Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 1999 (01/01/1999)


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MORDAZA, viernes 1 de enero de 1999

y los medios de transmision de datos instalados en las Unidades Ejecutoras por el Ministerio de Economia y Finanzas desde el primer trimestre de 1998 y para cuyo funcionamiento el MEF ha hecho oportuna entrega de los manuales e instructivos del caso, asi como reuniones de difusion y entrenamiento llevados a cabo a nivel nacional. Por otro lado, es importante remarcar que a traves de la Resolucion Viceministerial N" 029-9%EF/ll se ha establecido la obligatoriedad para la utilizacion del SIAF SP en el registro, debidamente sustentado, de los datos relacionados con la ejecucion de ingresos y gastos que se lleva a cabo en las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico, senalandose asimismo la competencia y responsabilidad en los niveles institucionales, al precisarse que la misma recae en el Director General de Administracion de la Unidad Ejecutora o funcionario que haga sus veces. En consecuencia, es conveniente que a traves de la MORDAZA autoridad administrativa de los Pliegos y, en lo pertinente de las Unidades Ejecutoras, se establezcan las condiciones y facilidades que permitan asegurar el mayor nivel de comunicacion y coordinacion entre las diversas instancias administrativas que al interior de sus respectivas estructuras organizativas tienen una participacion directa e indirecta en las diferentes etapas del MORDAZA de la ejecucion presupuesta1 y financiera, a fin de garantizar la eficiencia y oportunidad en el otorgamiento y utilizacion de los fondos publicos en general y. en particular, de aquellos que autoriza la Direccion General del Tesoro Publico. 1. Objetivos Establecer las condiciones y plazos en que debera procederse al cierre de las operaciones de tesoreria relacionadas con la ejecucion financiera realizada durante el Ano Fiscal 1998, en especial en lo que concierne a los recursos autorizados por la Direccion General del Tesoro Publico, asi como senalar las normas y procedimientos para la ejecucion financiera y operaciones de tesoreria correspondientes al Ano 1999. Asimismo, forma parte de los objetivos de la presente Directiva, continuar con el desarrollo de la estrategia de modernizacion de la Administracion Financiera Gubernamental que se viene aplicando a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que, en tal sentido, concordante con lo dispuesto mediante la Resolucion Vice Ministerial N" 029-98-EF/ll, a partir del Ano Fiscal 1999, la Direccion General del Tesoro Publico MORDAZA uso del SIAF SP para la obtencion de la informacion relacionada con sus operaciones asi como para la transmision de las Autorizaciones de Giro y de Pago en sustitucion a los formatos que se vienen utilizando con dicha finalidad hasta la fecha. II. Base Legal 2.1 Decreto Ley N" 19350 que establecio el Procedimiento de Pagos y modificatorios; 2.2 Ley N" 26703 y su modificatoria la Ley N" 26884, de Gestion Presupuestaria del Estado; 2.3 Ley N" 27013, de Presupuesto del Sector Publico para 1999; 2.4 Decreto Supremo N" 347-90-EF; 2.5 Resolucion de Contraloria N" 072-98-CG, Normas de Control Interno para el Sector Publico; 2.6 Resolucion Viceministerial N ' 029-98-EF/ll III. Alcance Estan comprendidos y obligados al cumplimiento de la presente Directiva las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico definidas por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico para el Ejercicio 1999, asi como los Gobiernos Locales en lo concerniente al cumplimiento de lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 21" de la Directiva para la Ejecucion y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales Ano 1999. EJECUCION FINANCIERA Y OPERACIONES DE COBBESPONDIENTES AL ANO 1998 Emision de Autorizaciones de Giro al 31 de diciembre de 1998 Articulo lo.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira Autorizaciones de Giro y de Pago con cargo al Ejercicio Presupuesta1 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998. Giro de cheques con cargo a subcuentas bancarias de gasto ylo cuentas corrientes de "Encargos" correspondientes a 1999 Articulo 2".- El MORDAZA de giro de cheques con cargo a las subcuentaa bancarias de gasto y las cuentas corrientes de "Encargo" autorizadas por la Direccion General del Tesoro Publico para el Ejercicio 1998 culmina el 31 de diciembre de 1998. Los cheques girados en el mes de diciembre, con cargo a las referidas cuentas, seran efectivizados por el Banco de la Nacion solo hasta el 31 de enero de 1999; los mencionados giros deben realizarse con sujecion a lo establecido en la Resolucion Directoral N" 058-91-EF177.15 y sus modificatorias. Cierre de subcuentas bancarias de gasto y cuentas corrientes de "Encargos" Articulo 3".- A partir del 1 de febrero de 1999 dejaran de operar las subcuentas y cuentas corrientes indicadas en el articulo precedente por lo que, a partir de esta fecha, el Banco de la Nacion procedera a efectuar, segun sea el caso: a. El extomo del monto no utilizado al 31.1.99 de las Autorizaciones de Pago emitidas a favor de las subcuentas bancarias de gasto autorizadas por la Direccion General del Tesoro Publico durante el Ano Fiscal 1998. b. La transferencia de los saldos acreedores de las cuentas corrientes abiertas para el manejo de fondos porEncargo a favor de la Cuenta Principal del Tesoro Publico N" 000-257788 y Cuenta Convenio PL-480, Titulo III, N" 000-257796, segun sea el caso. c. Asimismo, se procedera a transferir los saldos acreedores de las cuentas corrientes abiertas para el manejo de Encargos con fondos de la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias autorizadas a traves de la Direccion General del Tesoro Publico, a favor de la cuenta corriente N" 0000-259861- Direccion General del Tesoro Publico Convenio Comision Europea (PASA)

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