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Pág. 169074 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de enero de 1999 Castillo, ex Jefes de COOPOP; Walter Vargas Machuca, ex Director Ejecutor del PAIT; Fernando Marcos Dávila Loay- za, Omar Vargas Murga, ex Directores Técnicos - Subjefes de COOPOP y PAIT; Jorge Ramírez Arbildo, Enrique Becerra Meza, Fátima Elizabeth Silva Baca, ex Directores Generales de Administración; Exatec Agurto Espinoza, Roberto Reyes Vicente, Conrado Vergara Neyra, ex Directores de Presu- puesto y Contabilidad; Arturo Igreda Coz, ex Director Gene- ral de Planificación; Joel Canales Ramírez, ex Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del PAIT; Máximo Alarcón Espino, Víctor Cáceres Ascencio, Jorge Mayhuasca Guerra, Luis Santillán Villacorta, Juan Vera Caro, ex Direc- tores de Personal de COOPOP y PAIT; Wilton Avalos Hen- ríquez, José Salazar Silva, ex Tesoreros de COOPOP y Víctor García Reyes, ex Tesorero del PAIT; por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Conceder a los mencionados procesados el derecho a presentar ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, los descar- gos de ley y las pruebas que estimen convenientes para su mejor defensa, dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la referida comisión, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1065 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra presuntos responsa- bles de usurpación de terreno de pro- piedad del INABIF RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-99-PROMUDEH Lima, 20 de enero de 1999 Vistos el Oficio Nº 2693-98/INABIF-P de fecha 2 de diciembre de 1998, del Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Público Descen- tralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones contenidas en el Informe Nº 0158-98/SBN-DET, de la Dirección de Expropia- ciones y Tasaciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales, se ha evidenciado presunta responsabilidad civil por parte de terceras personas que han usurpado un terreno de propiedad del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, ubicado en el departamento de Huánuco; Que de los hechos descritos en el informe referido, se ha constatado la usurpación por parte de terceras personas de un terreno propiedad del INABIF signado con el lote 10-C del sector de la Muyuna Chica que cuenta con una extensión de 6,675.64 metros cuadrados, ubicado en el distrito de Rupa Rupa, ciudad de Tingo María, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, evidenciándose indicios razona- bles de la comisión de actos que constituyen una violación al derecho de propiedad consagrado en el Artículo 2º inciso 16) de la Constitución Política del Perú, resultando necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, a iniciar las acciones judiciales tendien- tes a la restitución del bien a fin de garantizar su perma- nencia en el dominio del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, iniciee impulse las acciones judiciales que correspondan contra los presuntos responsables de la usurpación del terreno de propiedad del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, ubicado en el lote 10-C del sector de la Muyuna Chica, ciudad de Tingo María, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1066 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra servidores de la Uni- dad Operativa PRONAA - Huancayo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 018-99-PROMUDEH Lima, 20 de enero de 1999 Vistos el Oficio Nº 387-98-PRONAA/P de fecha 6 de agosto de 1998, del Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 04-98-EE-PRONAA/GAI "Exa- men Especial a la Unidad Operativa Huancayo, período 1996 - 1997", del Organo de Auditoría Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, se ha deter- minado presunta responsabilidad penal por parte de servido- res de la referida Unidad Operativa al haber adulterado Comprobantes de Pago en sus rendiciones de cuenta; Que de los hechos descritos en la acción de control referida, se evidencian indicios razonables de la comisión de ilícitos penales por parte de servidores de la Unidad Operativa PRONAA - Huancayo, al haber presentado como sustento de la rendición de cuenta de los viáticos que le fueran otorgados por comisión de servicios, comproban- tes de pago adulterados con un cobro demás ascendente a la suma de S/. 99.30; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del sistema están considera- dos como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, a iniciar las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los presuntos responsables establecidos en el Informe Nº 04-98-EE-PRO- NAA/GAI, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1067