Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1999 (13/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 13 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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13.3 ANEXO ­ 4 CRONOGRAMA DE EVENTOS 13.3.1 El Cronograma de eventos de la certificacion es un documento que lista la fecha, la que mejor estime el solicitante, en la que este puede contar con los contratos, manuales, documentos, equipos, aviones, etc., requeridos para cada fase de certificacion, en una secuencia logica de terminos. 13.3.2 Por ejemplo, la fecha estimada para que inicie el entrenamiento en tierra de la tripulacion, debera ser posterior a la fecha estimada de MORDAZA y aprobacion de los respectivos manuales de entrenamiento. 13.3.3 El solicitante llegara a la Reunion Inicial de Preaplicacion con una propuesta de cronograma de eventos, para ser acordada con la DGTA. El tiempo razonable que debe tomarse la DGTA para la revision, inspeccion y aprobacion de cada documento, item o evento, sera incorporado al documento propuesto y aprobado en dicha reunion inicial. 13.3.4 Si en cualquier momento durante el MORDAZA de certificacion el solicitante ve necesario revisar el cronograma de eventos acordado, debera notificarlo al JPC (o al IPO) lo mas pronto posible. Dicho Cronograma propuesto debera definir las fechas de cumplimiento de lo siguiente: a) La documentacion requerida para acreditar capacidad financiera y legal; b) Los manuales y documentos de operaciones y de mantenimiento requeridos; c) Las Especificaciones de Operacion; d) La Calificacion del Personal Administrativo del Operador; e) Modelo de Cumplimiento Final de las regulaciones; f) Verificacion de la infraestructura y la aplicacion del Programa de Entrenamiento; g) Calificacion y Chequeo de los tripulantes y personal de operaciones; h) Demostracion de las facilidades con las que cuenta su Estacion; i) Demostracion de sus procedimientos de archivos; j) Demostracion de su capacidad de control de los vuelos; k) Demostracion de sus procedimientos y archivos de mantenimiento e inspeccion; l) Documentacion de la aeronave; m) Demostracion de evacuacion de emergencia de los pasajeros (si corresponde); n) Pruebas de la aeronave, incluyendo demostracion de la habilidad de operarlas (si corresponde); y o) Otras demostraciones que las caracteristicas de la operacion exija. 14. CONTENIDO DE LAS ESPECIFICACIONES DE OPERACION (OPSPECS) - ANEXO ­ 5 i) Las Especificaciones de Operacion (Opspecs) constituyen el compromiso legal adquirido entre el Operador y la DGTA, al final del MORDAZA de certificacion, respecto a los terminos, condiciones y limitaciones que rigen las operaciones autorizadas para el primero, razonablemente necesarias para garantizar la seguridad en el transporte aereo. El Operador certificado debe cenirse estrictamente a las mismas. ii) Las Opspecs deben ser propuestas por el solicitante y aprobadas por la DGTA, de acuerdo a las caracteristicas particulares del servicio que el primero desea brindar. iii) A continuacion se presenta un modelo con los requerimientos generales que deben estar indicados en las Opspecs, las mismas que seran adecuadas a las particularidades de cada solicitante. PARTE A ­ Disposiciones Generales A1 ­ Emision y Alcance Se senala el nombre o la razon social del solicitante; su direccion y telefono; el MORDAZA de servicio aereo que piensa brindar y la Parte del RAP bajo la que va a operar. A2 ­ Definiciones y abreviaciones Todas las frases y definiciones a ser usadas en las Opspecs. A3 ­ Aeronaves autorizadas Se autoriza al solicitante a usar determinados tipos, modelos y series de aeronaves, ya sea bajo RAP 121 o 135, con un numero determinado de pasajeros y de tripulantes auxiliares (si corresponde). Para RAP 135 se agrega informacion sobre la clase de operacion a realizar: monomotor, multimotor, terrestre, acuatico o helicoptero; asimismo el MORDAZA de operacion para cada aeronave, ya sea VFR/IFR, diurno/nocturno. A4 ­ Resumen de Autorizaciones y Limitaciones Especiales Especifica las limitaciones y autorizaciones para cada operador en particular. A5 ­ Excepciones y Desviaciones Aquellas autorizadas al solicitante, detallando su numero y fecha de expiracion. A6 ­ Personal de Conduccion Especificamente aquellos requeridos por la RAP respectiva. A7 - Otras personas designadas Representante Legal y las personas autorizadas para pedir o recibir oficialmente las especificaciones de operacion. A8 ­ Control Operacional Cada solicitante bajo 121 o 135 debe tener un sistema y/o procedimientos para el control de los movimientos de vuelo. Este debe incluir un sistema de despacho para operaciones 121 regulares; un sistema de seguimiento de vuelos para los 121 no regulares; y procedimientos de localizacion de los vuelos bajo 135. A9 ­ Datos Aeronauticos de Aeropuertos Los RAPs 121, 135 y 91 requieren que el solicitante tenga un procedimiento para obtener, mantener y distribuir los datos aeronauticos de los aeropuertos a utilizar. A10- Datos Meteorologicos El solicitante debe tener o usar un sistema para obtener y diseminar informacion meteorologica aeronautica.

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