Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 1999 (10/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 1999

La Resolucion Administrativa numero ochocientos cincuenticinco guion CME-PJ de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de vista, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial dispone que el suscrito integre la comision a reunirse con la del Ministerio Publico sobre coordinaciones para el funcionamiento de los Modulos de Justicia Basica a que se contrae la Resolucion Administrativa numero setentidos guion noventinueveMP-CEMP, que a dedicacion exclusiva se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del cuatro al diez de los corrientes, concediendose la licencia correspondiente; Por lo que es necesario designar a un Vocal Superior para que se haga cargo de la Presidencia de este Distrito Judicial, estando a las facultades otorgadas por el Articulo dos de la Resolucion Administrativa numero setenticuatro guion noventiseis-CME-PJ, concordante con el Articulo tres de la Ley numero veintisiete mil nueve; Que el senor doctor MORDAZA Montanez MORDAZA, Vocal Superior Titular, Presidente de la Sala Civil y miembro de la CODICOR (Comision Distrital de Coordinacion de la Reforma) es quien permanentemente sucede en el cargo al suscrito, cuando por razones de servicio el Organo de Gobierno le otorga licencia, manteniendo la politica jurisdiccional desarrollada por este despacho, ya sea en esta encargatura, en su actividad judicial y en cualquiera de las multiples comisiones que se le asignan adicionales a su funcion jurisdiccional y que cumple con exito estando a las necesidades que hay para brindar un mejor servicio de justicia, por lo que continua siendo el magistrado idoneo para tal cargo; Estando a lo expuesto, esta Presidencia; RESUELVE: Primero.- ENCARGAR al senor Vocal Titular, doctor MORDAZA MONTANEZ MORDAZA, el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA durante el periodo comprendido entre el cuatro y el diez de febrero, encargo que debera cumplir a dedicacion exclusiva. Segundo.- REMITASE MORDAZA de la presente resolucion a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, a la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia General, a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de esa Corte, a la Oficina Distrital de Administracion, asi como a los interesados. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 1848

doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 88º y 96º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, por la comunicacion de vista se solicita el cambio de denominacion del Movimiento Independiente MORDAZA Posible, por el de Partido Peru Posible; y, se designa como personero legal titular al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como personero legal alterno al doctor MORDAZA MORDAZA Toro; Que, el cambio de denominacion solicitado, no lesiona ningun derecho de los partidos politicos, agrupaciones independientes o alianzas inscritas con anterioridad en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones proceder a la inscripcion definitiva de la referida organizacion, al no haberse formulado tacha transcurrido el periodo senalado por ley; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 2) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, por el literal e) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, Nº 26486, y por el inciso b) del Articulo 3º de la Ley Nº 26533; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar procedente el pedido de cambio de denominacion solicitado, por las razones expuestas en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Inscribir en forma definitiva en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones con el nombre de Partido Peru Posible, a la entidad que originariamente fue inscrita con el nombre de Movimiento Independiente MORDAZA Posible, con domicilio en Bajada Balta Nº 131 - Oficina 11, 2do. piso, distrito de Miraflores, provincia de Lima. Articulo Tercero.- Reconocer como personero legal titular designado del Partido Peru Posible al ciudadano MORDAZA MORDAZA Manrique; y, como personero legal alterno de dicho partido al ciudadano MORDAZA MORDAZA Toro. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 1850

SBS
Autorizan la organizacion de EDPYME
RESOLUCION SBS Nº 0034-99 MORDAZA, 14 de enero de 1999

JNE
Declaran procedente solicitud y modifican denominacion de organizacion politica
RESOLUCION Nº 109-99-JNE MORDAZA, 9 de febrero de 1999 Vista, la comunicacion recibida el 4 de febrero del ano en curso, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Movimiento Independiente MORDAZA Posible, solicitando el cambio de denominacion de su representada por el de Partido Peru Posible, y acreditando personeros; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 080-99-JNE expedida por este Supremo Tribunal Electoral, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de enero ultimo, se inscribio provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones al Movimiento Independiente MORDAZA Posible, y como su personero al

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por los senores MORDAZA Gonzales-Zuniga MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villafane y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, organizadores de la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa SOLIDARIDAD, la que tambien podra usar como denominacion abreviada EDPYME SOLIDARIDAD; y, CONSIDERANDO: Que, los mencionados organizadores han cumplido con acompanar a su solicitud, el proyecto de minuta de constitucion social y estatuto, el estudio de factibilidad economico-financiero que sustenta la creacion de la EDPYME SOLIDARIDAD, el certificado de deposito de garantia, el curriculum vitae y declaracion jurada de cada uno de los organizadores y accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolucion SBS Nº 419-98, de fecha 30 de MORDAZA de 1998; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, la Oficina de Estudios Economicos y por la Intendencia de Instituciones Financieras

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