Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 1999 (10/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 1999

La condicion de contribuyente se configura el primer dia de cada trimestre al que corresponde la obligacion tributaria. Cuando se efectue cualquier transferencia, la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario nacera el primer dia del trimestre siguiente al que se adquirio la condicion de propietario." "Articulo Tercero.- La obligacion de pago del Arbitrio de Serenazgo se produce hasta el ultimo dia habil del vencimiento del trimestre, esto es, en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre. El contribuyente gozara de un descuento del 10% del monto total del Arbitrio en el ejercicio fiscal, cuando abone todas las obligaciones de dicho Arbitrio respecto de dicho ejercicio hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, y de un descuento de 5%, cuando abone dichas obligaciones hasta el ultimo dia habil del mes de marzo. El monto del Arbitrio no pagado en los plazos senalados en la presente MORDAZA, devengara el interes moratorio que dispone el Codigo Tributario". Articulo Segundo.- Modifiquese la introduccion del Articulo 5º del Edicto Nº 001-96-AL/SM, modificado por la Ordenanza Nº 003-96, en los terminos siguientes: "Articulo Quinto.- Los montos mensuales a pagarse se calcularan de acuerdo a la siguiente escala:" Articulo Tercero.- Modifiquese el rubro a) del Articulo 5º del Edicto Nº 001-96-AL/SM modificado por la Ordenanza Nº 003-96, con el tenor siguiente: "a) MORDAZA Habitacion, Predios destinados a Uso Asistencial, Gratuito, Comunal, Terrenos sin construir o en procesos de construccion (no ocupados)." DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA.- En virtud a lo dispuesto en el Articulo 69B del Decreto Legislativo Nº 776, agregado por la Ley Nº 26725, el Arbitrio de Serenazgo aplicable al Ejercicio Fiscal 1999 tendra un reajuste de 5%, por razon del Indice Acumulado de Precios al Consumidor del ano 1998, que asciende a 6.01% conforme a la Resolucion Jefatural Nº 353-98-INEI publicada el 1 de enero de 1999 en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1687

basico para la racionalizacion de procedimientos, con el fin de lograr una optima organizacion; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA aprobatorio de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de Comisiones y aprobacion del Acta, aprobo el siguiente: EDICTO: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que consta de V Titulos, 41 Articulos, cuatro disposiciones complementarias y transitorias y dos disposiciones finales, el mismo que forma parte integrante del presente Edicto. Articulo Segundo.- Deroguese y/o dejese sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 030-96-AL/SM, el Decreto de Alcaldia Nº 032-97 y la Primera y MORDAZA Disposicion Final del Decreto de Alcaldia Nº 010-98, las disposiciones sobre esta materia y todas aquellas que se opongan a la presente disposicion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1684

Autorizan emision mecanizada del autoavaluo y recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Licencia de Funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-99 San MORDAZA, 29 de enero de 1999 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, en merito a dicha disposicion, el Concejo de San MORDAZA ha delegado en la Alcaldia la determinacion de dichos montos para la emision de recibos de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo, conforme a lo dispuesto en el Articulo 17º del Edicto Nº 02-94 modificado por la Ordenanza Nº 02-96, asi como el Articulo 11º del Edicto Nº 01-96 agregado por la Ordenanza Nº 03-96; Por lo expuesto, estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Autoricese la emision mecanizada del Autoavaluo y los recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo y Tasa - Licencia de Funcionamiento para el Ejercicio Fiscal 1999. Articulo Segundo.- Fijese el costo unico de la emision de los recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa - Licencia de Funcionamiento, asi como las correspondientes declaraciones juradas de autoavaluo mecanizadas, incluyendo su distribucion, para el ano 1999 en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 nuevos soles) y en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 nuevos soles) por cada predio adicional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1682

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
EDICTO Nº 02-98 San MORDAZA, 30 de diciembre de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA, en sesion extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son competentes para acordar su regimen de organizacion interior, conforme lo establece el Articulo 10º, inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades, siendo de competencia del Concejo Municipal aprobar la misma, mediante Edicto, conforme a los Articulos 36º inciso 1), 109º y 110º de la MORDAZA aludida; Que, en ese sentido, mediante Edicto Nº 01-98 se aprobo el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo de San MORDAZA el cual establece en su Articulo 04 inciso a), que corresponde al Concejo aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, dicho documento constituye un instrumento de gestion administrativa que formaliza la estructura de organizacion y funciones para orientar el esfuerzo municipal hacia el bienestar comunal, delimitando responsabilidades, evitando duplicidad de acciones para lograr una mayor eficacia y eficiencia, y sirviendo como instrumento

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