10.99, publicada en el Diario El Callao con fecha 6.11.99. 3. Facultar a la Dirección General de Transporte Urba- no a dictar los procedimientos y disposiciones complemen- tarias necesarias, para el cumplimiento de todo lo antes citado. 4. Facultar a la Comisión de Transporte para que en el plazo de 60 días realice su función fiscalizadora, a fin de revisar los expedientes que a la fecha hayan sido presen- tados ante la Dirección General de Transporte Urbano, y de todos aquellos que no hayan sido atendidos. 5. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de aproba- ción del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 16323