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Multan a empresas omisas a la presentación de la Estadística Pesque- ra Mensual 1998 RESOLUCION SUBJEFATURAL N° 029-98-INEI/SJE Lima, Visto, el Oficio N° 1233-98-PE/OGEP de la Oficina General de Economía Pesquera del Ministeri o de Pesque- ría, dando cuenta de las empresas que no han cumplidocon presentar los formularios debidamente absueltos de la “Estadística Pesquera Mensual 1998” correspondientes al mes de noviembre de 1998;1 PARACHIQUE CONSIDERANDO: Que, conformealDecretoLegislat~voN”604,elInstituto Nacional de Estadística e Informática, es el organismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coor-dinar y supervisar las actividades de estadística e informá- tica oficiales del país; Que, por Resolución Jefatura1 N” %38-98-INEI, de fecha 24 de agosto de 1998, se autorizó la ejecución de la Estadís- tica Pesquera Mensual 1998, dirigida a las empresas pes- queras industriales a nivel nacional, dedicadas a l a elabo- ración de productos con recursos hidrobiológicos, así como a aquellas dedicadas a la Acuicultura; Que, elDecreto SupremoN”018-Sl-PCM, ensus Artícu- los 92”y 94”establece que las personas naturales ojurídicas que se negaren a suministrar información, la dieren fal- seando la verdad maliciosamente o dilatasen injustificada- mente los términos señalados se harán acreedores a las multas establecidas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar; Que, no obstante haberse vencido ampliamente los plazos establecidos para la presentación de los formulariosde la mencionada encuesta, existen empresas que no hancumplido con presentar la información requerida, corres- pondiente al mes de noviembre 1998; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 96” del Decreto Supremo N” 01891-PCM, Reglamento de Organi- zación y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informatica; SE RESUELVE: Artículo l”.- Multar, a las empresas, que de acuerdo ala información remitida por el Ministerio de Pesquería, se en- cuentran omisas ala presentación de la “Estadística Pesquera Mensual 1998” correspondientes al mes de noviembre, cuya relación forma parte de la presente resolución. Artículo 2”.- El monto de la multa será equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente ala fecha de cancelación, la cual será abonada por los concesio- narios infractores al Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N” 0000-180270 Ingresos Propios - INEI, dentro de los tres (3) días hábiles posteriores ala fecha de publica- ción de la presente resolución. Artículo 3”.- Elpa empresas sancionadas 2o de la multa no exime a las e la obligación de presentar el formulario debidamente diligenciado de la “Estadística Pesquera Mensual 1998 ,en la Oficina de Economía Pesquera del Ministerio de Pesquería, ubicada en calleUno N” 60, 6’ piso Urb. Corpac - San Isidro, y para provincias en las Oficinas desconcentradas, adjuntando coia del documento de cancelacion a efecto de evitar la co1ranza coactiva. Registrese y comuníquese. RENAN QUISPE LLANOS Subjefe de EstadísticaI / I I , I 1 RELACION DE ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES QUE NO HAN PRESENTADO INFORMACION ESTADISTICA MENSUAL A LA OFICINA GENERAL DE ECONOMIA PESQUERA: 1998 ESTABLECIMIENTOS MES PENDIENTE TUMBES AQIJATUMBES S A. (Congelado) REFRIGERADOS YNY S A (Congelado]NOVIEMBRENOVIEMBREPAITAINVERSIONES ALESSANDRA S A. (Congelado)MAR Y PESCA S.A (Congelado)PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO S.A. (Harina)INDUSTRIAL PESQUERA YACILA S.A. (Enlatado) CHIMBOTE PESCA PERU CHIMBQTE NORTE S.A (Harina) FABRICA DE CONSERVAS NADIA DENISSE S.A. (Enlatado) FABRICA DE PROTEINAS DEL PACIFICO S.A. (Enlatado)GERENCIA Y REPRESENTACIONES PESQUERAS S A &nlatadn\-... 1-. -.---I CONSERVERA EL PILAR S.A. (Enlatado)PESCA CONSERVAS Y DERIVADOS S.A (Enlatado)PESQUERA FLORES S.A. (Enlatado) CHANCAY PESQUERA NEMES6 S.A. (Haina) CALLAOCOMPLEJO INDUSTRIAL PESQUEROSACRAMENTO S A. (Hanna)NOVIEMBRENOVIEMBRE NOVIEMBRE NOVIEMBRENOVIEMBRENOVIEMBRE NOVIEMBRE NOVIEMBRE NOVIEMBRENOVIEMBRENOVIEMBRE NOVIEMBRE ELABORACION: MIPE - Oficina General de Economia Pesquera - Area de Estadística FECHA: 11.12.98 15400 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Instauran proceso administrativo disci- plinario a servidores del Instituto De- partamental de Cultura de Cajamarca RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL N° 488/INC Lima, 28 de diciembre de 1998Visto, el Informe N” 008-98-INC/CEPAD de fecha 28 de noviembre de 1998, mediante el cual la Comisión de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del INC, recomienda abrir Proceso Administrativo Disciplinario contra don AL- VARO PUGA CAPELLI, Director (e) del Instituto Depar- tamental de Cultura de Cajamarca, y don PEDRO SALDA- NA VILLANUEVA, ex Administrador del Instituto Depar-tamental de Cultura de Cajamarca (IDC - Cajamarca); CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoría Interna del INC, con Informe N” 07-98INC/OGCI, de fecha 24 de octubre de 1998, ha recomendado que se aperture Proceso Administra- tivo Disciplinario, contra don ALVARO PUGA CAPELLI, Director (el del IDC - Cajamarca, doña ROSA MIRANDA ARELLANO, ex Gerente Administrativa del INC; don LUIS BOHORQUEZ SOTO, qx Subgerente de Personal del INC; y don PEDRO SALDANA VILLANUEVA, ex Administra- dor del IDC - Cajamarca; Que, del estudio, evaluación y calificación de los docu- mentos que obran en el referido Informe de Auditoria, se evidencia, que: la ex Gerente Administrativa del INC doña ROSA MIRANDA ARELLANO, ha justificado sus actos administrativos según documentos que obran en el Expe- diente de igual manera el ex Subgerente de Personal donLUIS BOHORQUEZ SOTO, quien ejerció el cargo hasta el31 de mayo de 1995, es decir, hasta antes de la Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Nominal <CAPI del INC, que se efectuó mediante R.D.N. W 233 de fecha 14 de julio de 1995; Que, asimismo, los servidores que a continuación se mencionan, no han cumplido con las funciones propias de su cargo, así tenemos que: