Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 1999 (01/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

APORTES - Educacion R.N.C. Proyecto Deficit - Recreacion Publica : R.N.C. Proyecto Deficit - otros usos (Local Comunal) R.N.C. Proyecto Deficit - SERPAR R.N.C. Proyecto Deficit 1,207.37 m2 1,210.07 m2 0.00 m2 7,429.42 M2 8,140.02 m2 0.00 m2

242.72 m2 257.80 m2 0.00 m2 60.68 m2 0.00 m2 60.68 m2

nes y licencias de construccion a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Articulo Septimo.- Inscribase en forma definitiva a favor de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, las areas de aporte reglamentario al uso de vivienda para recreacion publica de 8,140.02 m2, conforme aparece en el plano materia de aprobacion de esta resolucion. Articulo Octavo.- Inscr~%ase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educacion las areas de aporte para educacion de 1210.07 m2, sobre el area destinada a vivienda. Articulo Noveno.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la que estara a cargo de los interesados. Articulo Decimo.- Transcribase la presente resolucion a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA KANASHIRO YWAMOTO MORDAZA 15495

Articulo Tercero.- Las caracteristicas de las obras son las siguientes: CALZADAS Las calzadas podran ser del MORDAZA rigido o del MORDAZA flexible. Las dimensiones y caracteristicas de los componentes de las calzadas, seran las que resulten del diseno estructural, que debera ser aprobado por la Comision Tecnica de Habilitacion MORDAZA, tomando en cuenta la carga por efecto del MORDAZA vehicular a soportar en su MORDAZA util y el MORDAZA del terreno de fundacion. En caso de pavimentos flexibles, se considerara un sardinel sumergido de concreto con f c = 210 k./cm2, en el borde de la pista expuesta. En cada etapa de la construccion se debera efectuar los controles de calidad de conformidad a las normas tecnicas existentes. VEREDA Seran de concreto con resistencia a la compresion f' c = 140 k./cm2, de 0.10 m, de espesor y sera colocada sobre una base de material seleccionado con ancho minimo de 0.10 m. debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relacion a la calzada sera de 0.15 m. y su acabado debe ser con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor, brunado a cada 1.0 m., con juntas de 3/4" cada 5.00 m.1. En los extremos expuestos y/o en contacto con las calzadas, se construiran simultaneamente a las veredas, los sardineles de veredas de 0.15 x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES Seran de concreto con f ' c = 140 k./cm2, debiendo ajustarse a lo establecido por el Reglamento Nacional de Construcciones. OBRAS SANITARIAS Seran ejecutadas de conformidad con el proyecto de Agua Potable y Alcantarillado que deben ser aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compania, la fecha de inicio y termino de las obras. ELECTRICIDAD Los interesados deberan solicitara EDELNOR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. INSTALACIONES TELEFONICAS Para las instalaciones telefonicas, la parte interesada debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para La instalacion de duetos y camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Cuarto.- Exonerese del pago por concepto de deficit de aportes reglamentarios, en merito a lo dispuesto en el numeral II XIV-7.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Quinto.- Autoricese la inscripcion individualizada de los lotes que conforman la presente habilitacion, de conformidad con la memoria descriptiva y plano que, debidamente sellados y firmados, forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Sexto.- Considerese la presente habilitacion con construccion simultanea. Los propietarios de los lotes deberan solicitar previamente las respectivas autorizacio-

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Fijan escala de multas por incumplimiento del Edicto N° 003-94/CDL
ORDENANZA N" 008-98/CDL EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA, en Sesion Extraordinaria de fecha 19 de octubre de 1998 aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijase el monto de la Escala de Multas equivalentes en UIT, para sancionar el incumplimiento a lo establecido en el Articulo 9° del Edicto N° 00394/CDL:
ESCALA DE MULTAS PORCENTAJE DE UIT

a).- No presentar la Declaracion Jurada o presentarla fuera de los plazos fijados b).- Presentar la Declaracion Jurada en forma incompleta o con datos inexactos que no afecten la materia tributaria c).- Presentar la Declaracion Jurada en forma incompleta o con datos inexactos que si afecten la materia tributaria

2.0%

1 .0%

0.5%

Articulo Segundo.- El importe de las multas se calcu-. MORDAZA sobre el valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero del ano al que corresponda la infraccion. POR TANTO: De conformidad con el Articulo 47" de la Ley N° 23853, Organica de Municipalidades, lo promulgo en Lurigancho Chosica a los treinta dias del mes de noviembre de mil novecientos noventiocho. El acta de la sesion de fecha 19.10.98 fue aprobada en 1 Sesion Extraordinaria del 30. 1 .98. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14103

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